Definiciones fiscales
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I.R.P.F: es un impuesto directo porque grava una manifestación directa de la capacidad económica como es la obtención de una renta.
Hecho Imponible: es la obtención de renta por parte de una persona física.
Sujeto Pasivo: es toda persona física que obtiene renta en el periodo impositivo, el empresario individual siempre es una persona física y deberá de pagar este impuesto por los beneficios que obtenga con su empresa.
Periodo Impositivo: es el año natural, se computa la renta ganada desde el 1enero al 31diciembre.
Devengo:es el impuesto que se devenga el último día del periodo impositivo (31diciembre).
Beneficio empresarial: cabe señalar dos formas de calcularlo, por Estimación Directa que es para empresarios que no pueden acogerse a los otros regímenes y Estimación objetiva para empresarios pequeños.
Base imponible:se calcula mediante la suma de todos los rendimientos posibles y descontando el llamado mínimo personal y familiar.
Liquidación: Impuesto, la base liquidable se calcula restando otros tipos de reducciones establecidas por la ley.-Tipo impositivo es progresivo por lo que va aumentando a medida que aumenta la renta ganada.