Organizacion juridica y politica de las sociedades

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LA ORGANIZACION JURIDICA Y POLITICA DE LAS SOCIEDADES:Los miembros del grupo social no solo necesitan conocer como pueden y deben comportarse sin perjudicar los intereses de los demas sino tambien quienes de entre ellos tienen poder y autoridad suficiente para dirigir y resolver los posibles conflictos que se pueden plantear.Segun el concepto en el s.XVI por Bodino,la soberania supone la existencia de un poder supremo e indivisible,originario y juridicamente independiente.En el s.XVIII,el filosofo Rosseau,sostiene que la soberania es una cualidad que debe ser asumida por el pueblo ya que cada individuo le corresponde una parte de ella.La soberania popular esta desde el s.XX vigente en la mayoria de los paises.En todo Estado se pueden distinguir tres poderes;el legislativo,ejecutivo y judicial,los cuales segun la teoria de la division o separacion de poderes deben ser independientes entre si,realizar funciones diferentes y limitarse reciprocamente.Se puede definir el Estado como una sociedad territorial,con poder soberano,organizada juridicamente y que pretende conseguir el bienestar general.Los 3 elementos que lo caracterizan son:1-)La existencia de un pueblo,2-)Un territorio,3-)Poder soberano.
Toda organizacion estatal debe estar juridicamente organizada y por lo tanto es necesario establecer cuales han de ser las relaciones entre Derecho y el Estado.El modelo liberal del Estado vigente desde finales del s.XVIII hasta finales del s.XIX,surge tras la Revolucion Francesa y entiende que el poder legislativo ostenta la representacion de la soberania nacional por lo que la ley se convierte asi en expresion de la voluntad popular a la que todo ciudadano y poderes publicos deben estar sometidos.Ademas considera que los hombres son titulares de una serie de derechos y libertades que el Estado debe reconocer y garantizar.


LA NORMA JURIDICA Y EL ORDENAMIENTO JURIDICO
Las normas juridicas son un medio de regulacion de las conductas humanas al establecer que comportamientos deben o pueden ser realizados y cuales han de ser omitidos.Las normas de conducta pueden tener un contenido de obligacion,de prohibicion o de permision.La estructura de las normas juridicas pueden distinguirse 2 elementos: el Supuesto de hecho o Supuesto Juridico y la Consecuencia Juridica.Por la funcion que la norma pretende desempeñar,podemos diferenciar las normas de conducta entre las que destacan:-Las preceptivas,-Las prohibitivas,-Las permisivas,y las de organizacion en las que destacan:-Las declarativas,-Las interpretativas,-Las procedimentales,-Las de competencia.
El ordenamiento juridico se puede definir como el conjunto de normas,principios,instituciones y relaciones juridicas vigentes en una determinada sociedad en una epoca determinada.Actualmente se considera que el ordenamineto es pleno cuando a pesar de presentar lagunas o vacios normativos ofrece unos metodos de integracion juridica que permitan dar solucion a los conflictos planteados.Un ordenamiento juridico es coherente cuando no existen contracciones entre las normas que lo integran.Se utilizan como metodos de resolucion de las antinomias juridicas los criterios de cronologia normativa,el criterio de jerarquia normativa y el criterio de especialidad.
DIFERENCIAS ENTRE SISTEMAS ABIERTO Y CERRADOS
-Los sistemas abiertos consisten en un derecho vivo jurisprudencial,en continua creacion y evolucion mediante sentencias que se dan para cada caso,de los jueces o tribunales.-Los sistemas cerrados consisten en Derechos escritos y compilados en un cuerpo o codigo.El modelo del sistema abierto es el del Derecho ingles y americano mientras que el del cerrado es el de los codigos civiles del derecho europeo continental.

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