Temario ocho
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TEMA 8: RELACIÓN JURÍDICA Y DERECHO SUBJETIVO:
1-La relación juridica:conceptos,caracteres,estructura y contenido.
Los derechos son la traducción a ámbitos jurídicos de la libertad y de la anatomia del individuo.No sólo hay derechos sino tambien deberes.Savigny introdujo un concepto de relación jurídica de manera amplia como el marco en el que se desarrollan e intercomunican derechos, facultades y deberes.Es la parcela de la vida social que el ordenamiento jurídico contempla y regula con el objeto de dar normas a las conexiones entre individuos que se han puesto en contacto para alcanzar un fin. Teorias principales a cerca de la relación jurídica:
-Tªtradicional:La relacion de persona a persona determinada por una norma jurídica (comprador-vendedor padre-hijo).esta tª fue criticada por no ser concreta.
-Tªde la correlación:Correlación entre un poder ejecutivo y un deber jurídico.No es exacta porque en la mayoría de estas relaciones hay correlación recíproca entre ambas partes , una relación sinalagmática.-Última tª:es la más completa la relación jurídica se dá entre dos sujetos habiendo una correlación entre deberes y poder y se añade que lo que se caracteriza en su carácter orgánico institucional y unitario y además cumple con una función social.
*Caracteres:Es un fenomeno contemplado en el ordenamiento jurídico que contiene dos términos personales.Nos encontramos ante una situación unitaria y estable organizada y disciplinaria por el ordenamiento jurídico.
*Estrucutura:Un elemento subjetivo(dos términos formados por varias personas)un element obetivo, bienes afectados por esa relación jurídica, no solo los del tipo patrimonial sino tambien las conductas(trabajar a cambio de un salario).Una persona no puede ser objeto de una relación jurídica.y por último el elemento causal, los motivos.
Clases:hay dos criterios:Por los principios organizadores que afectan a la relacion jurídica (tendremos relaciones de derecho público y de derecho privado)diferenciandose ambas en la protestad con la que se interviene.Los de derecho privado son familia,de tipo matrimonial, tambien están los de cooperación social(sociales)El otro criterio atiende a las conexiones que hay entre las relaciones juridicas,pudiendo ser las independientes o habiendo otras q estan conectadas cuando una de ella deriva de la otra.
*Contenido:En toda relacion jurídica los sujetos deben adoptar uan situación de poder o deber:
-1.De deber: (Deudor) indica poder adoptar una situación jurídica determinada.Debemos distinguir dos conceptos:<schuld: deuda><haftung: responsabilidad> Para que un deudor esté en posición pasiva de deudor jurídico tiene que tener una consecuencia si deja de cumplir sus obligaciones.El ordenamiento jurídico nos debe amenazar con responsabilidades.(consecuencias patrimoniales)Si no se puede atacar nuestro patrimonio no será un deber jurídico, sino uno moral.-2.De poder:distinguimos tres figuras:-Derechos subjetivos:situaciones de deber jurídico institucionalizadas por el ordenamiento.Conjunto de facultades que estan unidas por un factor común:el de propietario.-Potestades:Poderes de situación atribuidos a una persona en interes de otros sujetos y cuyo ejercicio es libre.En la doctrina italiana son llamados derechos con fin altruista.-Facultades:Son concretas posibilidades de actuación que conforman un derecho subjetivo.
2-La institución jurídica:El deber jurídico:
La institución juridica tiene una contemplación singular y una abstracta.La contemplación es abstracto de una institución juridica son todas las instituciones.El deber juridico es la situación del deber la subjecion a una determinada conducta.Podemos renunciar a un derecho siempre que no afecte a terceras personas en concreto (deudor) y no puede traspasarse la obligación a otra persona sin que lo acepte el acreedor.y este en cambio si que puede cambiarse de persona sin la aceptación del deudor.*Elementos del deber jurídico:-1.Deudor:persona que no pude coincidir con la persona que posee el derecho subjetivo.-2.Necesidad de adoptar una determinada conducta.-3.Interes protegido:Interés de una persona determinada y concreta o puede ser el de un tercero no titular del derecho subjetivo e incluso la sociedad.-4.Para que haya un deber jurídico tiene que haber sanción o garantía (amenaza) por eso se convierte en deber jurídico y deja de ser un deber moral.
3-El derecho subjetivo:estructuras y categorias:
Es un poder de una relacion jurídica anterior.*Estructuras:-Acreedor:titular de derecho sub.Se habla de titularidad de un derecho.-Objeto:Situacion realidad social afectada por la situación de poder.-Contenido:conjunto de facultades, gozar y disponer siempre respetando las leyes ,conjunto de facultades inherentes a él.*Categorias:-Por su esfera de eficacia:Tenemos derechos sub absolutos con eficacia entre todos y derechos relativos que solo tienen proteccion contra determinadas personas.-Por la adherencia al titular:Transmisibles(pueden ser reenviados a otra persona)e intranmisibles(personalismos que no pueden ser enviados).-Por la relacion de unos con otros: según este criterio tenemos derechos sub principales(existen por si mismos) y derechos sub accesorios(existen porq existen otros derechos)-Por su contenido patrimonial: (garantian intereses que puden tener una traducción economica)o no patrimoniales (que no garantizan intereses ni una traduccion economica)
-4.Derechos sobre derechos:Los derechos sobre derechos pueden existir.En el ordenamiento juridico español son posibles(usufructo de un crédito, hipoteca sobre ciertos derechos reales…)La conclusión esq si que pude haber derechos sobre derechos aunq suene extraño.Existirán derechos sin sujetos tb en principio no sea posible.Caso del nasciturus que es concebido no nacido.Tiene expectativas sucesorias latentes, pero tampoco es sujeto de derecho aun.Los derechos sin sijeto pueden existir pero solo lo harán temporalmente,en algun momento se extinguiran o cambiaran de sujeto.
5-Situaciones juridicas secundarias y derechos potestativos: Nos encontramos con situaciones jurídicas de rango inferior a los derechos.Son hipótesis en las que todavía no se han dado todas las circunstancias para que haya derecho subjetivo pero ya hay efectos juridicos,tenemos expectativas de derecho.Ejemplo: ( si me comprometo a entregar algo en una fexa.El derecho existe pero no le he hecho efectivo) una expectativa de derecho nos la encontramos cuando el derecho todavía no ha nacido pero hay una gran esperanzza de que asi sea y el derecho protege(art.1121CC)-Derechos potestativos:Supuestos en los que las personas tiene la facultad o poder de provocar un efecto o una modificacion aunq éste afecte a todoa la esfera juridica de otra persona diferente con independencia de la voluntad de la otra persona.Casi todos los derechos son potestativos.<derechos potestativos negativos:Son la posibilidad de suspender o resolver un derecho con independencia de la voluntad del otro por vicios de consentimiento.<Derechos de adquisición:Capacidad de adquirir un derecho con independencia que los demás lo quieran o no.<Derechos Contitutivos:Son los que crean una relacion juridica.