Contratos de trabajo
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1.- DEFINICION DE CONTRATOS INDEFINIDOS: -Los contratos indefinidos son aquellos que no fijan una fecha determinada para su finalizacion. - Se presumira celebrados por tiempo indefinido, salvo prueva de lo contrario aquellos contratos en los que concurra alguna de las siguientes circustancias: -No estas dado de alta S. Social el trabajador. - No haberse realizado el contrato de forma escrita. - Los contratos celebrados en fraude de ley. 2.- FOMENTO DE LA CONTRATACION INDEFINIDA: Tiene por finalidad la colocacion de colectivos especificos afectados por el desempleo y la inestabilidad laboral. - GRUPOS: -Jovenes desde 16 a 30 años de edad. -Mujeres desempleadas cuando se contraten para prestar servicios en profesiones con menor indice de empleo femenino. -Mayores de 45 años de edad. -Parados que lleven almenos, 1 mes inscrito en el INEN. - Minunsvalidos. - Trabajadores en situación de exclusion social. -Victimas de violencia de genero. -Estos contratos benefician al empresario porque supone una bonificacion en las cuotas de la S. Social y una indenizacion menor en el despido por causas objetivas si el despido es improcedente. 1.- CLASES DE CONTRATOS: -INDEFINIDOS: -Contratos ordinarios. -Contratos de fomento de la contratacion indefinida. -Contratos para trabajadores fijos discontinuos. -Contratos de relevo indefinido. -TEMPORAL: -Formativos: practicas y contratos para formacion. -Por el tiempo de trabajo a realizar: contrato de obra y servicio, contrato de intirinidad, contrato eventual por circustancias de producción, contrato de relevo, contrato de fomento a la contratación. 2.- CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN: -FINALIDAD: Teorico practico. -REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES: -Tener entre 16 y 21 años. - No tener un titulo adecuado para el puesto a desarrollar. -No haber desempeñado antes un puesto de trabajo igual por un tiempo superior a 12 meses. -DURACION: Minimo 6 meses , maximo 2 años ampiable por convenio a 3 años, discapacitados 4 años. -RETRIBUCIÓN:No inferior al salario minimo interprofesional en proporcion al tiempo trabajado, restandole las horas de formacion teorica durante el 1º año, el 2º año no inferior SMI cualquiera que sea el tiempo empleado en la formacion teorica. -JORNADA: -Formacion teorica minimo el 15% de la jornada total. -Tiempo de tabajo efectivo, el resto del tiempo total. - Tiene que ser a tiempo completo. -INCENTIVOS: Una bonificación del 100% de las cuotas a la S.Social hasta 31/12/2012. 3.-CONTRATO EN PRACTICAS: -FINALIDAD : Que el trabajador adquiera la practica profesional adecuada al puesto de trabajo a desempeñar. -REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES: -Tener un titulo universitario,FP, omologado por la administracion. - Que no haya transcurrido mas de 5 años desde la terminacion de los estudios ,6 años si es descapacitado. -DURACION: Minimo 6 meses, maximo 2 años. -JORNADA: A tiempo completo y parcial. -RETRIBUCION: Segun convenio colectivo sin que pueda ser inferior al 60% del salario de un trabajador que ocupe el mismo puesto o similar el 1º año, y el 75% el 2º año. -PERIODO DE PRUEBA: No superior a un mes titulado grado medio y 2 meses grado superior. -INDENIZACION: No da derecho aindenización. 4.-CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO: -FINALIDAD: Realizar una obra o prestar un servicio que no tenga relación con la actividad de la empresa. -DURACION: Finalizara cuando se ejecute la obra o servicio no pudiendo exceder de 3 años ampliable a 4 años. -JORNADA: Tiempo parcial, completo. -RETRIBUCION: Segun convenio. -FORMA: Por escrito se tiene que indentificar en el contrato la obra o el servicio. -INDENIZZACION: 8 días de salario por año. 5.- CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUSTANCIAS DE LA PRODUCCION: -FINALIDAD: Atender a circustancias especiales del mercado, acumulacion de tareas, etc. -DURACION MAXIMA: 6 meses en un periodo de 12 meses, ampliable 18 meses, no pudiendo superar la duracion maxima de los 3/4 partes del periodo de referencia con el limite maximo de un año de duración. -JORNADA: Tiempo completo y parcial. -RETRIBUCION: Segun convenio. -FORMA:-Verbal, si la duracion del contrato es menor a 4 semanas y a tiempo completo, y escrita si es superior a 4 semanas. -INDENIZACION: 8 días de salario por año trabajado hasta 31/12/2011. 6.-CONTRATO DE INTERINIDAD: -FINALIDAD: -Sustituir al trabajador que tiene derecho de reserva del puesto de trabajo. - Para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de seleccion que se realice. -DURACION: - El mismo que tarde el trabajador sustituido en incorporarse. - Mientras dure el proceso de seleccion con un maximo de 3 meses, la administracion publica no tiene limite de tiempo. -EXTINCION: El contrato se transformara en indefinido si se reincorpora el trabajador sustituido y el sustituto sigue trabajando. -El trabajador no recibe indenizacion alguna. - JORNADA: Tiempo completo y parcial. -FORMA: Por escrito, haciendo contar el nombre del trabajador sustituido y la causa de la sustitución. 7.-CONTRATO DE RELEVO: -FINALIDAD: Para sustituir parcialmente al trabajador que accede a la jubilacion parcial. -REQUISITOS: Que el trabajador este inscrito como desempleado en la oficina de empleo. -DURACION: Tiempo indefinido, tiempo parcial, el tiempo que falta para que se jubile el trabajador sustituido. -EXTINCION: 8 días de salario por año trabajado , hasta el 31/12/11. -JORNADA: Tiempo completo, tiempo parcial equivalente a la jornada del trabajador sustituido. -FORMA: Por escrito. 8.-CONTRATO A TIEMPO PARCIAL: -CONCEPTO: Es aquel que se concierta para realizar la prestacion de servicios durante un número de horas al dia, semanal, mensual o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo, si no hubiera trabajador a tiempo completo se aplicara el convenio, en su defecto la jornada maxima legal extablecida en la ley. - FORMA: Simpre por escrito. -ESPECIALIDAD: -No se puede realizar horas extras, salvo de fuerza mayor. -Se pueden realizar horas complementarias siempre que el contrato de trabajo sea indefinido. - Las horas complementarias no pueden superar el 15% de las horas ordinarias por ley, y el 60% por convenio colectivo. -Se horas complementarias de pactan por escrito. - Se pueden ampliar las horas complementarias mediante ampliacion al año siguiente.