Derecho
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BORRADOR DE DERECHO TERCER CORTE
1. OBJETO DEL DERCHO:
Sentido del derecho y los hechos, concepto de bienes, relación entre cosa y bienes, clasificación de las cosas y bienes, concepto de patrimonio.
Concepto de objeto de derecho: se entiende por objeto de derecho la parte de la realidad sobre la cual recae el poder o facultad que la norma jurídica le otorga a una persona. Los objetos del derecho real son las cosas.
Concepto jurídico sentido amplio: comprende tanto las cosas como las prestaciones en el sentido estricto son las partes de la naturaleza no libres y dominables que tienen una sustentabilidad propia, una denominación especial y un valor en la vida del trafico jurídico, siendo en consecuencia reconocidas como objeto de derecho independiente.
Sustentabilidad del derecho: las no apropiables están fuera del alcance del hombre como las estrellas, el sol y la luna y las apropiables están a su alcance como los animales salvajes.
Sustentabilidad de hechos: por su comercialidad de las cosas y por su naturaleza, son todas las cosas ilimitadas que no se presentan en total apropiación, por Ej.: el mar, el aire. Son cosas apropiables en pequeñas proporciones por su destino, por Ej.: las calles.
Concepto de bienes y cosas: son los términos que en la vida ordinaria se emplean indistintamente. Cosas es igual a bien. Cosa es un término más extenso. Bienes son todos los obj sustentables de utilidad.
El Art. 525 al 545 del código civil venezolano destaca que la palabra cosa y bien como sinónimos y de nota cuando usa el término cosa. Se refiere a los obj. Del mundo exterior y del bien mencionado que son las cosas que integran el patrimonio.
**CLASIFICACION DE LAS COSAS Y BIENE**:
1) Cosas Corporales: son las perceptibles (apreciables) por los sentidos.
2) Cosas Incorporales: son aquellas imperceptibles por los sentidos. Se incluyen aquí las cosas inmateriales.
3) Cosas Específicas: son aquellas que se determinan por sus caracteres individuales.
4) Cosas Genéricas: son aquellas que se determinan por los caracteres comunes a su género.
5) Cosas Consumibles: Son aquellas que usadas una sola vez, de acuerdo a su uso específico quedan destruidas.
6) Cosa Inconsumibles: Son aquellas que pueden usarse múltiples veces, de acuerdo con su uso especifico sin que se destruyan.
7) Cosas Deteriorables: Son aquellas que se van consumiendo paulatinamente en la medida de su uso.
8) Cosas Fungibles: Son aquellas cosas muebles deterioradas por su número, peso o medida que pueden ser sustituidas por otras.
9) Cosas No Fungibles: Son aquellas que no son sustituibles por otras, en razón de su propia individualidad.
10) Cosas Divisibles: Son aquellas que pueden ser divididas conservando cada parte la misma función del todo y su misma naturaleza.
11) Cosas Indivisibles: son aquellas que no pueden ser fraccionadas en función de que se desnaturalizarían.
Patrimonio: Es el conjunto de derechos actos para la satisfacción de necesidades económicas, de las cuales es titular una persona. Es decir, patrimonio es el conjunto de deberes y derechos del contenido patrimonial.
El patrimonio indirectamente considerado es un continente cuyo contenido esta integrado por bienes, derecho y obligación. Dicho continente generalmente tiene un titular, pero por excepción puede estar separado de la persona.
Relación de las Cosas y Bienes: En nuestro derecho positivo no se define lo que se entiende por cosa ni siquiera lo hace el código civil, ya que este no utiliza la palabra en un solo sentido. Pero aun así el sentido jurídico hay diferentes ocasiones o denominaciones a la palabra cosa.
Hay algunas de las cuales son denominadas amplias y otras denominadas estrechas.
Estrechas: Nos explican que estos conceptos demasiados amplios y otros muy estrechos le dan existencia de posiciones intermedias: Dentro de las cuales se pueden definir cosa como una realidad del mundo interior, material o inmaterial actual o futura, con existencia separadas y autónomas que conforman el criterio dominante de una determinada sociedad, se considera útil para satisfacer necesidad humanas y que es susceptible de ser objeto de derecho: Hay otros factores que consideran que las cosas son entidades susceptibles a proporciones y bienes de cosas que conforman parte del patrimonio de una persona.
2. RESULTADO DE LA INTERPRETACION
Interpretación del Derecho: debe entenderse como aquella actividad dirigida a reconocer y reconstruir el significado que se ha de atribuir. En la órbita de un ordenamiento jurídico a formas representativa que son fuentes de valoraciones jurídicas o que constituyen el objeto de tales valoraciones. Estas fuentes de valoración son normas jurídicas o preceptos subordinados a las normas, puestas en vigor de una adecuada competencia normativa.
Es importante tener a la vista un concepto de que significa interpretación
Interpretación es desentrañar el sentido de una expresión, se interpreta las expresiones para descubrir lo que significa, la expresión es un conjunto de signos por ello tienen significación.
INTERPRETACION DE LA NORMA
Es la declaración definición o declaración del sentido de una cosa o de un texto oscuro o dudoso.
Según kensel se entiende por interpretación la determinación del sentido de las normas por aplicar.
Concepto de la cátedra: interpretar es indagar el sentido de la norma, es decir, establecer el alcance del texto legal, así como la intención que tiene el legislador al producir la norma por eso se dice que la interpretación es una operación investigativa tanto como del texto del espíritu del derecho.
OBJETIVO
La interpretación, la hemos sostenido en la indagación del sentido de la norma por lo tanto su objeto tiene que ser la norma jurídica a la cual debe captarse su estructura se forma de forma gramatical, y la intensión del legislador.
a) La interpretación jurídica es de vital importancia, pues el derecho solo puede ser aplicado luego de su interpretado por lo tanto no puede haber derecho sin interpretación.
b) La interpretación jurídica: no solo permite la aplicación del derecho si no que además a un mas allá, descubre su mensaje correcto o incorrectamente la de su verdadero significado, alcance y sentido o se lo guía acerca de la justicia o la injusticia.
c) El desarrollo de tantos métodos para interpretar una norma o el derecho en general demuestra que el estudio de la interpretación nunca termina por descubrir, ni satisfactoriamente el mensaje expresado de la norma, solo aspiramos aproximarnos lo más posible a esta meta.
El Edo.: Concepto, Elementos Existenciales, Territorio, Población, Relaciones entre estado y Nación.
Estado: aun no conocemos con exactitud el origen de la palabra estado, desde el punto de vista jurídico pero si podemos afirmar que equivale a polis y ha ciudad. No es si no hasta la edad media, cuando por primera vez surge el nombre statu, termino tomado y sostenido por el historiador Maquiavelo.
Ahora podemos decir que el estado es una sociedad humana, asentada de una manera permitente en un territorio, sujeta a un poder soberano que crea, defender y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien público temporal de sus componentes. Muchos autores aseguran que el poder del gobierno es sinónimo
, sin embargo nos damos cuenta que no es así, el poder significa ser ley, ser total y el gobierno no lo es así, el gobierno es regido por el pueblo y para el pueblo pero se toma al poder como un elemento del estado.
Concepto de Estado: es el conjunto de instituciones que posee la autoridad para establecer las normas que regulan a una sociedad, teniendo soberanía interna y externa un territorio determinado.
*ELEMENTOS DEL ESTADO*
1. Pueblo: como pueblo entendemos al compuesto social de los, procesos de asociaciones en el emplazamiento cultural y superficial o una constante universal en el mundo que se caracteriza por las variables históricas. El principal valor del pueblo está en su universalidad (no habrá estado si no existe pueblo y no hay pueblo si no existe estado).2. Territorio:hay quien lo considera como elemento físico de primer orden para que surja y se conserve el estado pero se agrega la formación estatal misma supone un territorio. Si la existencia de este no podría haber algún estado por otro lado hay factores que afirman que territorio es el primer elemento del estado, el territorio es el espacio dentro del cual se ejerce el poder estatal como esfera de su competencia el estado delimita espacialmente la independencia de este frente a otros estados, es el suelo dentro de los gobernantes que ejercen su función.3. Poder: lo entendemos como la capacidad o autoridad de dominio, freno y control a los seres humanos, con objeto de limitar su libertad y reglamentar su actividad. Este poder puede ser por uso de la fuerza, la coerción, voluntaria o por diversas causas (toda sociedad no puede existir sin un poder, absolutamente necesario para alcanzar todos sus fines propuestos).Relación entre Estado y Nación: para dar una definición de nación 1º es preciso analizar el concepto concretamente la nación tienen una serie de géneros y especies. Los géneros son (3) tres: 1) Nación Biológica, 2) Nación Antropológico, 3) Nación Política.
Nación Política: es el sentido jurídico es el sujeto político en el que reside la soberanía constituyente de un estado en tal sentido Nación se emplea con varios significados: estado, país, territorio o habitantes de ellos, pueblos y otros.
Un estado se identifica explícitamente como el hogar de una nación.
El estado es el espacio organizado políticamente, es condición indispensable tener una base territorial aunque no se apoye en una nación previa, puede pertenecer en el tiempo gracias a su razón de ser y a la idea estatal.
En los tiempos actuales existe una corriente de pensamientos que sostienen que el estado y nación han dejado de existir o no a causa de la globalización capitalista, del surgimiento de las empresas globales y del desarrollo científico tecnológico, a fines del siglo XX y principios del XXI, a pesar del mito de la muerte esta nación, estamos presenciando el surgir y el resurgir de nuevos y viejos sentimientos nacionales en un proceso aparentemente paradójico de naciones que luchan para convertirse en estado, para a su vez a surgirse o a sumarse a procesos de integración económica social, cultural y política supra nación.
FORMAS DE ESTADO Y GOBIERNO:
Forma de estado: tiene consideración en la distribución espacial del poder tienen en cuenta el territorio.
Las formas de gobierno hacen referencia en la distribución del poder, se crean determinados organismos al que se le atribuyen funciones, formas de estado se califican en tres clases: estados unitarios, estados federales, confederación de estados, las formas de gobierno se clasifican distinto según el pensador, la más clásica es la griega, la cual tiene como, parámetro si la forma de gobierno respeta a no la ley.
No hay correlato entre forma de gobierno y forma de estado. Puede haber un estado unitario gobernado por una democracia (Eje: Francia) y por ello un estado unitario no tiene porque ser monarquía. También puede haber estados federales como España con una monarquía y estados unidos como un régimen presidencialista, todas las combinaciones son posibles la federación de estados admite mayor o menor centralización o descentralización lo que se ven son casos intermedios que se acercan más a unos que a otros. El emperador buscaba la centralización absoluta pero chocaba con el espacio físico.
Estado Unitario: es aquel en que el poder se encuentra centralizado es decir no hay mas competencia que del mismo estado. Además cuenta con un solo poder legislativo que legisla para todo el país, un poder judicial que aplica el derecho vigente a todo el territorio del estado y que en sus senos se establece una corte suprema de justicia, la cual tienen una jurisdicción a nivel nacional, un solo poder ejecutivo que está conformado por todos los gobernantes (presidente, gobernadores, alcaldes) y además cuentan con una sola constitución política que rige en todo el territorio.
Confederación: consiste en la unión de estado que conservan ser soberanía y regir por determinadas leyes comunes (eje. La unión europea) la confederación se diferencia de la federación los miembros mantienen altas cuotas de autonomía y el poder y el poder central es limitado, mientras que los federales renuncian a una parte de sus competencias y el poder central es más fuerte.
Federación: es un estado conformado por la unión de varias entidades territoriales, también suelen denominarse estado federal y generalmente tienen un sistema político republicano.
Estado federal también se entiende que está formado por varios estados que expide sus propias normas, tienen su propio poder ejecutivo y judicial. El modelo federal puede alcanzar incluso al derecho de autodeterminación del territorio federal, que fue precisamente lo que ocurre durante el desmembramiento de la unión república socialista soviética.
La forma de estado venezolano: dentro de la exposición de motivo de la constitución Venezolana de 1999, se ratifica la forma de estado federal que se define como descentralizado y se añade en los principios de integración territorial que apuntan hacia el federalismo cooperativo en que las comunidades y autoridades públicas de los diversos sub-niveles territoriales, participan en la formación política publica comunes al estado y se constituyen en una esfera integrada de gobierno a partir del ejercicio. De las competencias en que concurre, según constata que desde el punto de vista formal es un estado federal descentralizado, sin embargo el la practica el funcionamiento de los órganos intergubernamentales continúan indicando la balanza hacia el esquema centralista y controlado del poder público nacional esta desigualdad no favorece al federalismo cooperativo entre los niveles políticos territoriales.
Presidencial: los sistemas presidencialistas tienen una clara soberanía y se separan de los poderes de gobierno. El ejecutivo es elegido de manera independiente de la rama legislativa la cual a menudo se conoce como congreso. El jefe de gobierno es a la vez el jefe de estado (llamado presidente por lo tanto no existe el cargo del primer ministro).
Parlamentarismo: es un sistema de organización política en la que la rama ejecutiva del gobierno dependiente del apoyo directo e indirecto del parlamento a menudo expresado por medio del voto de confianza. El poder ejecutivo de los sistemas parlamentarios provienen y dependen del poder legislativo el jefe de gobierno (llamado primer ministro) en veces es el líder del partido o coalición con mayor representación en el parlamento o cuerpo legislativo.
Existen también jefes de estado independiente (llamado presidentes con poder limitado o meramente ceremonial). Eje: Italia, Polonia, Alemania, Portugal, Israel, Grecia, etc.
Sistema de Gobierno Autocrático
Es un sistema de gobierno absoluto en el cual la voluntad de una sola persona es la suprema ley de un estado en la actualidad, el uso del calificativo autocracia por los políticos como sinónimo de monarquía a caído de desuso y han aumentado el uso como sinónimo de tiranía o incluso de dictadura.
La autocracia: es un sistema político opuesto a la monarquía con la ausencia del poder y bastante lejano de la democracia.
Sistema Democrático: en sentido estricto la democracia es una forma de gobierno de organización de estados en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa e indirecta que le confiere legitimidad a los representantes en el sentido amplio de la democracia es una forma de convivencia artificial son libres e iguales ante la ley y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a los mecanismos contractuales.
Sistema venezolano: la constitución de la RBV ha nacido enmarcada en una dinámica de costumbres y profundas transformaciones sociopolíticas que de forma sustantiva han propiciado el sistema de gobierno venezolano a cojas practicas inéditas, visto esto en la procura de mayores espacios y ejercicios democráticos.
La democracia ha sido ampliamente aceptada como la mejor forma política de gobierno y su legitimidad supone la existencia de instituciones que hagan posible la expresión de la voluntad popular. El sistema de gobierno presidencial contempla las decisiones sobre quién va a gobernar se han tomadas directamente por los ciudadanos.
1. OBJETO DEL DERCHO:
Sentido del derecho y los hechos, concepto de bienes, relación entre cosa y bienes, clasificación de las cosas y bienes, concepto de patrimonio.
Concepto de objeto de derecho: se entiende por objeto de derecho la parte de la realidad sobre la cual recae el poder o facultad que la norma jurídica le otorga a una persona. Los objetos del derecho real son las cosas.
Concepto jurídico sentido amplio: comprende tanto las cosas como las prestaciones en el sentido estricto son las partes de la naturaleza no libres y dominables que tienen una sustentabilidad propia, una denominación especial y un valor en la vida del trafico jurídico, siendo en consecuencia reconocidas como objeto de derecho independiente.
Sustentabilidad del derecho: las no apropiables están fuera del alcance del hombre como las estrellas, el sol y la luna y las apropiables están a su alcance como los animales salvajes.
Sustentabilidad de hechos: por su comercialidad de las cosas y por su naturaleza, son todas las cosas ilimitadas que no se presentan en total apropiación, por Ej.: el mar, el aire. Son cosas apropiables en pequeñas proporciones por su destino, por Ej.: las calles.
Concepto de bienes y cosas: son los términos que en la vida ordinaria se emplean indistintamente. Cosas es igual a bien. Cosa es un término más extenso. Bienes son todos los obj sustentables de utilidad.
El Art. 525 al 545 del código civil venezolano destaca que la palabra cosa y bien como sinónimos y de nota cuando usa el término cosa. Se refiere a los obj. Del mundo exterior y del bien mencionado que son las cosas que integran el patrimonio.
**CLASIFICACION DE LAS COSAS Y BIENE**:
1) Cosas Corporales: son las perceptibles (apreciables) por los sentidos.
2) Cosas Incorporales: son aquellas imperceptibles por los sentidos. Se incluyen aquí las cosas inmateriales.
3) Cosas Específicas: son aquellas que se determinan por sus caracteres individuales.
4) Cosas Genéricas: son aquellas que se determinan por los caracteres comunes a su género.
5) Cosas Consumibles: Son aquellas que usadas una sola vez, de acuerdo a su uso específico quedan destruidas.
6) Cosa Inconsumibles: Son aquellas que pueden usarse múltiples veces, de acuerdo con su uso especifico sin que se destruyan.
7) Cosas Deteriorables: Son aquellas que se van consumiendo paulatinamente en la medida de su uso.
8) Cosas Fungibles: Son aquellas cosas muebles deterioradas por su número, peso o medida que pueden ser sustituidas por otras.
9) Cosas No Fungibles: Son aquellas que no son sustituibles por otras, en razón de su propia individualidad.
10) Cosas Divisibles: Son aquellas que pueden ser divididas conservando cada parte la misma función del todo y su misma naturaleza.
11) Cosas Indivisibles: son aquellas que no pueden ser fraccionadas en función de que se desnaturalizarían.
Patrimonio: Es el conjunto de derechos actos para la satisfacción de necesidades económicas, de las cuales es titular una persona. Es decir, patrimonio es el conjunto de deberes y derechos del contenido patrimonial.
El patrimonio indirectamente considerado es un continente cuyo contenido esta integrado por bienes, derecho y obligación. Dicho continente generalmente tiene un titular, pero por excepción puede estar separado de la persona.
Relación de las Cosas y Bienes: En nuestro derecho positivo no se define lo que se entiende por cosa ni siquiera lo hace el código civil, ya que este no utiliza la palabra en un solo sentido. Pero aun así el sentido jurídico hay diferentes ocasiones o denominaciones a la palabra cosa.
Hay algunas de las cuales son denominadas amplias y otras denominadas estrechas.
Estrechas: Nos explican que estos conceptos demasiados amplios y otros muy estrechos le dan existencia de posiciones intermedias: Dentro de las cuales se pueden definir cosa como una realidad del mundo interior, material o inmaterial actual o futura, con existencia separadas y autónomas que conforman el criterio dominante de una determinada sociedad, se considera útil para satisfacer necesidad humanas y que es susceptible de ser objeto de derecho: Hay otros factores que consideran que las cosas son entidades susceptibles a proporciones y bienes de cosas que conforman parte del patrimonio de una persona.
2. RESULTADO DE LA INTERPRETACION
Interpretación del Derecho: debe entenderse como aquella actividad dirigida a reconocer y reconstruir el significado que se ha de atribuir. En la órbita de un ordenamiento jurídico a formas representativa que son fuentes de valoraciones jurídicas o que constituyen el objeto de tales valoraciones. Estas fuentes de valoración son normas jurídicas o preceptos subordinados a las normas, puestas en vigor de una adecuada competencia normativa.
Es importante tener a la vista un concepto de que significa interpretación
Interpretación es desentrañar el sentido de una expresión, se interpreta las expresiones para descubrir lo que significa, la expresión es un conjunto de signos por ello tienen significación.
INTERPRETACION DE LA NORMA
Es la declaración definición o declaración del sentido de una cosa o de un texto oscuro o dudoso.
Según kensel se entiende por interpretación la determinación del sentido de las normas por aplicar.
Concepto de la cátedra: interpretar es indagar el sentido de la norma, es decir, establecer el alcance del texto legal, así como la intención que tiene el legislador al producir la norma por eso se dice que la interpretación es una operación investigativa tanto como del texto del espíritu del derecho.
OBJETIVO
La interpretación, la hemos sostenido en la indagación del sentido de la norma por lo tanto su objeto tiene que ser la norma jurídica a la cual debe captarse su estructura se forma de forma gramatical, y la intensión del legislador.
a) La interpretación jurídica es de vital importancia, pues el derecho solo puede ser aplicado luego de su interpretado por lo tanto no puede haber derecho sin interpretación.
b) La interpretación jurídica: no solo permite la aplicación del derecho si no que además a un mas allá, descubre su mensaje correcto o incorrectamente la de su verdadero significado, alcance y sentido o se lo guía acerca de la justicia o la injusticia.
c) El desarrollo de tantos métodos para interpretar una norma o el derecho en general demuestra que el estudio de la interpretación nunca termina por descubrir, ni satisfactoriamente el mensaje expresado de la norma, solo aspiramos aproximarnos lo más posible a esta meta.
El Edo.: Concepto, Elementos Existenciales, Territorio, Población, Relaciones entre estado y Nación.
Estado: aun no conocemos con exactitud el origen de la palabra estado, desde el punto de vista jurídico pero si podemos afirmar que equivale a polis y ha ciudad. No es si no hasta la edad media, cuando por primera vez surge el nombre statu, termino tomado y sostenido por el historiador Maquiavelo.
Ahora podemos decir que el estado es una sociedad humana, asentada de una manera permitente en un territorio, sujeta a un poder soberano que crea, defender y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien público temporal de sus componentes. Muchos autores aseguran que el poder del gobierno es sinónimo
, sin embargo nos damos cuenta que no es así, el poder significa ser ley, ser total y el gobierno no lo es así, el gobierno es regido por el pueblo y para el pueblo pero se toma al poder como un elemento del estado.
Concepto de Estado: es el conjunto de instituciones que posee la autoridad para establecer las normas que regulan a una sociedad, teniendo soberanía interna y externa un territorio determinado.
*ELEMENTOS DEL ESTADO*
1. Pueblo: como pueblo entendemos al compuesto social de los, procesos de asociaciones en el emplazamiento cultural y superficial o una constante universal en el mundo que se caracteriza por las variables históricas. El principal valor del pueblo está en su universalidad (no habrá estado si no existe pueblo y no hay pueblo si no existe estado).2. Territorio:hay quien lo considera como elemento físico de primer orden para que surja y se conserve el estado pero se agrega la formación estatal misma supone un territorio. Si la existencia de este no podría haber algún estado por otro lado hay factores que afirman que territorio es el primer elemento del estado, el territorio es el espacio dentro del cual se ejerce el poder estatal como esfera de su competencia el estado delimita espacialmente la independencia de este frente a otros estados, es el suelo dentro de los gobernantes que ejercen su función.3. Poder: lo entendemos como la capacidad o autoridad de dominio, freno y control a los seres humanos, con objeto de limitar su libertad y reglamentar su actividad. Este poder puede ser por uso de la fuerza, la coerción, voluntaria o por diversas causas (toda sociedad no puede existir sin un poder, absolutamente necesario para alcanzar todos sus fines propuestos).Relación entre Estado y Nación: para dar una definición de nación 1º es preciso analizar el concepto concretamente la nación tienen una serie de géneros y especies. Los géneros son (3) tres: 1) Nación Biológica, 2) Nación Antropológico, 3) Nación Política.
Nación Política: es el sentido jurídico es el sujeto político en el que reside la soberanía constituyente de un estado en tal sentido Nación se emplea con varios significados: estado, país, territorio o habitantes de ellos, pueblos y otros.
Un estado se identifica explícitamente como el hogar de una nación.
El estado es el espacio organizado políticamente, es condición indispensable tener una base territorial aunque no se apoye en una nación previa, puede pertenecer en el tiempo gracias a su razón de ser y a la idea estatal.
En los tiempos actuales existe una corriente de pensamientos que sostienen que el estado y nación han dejado de existir o no a causa de la globalización capitalista, del surgimiento de las empresas globales y del desarrollo científico tecnológico, a fines del siglo XX y principios del XXI, a pesar del mito de la muerte esta nación, estamos presenciando el surgir y el resurgir de nuevos y viejos sentimientos nacionales en un proceso aparentemente paradójico de naciones que luchan para convertirse en estado, para a su vez a surgirse o a sumarse a procesos de integración económica social, cultural y política supra nación.
FORMAS DE ESTADO Y GOBIERNO:
Forma de estado: tiene consideración en la distribución espacial del poder tienen en cuenta el territorio.
Las formas de gobierno hacen referencia en la distribución del poder, se crean determinados organismos al que se le atribuyen funciones, formas de estado se califican en tres clases: estados unitarios, estados federales, confederación de estados, las formas de gobierno se clasifican distinto según el pensador, la más clásica es la griega, la cual tiene como, parámetro si la forma de gobierno respeta a no la ley.
No hay correlato entre forma de gobierno y forma de estado. Puede haber un estado unitario gobernado por una democracia (Eje: Francia) y por ello un estado unitario no tiene porque ser monarquía. También puede haber estados federales como España con una monarquía y estados unidos como un régimen presidencialista, todas las combinaciones son posibles la federación de estados admite mayor o menor centralización o descentralización lo que se ven son casos intermedios que se acercan más a unos que a otros. El emperador buscaba la centralización absoluta pero chocaba con el espacio físico.
Estado Unitario: es aquel en que el poder se encuentra centralizado es decir no hay mas competencia que del mismo estado. Además cuenta con un solo poder legislativo que legisla para todo el país, un poder judicial que aplica el derecho vigente a todo el territorio del estado y que en sus senos se establece una corte suprema de justicia, la cual tienen una jurisdicción a nivel nacional, un solo poder ejecutivo que está conformado por todos los gobernantes (presidente, gobernadores, alcaldes) y además cuentan con una sola constitución política que rige en todo el territorio.
Confederación: consiste en la unión de estado que conservan ser soberanía y regir por determinadas leyes comunes (eje. La unión europea) la confederación se diferencia de la federación los miembros mantienen altas cuotas de autonomía y el poder y el poder central es limitado, mientras que los federales renuncian a una parte de sus competencias y el poder central es más fuerte.
Federación: es un estado conformado por la unión de varias entidades territoriales, también suelen denominarse estado federal y generalmente tienen un sistema político republicano.
Estado federal también se entiende que está formado por varios estados que expide sus propias normas, tienen su propio poder ejecutivo y judicial. El modelo federal puede alcanzar incluso al derecho de autodeterminación del territorio federal, que fue precisamente lo que ocurre durante el desmembramiento de la unión república socialista soviética.
La forma de estado venezolano: dentro de la exposición de motivo de la constitución Venezolana de 1999, se ratifica la forma de estado federal que se define como descentralizado y se añade en los principios de integración territorial que apuntan hacia el federalismo cooperativo en que las comunidades y autoridades públicas de los diversos sub-niveles territoriales, participan en la formación política publica comunes al estado y se constituyen en una esfera integrada de gobierno a partir del ejercicio. De las competencias en que concurre, según constata que desde el punto de vista formal es un estado federal descentralizado, sin embargo el la practica el funcionamiento de los órganos intergubernamentales continúan indicando la balanza hacia el esquema centralista y controlado del poder público nacional esta desigualdad no favorece al federalismo cooperativo entre los niveles políticos territoriales.
Presidencial: los sistemas presidencialistas tienen una clara soberanía y se separan de los poderes de gobierno. El ejecutivo es elegido de manera independiente de la rama legislativa la cual a menudo se conoce como congreso. El jefe de gobierno es a la vez el jefe de estado (llamado presidente por lo tanto no existe el cargo del primer ministro).
Parlamentarismo: es un sistema de organización política en la que la rama ejecutiva del gobierno dependiente del apoyo directo e indirecto del parlamento a menudo expresado por medio del voto de confianza. El poder ejecutivo de los sistemas parlamentarios provienen y dependen del poder legislativo el jefe de gobierno (llamado primer ministro) en veces es el líder del partido o coalición con mayor representación en el parlamento o cuerpo legislativo.
Existen también jefes de estado independiente (llamado presidentes con poder limitado o meramente ceremonial). Eje: Italia, Polonia, Alemania, Portugal, Israel, Grecia, etc.
Sistema de Gobierno Autocrático
Es un sistema de gobierno absoluto en el cual la voluntad de una sola persona es la suprema ley de un estado en la actualidad, el uso del calificativo autocracia por los políticos como sinónimo de monarquía a caído de desuso y han aumentado el uso como sinónimo de tiranía o incluso de dictadura.
La autocracia: es un sistema político opuesto a la monarquía con la ausencia del poder y bastante lejano de la democracia.
Sistema Democrático: en sentido estricto la democracia es una forma de gobierno de organización de estados en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa e indirecta que le confiere legitimidad a los representantes en el sentido amplio de la democracia es una forma de convivencia artificial son libres e iguales ante la ley y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a los mecanismos contractuales.
Sistema venezolano: la constitución de la RBV ha nacido enmarcada en una dinámica de costumbres y profundas transformaciones sociopolíticas que de forma sustantiva han propiciado el sistema de gobierno venezolano a cojas practicas inéditas, visto esto en la procura de mayores espacios y ejercicios democráticos.
La democracia ha sido ampliamente aceptada como la mejor forma política de gobierno y su legitimidad supone la existencia de instituciones que hagan posible la expresión de la voluntad popular. El sistema de gobierno presidencial contempla las decisiones sobre quién va a gobernar se han tomadas directamente por los ciudadanos.