La bccp de que se saca

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nomina del mes: se rellena todo,

ppe( numero pagas*cuantía / 360)

bccc: total devengado-he - exento+ppe 

bccp: bccc + he

remuneración mensual= total devengado - gratificaciones extra - ppe

periodo liquidación vacaciones devengadas y no disfrutadas , en días se pone - , si 365 son 30 días de vacaciones se hace regla de 3 según el tiempo trabajado, el salario mensual se divide entre 30 para hallar el diario  y se multiplica por los días de vacaciones , e esa es la parte que se pone en salario base, después solo se hace la deducciones del trabajador

pagas extras: solo se rellena gratificaciones extraordinarias e indemnizaciones o suplidos, e irpf solo de las pagas extras, el devengo es semestral , la de invierno es del 1 de Julio al 31 de Diciembre y de verano  del 1 de Enero al 30 de Junio, se hace regla de 3 calculando los días del mes como 30 siempre   indemnización: ( no entra ni plus transporte ni distancia, ni quebranto de moneda) se hace en 2 tramos, hasta la fecha 12-2-2012 son 45 días de salario por ao de servicio , a partir de esa fecha son 33 días

se calcula el salario mensual con los pluses , se multiplica por 11 para saber el anual, ya que el mes de las vacaciones ya lo vamos a sumar porque esta calculado, se suma el promedio de horas extras realizadas en el ultimo año y las pagas extras que nos ha resultado antes , la cantidad que nos da es el salario anual y se divide entre 365  para calcular el salario diario , quese multiplica por los 45 y 33 días respectivamente, el total de la indemnización es la suma de ambos

liquidación seguridad social:

empresa ( hacia abajo) 23,60  5,50   6,70  0,60  0,20  23,60  12  después puede que ( 0,65 y 0,35  0,95 y 0,75)

trabajador 4,70  1,55  1,60  0,10 nada 4,70 2 y nada mas

las contingencias comunes es la suma de ambos trabajadores, en desempleo bccp de cada uno, en su zona correspondiente según contrato  y después en at y ep y fogasa es la suma de ambos bccp o bccc+he 

se hace la suma de cuotas y en importe total es cuando se resta la cantidad que te de el enunciado o bonificaciones sobre algún trabajador

Nomina salario en especie , a los vehículos se le hace el 20% sobre el coste de adquisición , vivienda el 10% sobre valor catatral,en prestamos se coge solo la parte del interés legal-interés normal , la suma de todo iría en salario en especie, luego se calcula la bccc que es el salario + plus+ppe +especie, bccp si hay he y rellenar nomina normal entera


Cuantía desempleo: todos los meses tienen 30 días, el tope indemnizado es 720 días de salario, base reguladora = suma base cotización desempleo últimos 180 días/ 180

los primeros 180 días se cobra el 70% de la base reguladora al dia, a partir del 181 se cobra el 50% de la base reguladora

tope máximo por cada periodo de días ( 0 a 180 ) (181 a 360 ) máximo 175% del iprem  y tope mínimo 80% del iprem

maternidad: se hace la nomina normal de los días en activo , de los días en maternidad se calcula br= bccc mes anterior /30 o días mes anterior( salario diario) * días de descanso

la ppe es entre 360 o entre 365 según mensual o diario , dia de baja no cuenta como trabajado

it enfermedad común : días de baja no cuenta como trabajado , si es mensual ,  br = bccc/ 30 , si no entre días del mes anterior

se calcula el salario base respecto a días en activo

prestación : en los 3 primeros días no se cobra , del 4 al 20º el 60% de la base reguladora ( 12 pone la empresa y 5 el inss) y del 21º en adelante el 75% de la base

se calcula por un lado la bccc de días en activo y su parte de ppe, y por otro en it: base reguladora * días de baja, la suma de ambas es la bccc

la bccp es bccc + he en activo, en it  es bccc it+ ( h extra año anterior/ 360 o 365) la suma es la bccp

it enfermedad profesional: días de baja si cuenta como trabajado , todo igual que lo anterior pero varia la formula de br= ( base at y ep mes anterior baja-he del mes + hextra año anterior/365 siempre

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