Beneficios Prohibidos y Protocolo de Detención: Derechos y Procedimientos

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Beneficios Prohibidos y Protocolo de Detención

Beneficios de Origen Externo

Beneficios Prohibidos. El funcionario público no debe, directa o indirectamente, ni para sí ni para terceros, solicitar, aceptar o admitir dinero, dádivas, beneficios, regalos, favores, promesas u otras ventajas en las siguientes situaciones:

  • a) El funcionario no puede pedir ni aceptar dinero o beneficios para cumplir, demorar o no cumplir con su trabajo.
  • b) No puede usar su influencia para que otro funcionario cumpla, demore o no cumpla con su deber a cambio de algún beneficio.
  • c) No debe aceptar regalos o ventajas que le ofrezcan únicamente por el hecho de tener su cargo o puesto.

Excepciones. A pesar de que anteriormente dijimos que no debemos de aceptar regalos o ventajas por el simple hecho de tener un cargo o puesto, hay algunas excepciones:

  1. Reconocimientos oficiales: Premios o distinciones que vienen de gobiernos, organizaciones internacionales o entidades sin fines de lucro. Si la ley o la costumbre oficial lo permite.
  2. Gastos de viaje y estadía: Costos para viajar y hospedarse cubiertos por gobiernos, instituciones educativas o entidades sin fines de lucro. Si el viaje es para dar conferencias, participar en cursos o actividades culturales, y siempre que no interfiera con las funciones del funcionario o esté prohibido por otras normas.
  3. Regalos pequeños: Regalos o beneficios de muy bajo valor. Se permite cuando: Si el valor del regalo es tan bajo que no se puede considerar como un intento de influir en el funcionario.

Protocolo LGBT

Acta de detención. (CORNELIO-SEXTO) Antes de entregar a la persona detenida al personal a cargo de su custodia, se confeccionará un acta de detención y notificación de derechos que deberá contener:

  • 1- CIRCUNSTANCIAS DE LA DETENCIÓN
  • 2- IDENTIDAD DE LA PERSONA DETENIDA
  • 3- IDENTIFICACIÓN DEL FUNCIONARIO
  • 4- LECTURA DE DERECHOS Y SU COMUNICACIÓN
  • 5- FIRMA DE LOS FUNCIONARIOS
  • 6- TESTIGOS PRESENCIALES
  • 7- FIRMAS DE LAS PERSONAS DETENIDAS

a. Circunstancias de la Detención

El acta debe especificar con precisión el lugar, fecha, hora y modo en que se llevó a cabo la detención. Esto incluye detalles sobre el contexto y las condiciones en las que se realizó la intervención policial.

b. Identidad de la Persona Detenida

Se debe incluir la identidad completa de la persona detenida, utilizando el sistema combinatorio establecido en el artículo 12 de la Ley N° 26.743, que permite respetar la identidad de género de la persona.

c. Identificación del Funcionario

El acta debe identificar al funcionario o funcionaria que llevó a cabo la detención, así como a la persona que recibirá al detenido. Esto asegura la trazabilidad y la responsabilidad en el proceso.

d. Lectura de Derechos

Es esencial que se deje constancia de la lectura de los derechos a la persona detenida, así como de cualquier comunicación realizada con un abogado, persona de confianza o consulado. Si no se pudo realizar esta comunicación por razones de tiempo, se debe incluir una adenda que confirme que se llevará a cabo posteriormente.

e. Firmas de los Funcionarios

El acta debe ser firmada por el funcionario que realizó la detención (Interventor) y por el que complete el acta (Escribiente). Esto valida el documento y su contenido.

f. Testigos Presenciales

Se debe incluir la firma, aclaración, número de documento, género, datos filiatorios, domicilio y teléfono de contacto de dos testigos presenciales. Es importante que los testigos lean el acta en su totalidad antes de firmar, garantizando la transparencia del proceso.

g. Firma de la Persona Detenida

Finalmente, el acta debe contener la firma de la persona detenida. Si esta se niega o no puede firmar, se debe documentar el motivo de esta situación.

Consideraciones Finales

Es crucial que el acta de detención se elabore de manera separada de otros documentos relacionados con la escena del hecho, asegurando que se mantenga la integridad del proceso y se respeten los derechos de la persona detenida.

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