Cesión Legal e Ilegal de Trabajadores: Diferencias, Consecuencias y Contratas

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El Concepto de Empresa en el Ámbito Laboral

El concepto laboral de empresa se refiere a una organización de medios personales, materiales e inmateriales, bajo la dirección de un empleador, con fines económicos, sociales, culturales o benéficos, y con una individualidad legal determinada.

Cesión de Trabajadores: Legalidad e Ilegalidad

La cesión de trabajadores puede ser legal o ilegal. La cesión ilegal ocurre cuando una empresa no habilitada (que no sea una ETT) contrata a un trabajador y lo pone a disposición de otra empresa.

Se considera cesión ilegal si:

  • El contrato entre empresas solo pone a disposición trabajadores.
  • La empresa cedente carece de recursos, actividad o medios propios.
  • La empresa cedente no ejerce las funciones inherentes a un empresario.

Consecuencias de la Cesión Ilegal

  • Responsabilidad solidaria entre las empresas cedente y cesionaria en obligaciones laborales, de Seguridad Social y otras responsabilidades, incluidas las penales.
  • Los trabajadores tienen derecho a optar por ser fijos en la empresa cedente o cesionaria, con antigüedad desde el inicio de la cesión.

Cesión Legal

La cesión legal únicamente puede realizarse a través de una Empresa de Trabajo Temporal (ETT), que está habilitada para ceder temporalmente trabajadores a otra empresa.

Diferencia entre Cesión Ilegal y Contrata

La diferencia clave entre la cesión ilegal y la contrata radica en que, en una contrata auténtica, cada empresa tiene su propia organización, dirección y medios de producción. En la cesión ilegal, la empresa intermediaria solo paga salarios sin aportar medios ni organización propia.

Contratas y Subcontratas: Artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores

El artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores regula las contratas y subcontratas como una descentralización de una actividad principal a otra empresa mediante un contrato.

Obligaciones de la Empresa Principal

  • Verificar que la contratista esté al corriente de pago con la Seguridad Social.
  • Responder solidariamente de las obligaciones con la Seguridad Social durante la contrata y hasta tres años después.
  • Responder solidariamente de las obligaciones salariales durante el año siguiente a la finalización del contrato.
  • La contratista debe informar a los trabajadores sobre la identidad de la empresa principal.
  • Comunicar a la Seguridad Social la información de la contrata.
  • Exigir evaluaciones de riesgos y la planificación en prevención de riesgos laborales.
  • Informar a la representación de los trabajadores sobre:
    • Nombre y razón social de la contrata.
    • Duración y motivo de la contrata.
    • Lugar de trabajo.
    • Número de trabajadores empleados.
    • Medidas de prevención de riesgos laborales.

Centros de Trabajo Compartidos

En los centros de trabajo compartidos, la empresa principal debe disponer de un libro registro con información actualizada sobre todas las empresas participantes.

Transmisión de Trabajadores

En caso de transmisión de trabajadores, tanto el cedente como el cesionario deben informar a los representantes o trabajadores afectados sobre:

  • La fecha de la transmisión.
  • Los motivos de la transmisión.
  • Las consecuencias jurídicas, económicas y sociales.
  • Las medidas previstas.

Si se plantean medidas laborales que afecten a los trabajadores, se debe iniciar un periodo de consultas para negociar de buena fe antes de aplicar los cambios.

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