Cobertura y Modalidades del Seguro de Vida: Protección Personal y Familiar

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,2 KB

Definición y Objeto de los Seguros de Personas

Los seguros de personas tienen como finalidad la cobertura de riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad o salud de la persona humana.

El Seguro de Vida: Concepto y Características

El seguro de vida es aquel en el que el asegurador, a cambio de una prima (única o periódica), se obliga a satisfacer al tomador del seguro, o a la persona que este designe, un capital o una renta cuando el asegurado fallezca o alcance una determinada edad.

Modalidades Principales del Seguro de Vida

  • Seguro para caso de muerte: La obligación del asegurador está subordinada al fallecimiento del asegurado (obligación a término incierto).
  • Seguro para caso de sobrevivencia: La obligación del asegurador está subordinada a que el asegurado continúe con vida a una determinada edad o fecha (obligación condicional).
  • Seguro mixto: Combina los dos anteriores, haciendo que la obligación del asegurador quede subordinada tanto a la muerte como a la sobrevivencia del asegurado.

Particularidades del Seguro de Vida

Perfección del Contrato

  • La Ley concede al tomador del seguro un derecho a la resolución unilateral del contrato sin necesidad de justificar los motivos y sin penalización alguna, en el plazo de treinta días a partir de la entrega de la póliza o documento de cobertura provisional. Este derecho se limita a los contratos individuales de duración superior a seis meses.

Elementos Personales

  • Asegurado: Persona sobre cuya vida se establece el seguro.
  • Beneficiario: Persona a favor de la cual se contrata el seguro. Su designación se realiza en la póliza. Esta designación no genera un derecho definitivo en favor del beneficiario, sino que está sujeta a la condición de que el tomador no revoque dicha designación antes de que ocurra el evento que da lugar al pago del capital o renta. El tomador del seguro puede modificar la designación del beneficiario sin consentimiento del asegurador, aunque puede renunciar a esta facultad.

La Prima

  • La prima se calcula técnicamente sobre la base de estadísticas y tablas de mortalidad.

Reducción del Seguro

  • La falta de pago de la prima, una vez transcurrido el plazo previsto en la póliza, no produce la resolución del contrato, sino la reducción del seguro.

Inimpugnabilidad de la Póliza

  • Transcurrido un año (o un plazo inferior establecido en la póliza), el asegurador no podrá impugnar el contrato por reticencia o inexactitud en la declaración del riesgo efectuada por el tomador o el asegurado, salvo que estos hayan actuado con dolo.

Pago de la Indemnización

  • En los seguros de vida, la indemnización se determina anticipadamente al contratar el seguro, por lo que no suelen existir problemas en la liquidación del siniestro. El asegurador debe cumplir su prestación tan pronto como el asegurado o el beneficiario justifiquen el hecho que la determina.

Entradas relacionadas: