Código Financiero del Estado de México: Clasificación y Obligaciones Tributarias

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Código Financiero del Estado de México: Clasificación y Obligaciones Tributarias

Clasificación de las Contribuciones

El Código Financiero del Estado de México clasifica las contribuciones en las siguientes categorías:

  • Impuestos: Contribuciones a cargo de personas físicas y morales que realizan determinada actividad.
  • Derechos: Contraprestaciones a cargo de personas físicas y jurídicas colectivas por el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público.
  • Aportaciones de Mejora: Contribuciones a cargo de personas físicas y jurídicas colectivas que obtengan un beneficio de una obra pública.
  • Productos: Contraprestaciones por los servicios prestados por el Estado y los municipios en actividades de derecho privado, así como el uso o aprovechamiento y enajenación de bienes de dominio privado.
  • Aprovechamientos: Ingresos que percibe el Estado y los municipios por fundaciones de derecho público y por el uso o explotación de bienes de dominio público.
  • Ingresos Derivados del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal: Ingresos que percibe el Estado y los municipios como consecuencia de la adhesión al sistema.
  • Ingresos de Financiamiento: Contraprestaciones de préstamos bancarios.

Autoridad Fiscal

La autoridad fiscal es el ente público que tiene la facultad de establecer y recaudar las contribuciones para satisfacer los servicios públicos.

Domicilio Fiscal

El domicilio fiscal es la ubicación registrada de las personas físicas o jurídicas colectivas donde está asentada la oficina matriz o cualquiera de las sucursales.

Exenciones Tributarias

Están exentos del pago de contribuciones:

  • Estado
  • Municipios
  • Organismos autónomos
  • Entidades públicas y federativas en caso de reciprocidad

Unidad Social

Los impuestos son los establecidos en el Código que deben pagar las personas físicas y jurídicas colectivas que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista en el mismo. Los derechos son las contraprestaciones establecidas en el Código que deben pagar las personas físicas y jurídicas colectivas. Las aportaciones de mejora son las establecidas en el Código a cargo de las personas físicas y jurídicas colectivas por obras públicas.

Obligaciones Tributarias

La obligación fiscal nace cuando se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en el Código.

Pago de Créditos Fiscales

Los créditos fiscales se pagan en efectivo, a través de cheques o en especie (pago de bienes inmuebles). El pago del cheque debe ser certificado por una institución bancaria.

Prescripción del Crédito Fiscal

El crédito fiscal se extingue por prescripción a los 5 años a partir de la fecha en que se pagó o fue exigible.

Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes

Los contribuyentes tienen derecho a:

  • Recibir orientación y asistencia gratuita
  • Presentar declaraciones complementarias
  • Recibir el comprobante de pago de sus contribuciones
  • Corregir su situación fiscal

Los contribuyentes están obligados a:

  • Inscribirse en el registro fiscal
  • Señalar domicilio fiscal
  • Consignar las declaraciones y avisos previos
  • Presentar los avisos que modifiquen los datos previamente declarados
  • Declarar y pagar los créditos fiscales
  • Llevar un registro de sus obligaciones fiscales
  • Conservar los documentos comprobatorios del cumplimiento de sus obligaciones fiscales
  • Facilitar a las autoridades fiscales el ejercicio de sus facultades de comprobación, cobro y trabajos para la instalación de instrumentos de medición
  • Proporcionar a las autoridades fiscales información sobre sus clientes y proveedores
  • Suspender actividades señalando el domicilio fiscal para el cumplimiento de obligaciones fiscales
  • Presentar aviso de baja del padrón vehicular

Requisitos de la Visita Domiciliaria

Las visitas domiciliarias deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser por escrito
  • Señalar la autoridad que la omite, fundada y motivada
  • Ostentar firma del servidor público
  • Indicar el domicilio donde se debe efectuar la visita
  • Notificar al visitado el domicilio a visitar
  • Nombre de la persona que deberá efectuar la visita
  • Días hábiles de 8 a 6
  • Nombre de las contribuciones a revisar
  • Indicar el ejercicio sujeto a revisión
  • Puede emplearse por dos ocasiones

Impuesto sobre Erogaciones o Remuneraciones al Trabajo Personal

Están obligados al pago de este impuesto las personas físicas y jurídicas colectivas que realicen pagos en efectivo o en especie por concepto del trabajo personal.

Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados

Están obligados al pago de este impuesto las personas físicas y jurídicas colectivas que adquieran vehículos automotores en el territorio del Estado.

Impuesto sobre Lotería y Sorteos

Están obligados al pago de este impuesto las personas jurídicas colectivas que organicen o exploten loterías, sorteos, concursos y juegos permitidos con cruce o captación de apuestas.

Contribuciones Estatales

Además de los impuestos mencionados anteriormente, el Código Financiero del Estado de México establece las siguientes contribuciones estatales:

  • Impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones
  • Conjuntos urbanos
  • Anuncios publicitarios
  • Diversión, juegos y espectáculos
  • Derechos de agua potable, drenaje y alcantarillado
  • Derechos del registro civil
  • Derechos de desarrollo urbano y obras públicas
  • Servicios prestados por autoridades fiscales administrativas
  • Servicios de tránsito

Derechos por Servicios Prestados

Los derechos son contribuciones a cargo de personas físicas o jurídicas colectivas que reciben un servicio por parte del Estado.

Derechos por Servicios Prestados de Seguridad

Los derechos por servicios prestados de seguridad incluyen:

  • Consulta de antecedentes no penales
  • Solicitud para la prestación de servicios de seguridad privada
  • Registro de arma de fuego
  • Inscripción al registro público de los elementos operativos
  • Expedición de célula de identificación o personal operativo

Derechos por Servicios Prestados por la Secretaría de Finanzas

Los derechos por servicios prestados por la Secretaría de Finanzas incluyen:

  • Expedición de certificación
  • Expedición de formas aprobadas
  • Práctica de auditoría realizada a solicitud de particulares
  • Almacenaje de bienes muebles secuestrados y liberados

Derechos por Servicios Prestados por la Secretaría de Educación

Los derechos por servicios prestados por la Secretaría de Educación incluyen:

  • Solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de autorización a instituciones particulares para impartir estudios
  • Solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de reconocimiento de validez oficial del estudio
  • Solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de reconocimiento de validez oficial de escuelas particulares de educación superior

Derechos por Servicios Prestados por la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructuras

Los derechos por servicios prestados por la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructuras incluyen:

  • Supervisión de las obras de urbanización, infraestructura y equipamiento de conjuntos urbanos

Derechos por Servicios Prestados por la Secretaría del Agua

: servicios prestados por el organismo público descentralizado denominada comisión del agua de México se pagarán derechos sin excepción alguna conforme a la conexión de la toma para el suministro de agua en cuál está el grupo 3 acolman Aculco Chimalhuacán huehueca mezcla y pan Coyoacán tianguistenco Tultepec y Zumpango.

De los derechos por servicios prestados de los servicios de contraloría:Consulta de Auditorías.

Consulta Electrónica de Proveedores en Incumplimiento Contractual.

Consulta Electrónica de procedimientos administrativos de impedimento.

Contratistas con atrasos o deficiencias en obra pública y terminación anticipada imputables a contratistas.

De los servicios prestados de auditoría técnica requerido que se practiquen a los trabajos:Auditoría de estados financieros.

Revisión de la valuación de instrumentos financieros,Diagnósticos contables y fiscales,Apoyo en la expresión de estados,arqueos de cartera, asesoría en colocasiones en la bolsa mexicana de valores.

De los servicios prestados por movilidad:Autorizar y modificar en todo tiempo rutas, tarifas, itinerarios, horarios, frecuencias, así como ordenar el cambio de bases, paraderos y terminales. Señalar la forma de identificación de los vehículos afectos al servicio público de transporte.

Por uso y aprovechamiento de derecho de vía estatal en los caminos o carreteras que forman parte de la estructura: instalación marginal y longitudinal, para el permiso a la construcción o modificación de la superficie, de 0 a 9 9 9 m 25 pesos, a partir de 1000 17 pesos, subterráneas: de 0 a 999 metros 29 pesos a partir de 1000 m 17, áreas: de 0 a 99 metros $20, a partir de 1000 metros 14 pesos, por el referendo anual de permisos Dos. 254 pesos.

Por el uso de aprovechamiento del derecho de vías de autopista de cuotas y zonas aledañas:Franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación, cuya anchura y dimensiones fija la Secretaría, la cual no podrá ser inferior a 20 metros a cada lado del eje del camino.

De los derechos por servicios prestados por la Secretaría de Educación ciencia tecnología e Innovación por la inscripción:

De los derechos por servicios prestados por el instituto de la función registral del Estado de México de la inscripción de documentos o actos relativa de bienes inmuebles se pagarán los siguientes derechos: por inscripción de relativas a la propiedad o posesión originaria de bienes inmuebles, apeo y deslinde jurídico o el levantamiento topográfico catastral 981 pesos, capitulaciones matrimoniales sobre inmuebles aplicaciones de bienes por disolución terminación o liquidación de la sociedad conyugal por cada inmueble 981pesos, la declaración reconocimiento adquisición o transmisión o sesión de derecho sobre los mismos por cualquier título o Sentencia, se considera que existe transmisión o sesión de derechos de fideicomisos o fideicomisario cuando hay sustitución de un fideicomitente o de un comisario por cualquier motivo en el caso de la permite, la compraventa a plazos con reserva de dominio o cualquier otra condición resolutoria, tratándose del registro de actos que constituyen compraventa a plazos con reserva $110.

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