Comercio Intracomunitario: Intrastat e IVA en Operaciones Internacionales
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Sistema Intrastat
El sistema Intrastat se aplica a: Mercancías comunitarias.
En el sistema Intrastat deberán declararse: Las expediciones e introducciones de mercancías comunitarias (con excepción de Canarias) procedentes del territorio estadístico de otro estado miembro.
El territorio estadístico Intrastat es: Ninguna es cierta.
El umbral de exención es: c) Ninguna es cierta.
El plazo para presentar la declaración Intrastat es: Hasta el día 12 del mes siguiente de finalización del periodo de referencia, si fuese hábil o hasta el inmediato posterior si fuera inhábil.
Las declaraciones Intrastat se presentarán: Por vía telemática, haciendo uso de los formularios electrónicos, envío de fichero EDIFACT o envío de fichero CSV, todo de acceso en la web de la Agencia Tributaria.
Las declaraciones Intrastat pueden ser: Normales, complementarias, sin operaciones, rectificativas y anulativas.
Ámbito de aplicación del sistema Intrastat en España: Las respuestas b) y c) son correctas.
El sistema Intrastat se aplica: Por la necesidad de recoger información referente al comercio intracomunitario, debido a la constitución del mercado único europeo, en 1993.
El obligado estadístico: Podrá presentar la declaración Intrastat por sí mismo, a través de un tercero declarante, o a través de una empresa cabecera.
IVA en Operaciones Intracomunitarias
El IVA es un impuesto: Indirecto y real.
En las exportaciones: Existe exención plena respecto al IVA.
La normativa comunitaria que regula el IVA es: Directiva 2006/112 y Ley 37/1992 de 28 de diciembre.
Los tipos de IVA: Todas son verdaderas.
Las exportaciones respecto al IVA: Son una exención plena.
El arancel es un tributo que: Todas son ciertas.
El sujeto pasivo del IVA (si realiza adquisiciones intracomunitarias) debe: Presentar solo el modelo 349.
A efectos de calcular la base imponible del IVA, se tienen en cuenta todos los gastos accesorios hasta: El primer lugar de destino dentro del Territorio Aduanero Comunitario.
Las empresas deben liquidar el IVA: Trimestralmente, normalmente.
La declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349) que deben presentar los sujetos pasivos que realicen entregas y adquisiciones de bienes: Se presenta del 1 al 20 del mes siguiente al finalizar el trimestre en que se hubiesen realizado las operaciones.
Impuestos Especiales y Régimen Suspensivo
El depósito fiscal se utiliza en mercancías importadas sometidas al pago de impuestos especiales (II. EE.), tabaco, alcohol, carburante, etc.
Los productos sujetos a II. EE. de fabricación, con origen y destino comunitario, circularán dentro del ámbito territorial interno en régimen suspensivo.