Competencias Territoriales de los Estados: Adquisición y Autotutela
Adquisición del Territorio
Anteriormente, se distinguía entre dos modos de adquisición del territorio:
- Modos originarios: Cuando se trata de un territorio previamente no sometido a otro Estado, destacando entre ellos la ocupación y la accesión.
- Modos derivativos: Cuando la adquisición es de un territorio previamente sometido a la soberanía de otro Estado, como en los casos de la prescripción adquisitiva, la cesión o la conquista.
Esta distinción no es válida en el Derecho Internacional actual, pues en un mundo finito no caben medios originarios de adquisición del territorio.
Medidas de Autotutela
Junto a los procedimientos diplomáticos de protección de intereses que se consideran lesionados, los Estados pueden recurrir a otras medidas legalmente previstas como mecanismos de autodefensa o protección de sus derechos. Cuáles sean estos medios y su regulación va a depender de la estructura de la sociedad internacional de cada época.
- Una sociedad internacional fuertemente cohesionada o institucionalizada dejará un margen muy estrecho a medidas individuales de autotutela, pudiéndose contar con medidas institucionalizadas o centralizadas de represión o sanción contra los autores de un ilícito.
- Por el contrario, en una sociedad meramente relacional de Estados, en la que el poder está fuertemente descentralizado en manos de éstos, se incrementará el margen de posibilidades de actuación individualizada en la defensa de los propios intereses y derechos, precisamente en la misma medida en que menor sea la posibilidad de contar con una represión o sanción institucionalizada.
Las Competencias Territoriales de los Estados
El Estado soberano sólo es concebible, en puridad, sobre un determinado asentamiento territorial; de ahí que el territorio sea la base espacial sobre la que se ejercen las competencias del Estado, hasta el punto de concebírselo como elemento constitutivo del Estado.
La soberanía significa, igualmente, exclusividad en el ejercicio de las competencias estatales. La soberanía territorial sirve para dividir entre las naciones el espacio en que se desarrollan las actividades humanas, de forma que se les garantice en cualquier lugar el mínimo de protección de la que el derecho internacional es la garantía.
No hay que confundir al Estado con el territorio. La palabra “territorio” es utilizada para referirse a realidades espaciales que dicen mal del sentido etimológico de la palabra, como por ejemplo el territorio aéreo, marítimo o terrestre.