Compilación de Justiniano: Instituciones, Codex, Novelas y Evolución del Derecho Bizantino

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Las Instituciones

Publicadas en el año 533, las Instituciones constituían un tratado fundamental del Derecho. Se dividen en cuatro libros, y cada libro en títulos, basados en las Instituciones de Gayo. Su estructura es la siguiente:

  • Libro 1º: Trata sobre las cosas.
  • Libros 2º, 3º y parte del 4º: Tratan sobre las personas.
  • Final del libro 4º: Trata sobre las acciones.

Este libro, concebido para la enseñanza, fue redactado por Teófilo y Doroteo, entrando en vigor al mismo tiempo que el Digesto. A diferencia del Digesto, las Instituciones no presentan tantos problemas de interpretación, ya que su fuente principal, las Instituciones de Gayo, han llegado a nosotros en buen estado.

El Codex Repetitae Praelectionis

Tras la creación del primer Código, Justiniano se percató de que había quedado obsoleto debido a la aparición de nuevas Constituciones. Por ello, en el año 534, encargó a Triboniano la elaboración de una nueva compilación del Codex. Esta nueva edición, publicada en el mismo año mediante la Constitución CORDI NOBIS, se conoce como Codex Repetitae Praelectionis o simplemente Codex, ya que el anterior desapareció.

El Codex se divide en 12 libros, que a su vez se subdividen en títulos. Fue realizado por Triboniano, Doroteo y tres abogados más. Las Constituciones recogidas en el Codex comienzan con una Inscriptio que indica el nombre del emperador, el lugar y la fecha de promulgación. La Constitución más antigua es de Adriano, y la más moderna, de Justiniano.

Los 12 libros del Codex tratan sobre:

  • Libro 1º: Fuentes del Derecho
  • Libros 2º al 8º: Derecho Privado
  • Libro 9º: Derecho Penal
  • Libros 10º al 12º: Derecho Administrativo y Financiero

Justiniano continuó con una serie de reformas, especialmente en Derecho privado, público y religioso. Estas reformas, conocidas como Nuevas Leyes, se agruparon bajo el nombre de Novelas.

Las Novelas: El Derecho Bizantino Posterior

Las Novelas son todas las Constituciones promulgadas por Justiniano después de terminar la Compilación. Tratan principalmente sobre Derecho público, eclesiástico y leyes sociales. Al principio de cada novela aparece la indicación de la circunstancia que motivó su promulgación, seguida de la parte dispositiva. La mayoría están redactadas en griego, aunque algunas son bilingües.

No se realizó una recopilación oficial de las Novelas, sino que las conocemos a través de tres colecciones particulares:

  • Epitome Juliano: Comprende 123 novelas.
  • Colección realizada bajo Tiberio II: Consta de 168 novelas.
  • Authenticum: Contiene 134 novelas.

El conjunto de las Instituciones Justinianeas (el Codex, las Novelas, las Instituciones y el Digesto) recibe el nombre de Corpus Iuris Civilis. Fue enviado por Justiniano al Papa de Roma y aplicado en Italia, en el Imperio de Occidente. Ha llegado a nosotros a través de diversos manuscritos, entre los que destacan la Littera Florentina (siglos VI-VII) y la Littera Vulgata (siglo XI).

A pesar de la petición de Justiniano de no realizar cambios, el Digesto fue modificado ligeramente con el tiempo. Tras Justiniano, las escuelas de Derecho continuaron su labor, comparando textos y comentando tratados sobre las Compilaciones. Estos comentarios se extendieron durante todo el Imperio de Oriente, enlazando con los de Occidente.

Surgió la necesidad de nuevas leyes. La primera de ellas fue la Ecloga, a mediados del siglo VIII, en la época de León y Sauro, de la que se hicieron varias traducciones directas. Posteriormente, las Basílicas, de finales del siglo IX y comienzos del X, cobraron mayor importancia, transmitiendo parte de la Compilación y siguiendo el orden del edicto.

A partir del siglo X, comenzaron las anotaciones, y en el siglo XI se elaboró un texto que reflejaba el Derecho vigente en ese momento. El Derecho Romano se fue fusionando gradualmente con el Derecho griego, dando lugar a la evolución del Derecho Bizantino.

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