Componentes Esenciales de los Impuestos y Obligaciones del IVA
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Componentes Esenciales de los Impuestos
- Hecho imponible: Circunstancias que originan el nacimiento de la obligación tributaria (por ejemplo, obtener una renta, ser propietario de una vivienda, etc.).
- Contribuyente: Persona física o jurídica sobre la que recae el impuesto (por ejemplo, el trabajador en el IRPF, los consumidores en el IVA, etc.).
- Sujeto pasivo: Persona física o jurídica sobre la que recae la obligación de ingresar la cuota tributaria (por ejemplo, las empresas en el IVA).
- Base imponible: Valoración monetaria del hecho imponible (por ejemplo, total de la compra en el IVA, beneficio de la empresa en el IS).
- Reducciones: Cantidad que la ley permite deducirse de la base imponible (por ejemplo, discapacidad en el IRPF).
- Base liquidable: Base imponible menos las reducciones.
- Tipo de gravamen o tipo impositivo: Coeficiente o porcentaje que se aplica a la base liquidable (o base imponible si no hay reducciones) para obtener la cuota íntegra (por ejemplo: tipo general del IVA: 21%).
- Cuota íntegra: Es el resultado de aplicar el tipo de gravamen a la base liquidable (o base imponible).
- Deducciones: Bonificaciones a la cuota íntegra (por ejemplo, vivienda habitual en el IRPF).
- Cuota líquida: Cuota íntegra menos deducciones.
- Retenciones y pagos a cuenta: Cantidades que se adelantan a cuenta del impuesto (por ejemplo, retenciones a los trabajadores, pagos fraccionados del IVA).
- Cuota diferencial: Cuota líquida menos retenciones y pagos a cuenta.
- Deuda tributaria: Cantidad a ingresar por el impuesto.
Regímenes Especiales del IVA
Obligatorios
- Régimen especial del recargo de equivalencia.
Voluntarios
- Régimen simplificado.
- Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
- Régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
- Régimen especial aplicable a los servicios prestados por vía electrónica.
- Régimen especial del grupo de entidades.
Gestión y Obligaciones del IVA
Obligaciones formales del sujeto pasivo
Los sujetos pasivos del IVA están obligados a:
- Presentar declaraciones relativas al comienzo, modificación y cese de actividad.
- Solicitar de la Administración el número de identificación fiscal, comunicarlo y acreditarlo.
- Expedir y entregar factura de todas sus operaciones sujetas al impuesto y conservar un duplicado.
- Presentar las declaraciones periódicas (trimestrales o mensuales) y un resumen anual.
- Presentar información relativa a sus operaciones económicas con terceras personas.
- Llevar la contabilidad y los registros que se establezca.
Declaración censal
Es el primer requisito fiscal para darse de alta en una actividad.
Periodicidad de las Declaraciones del IVA
Trimestralmente
Sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones (sin IVA) en el año anterior haya sido menor o igual a 6.010.121,04€.
Plazo:
- Del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre que se liquida (1er, 2º, 3er trimestre).
- Del 1 al 30 de enero del ejercicio siguiente (4º trimestre y resumen anual).
Mensualmente
Grandes empresas: volumen de operaciones superior a 6.010.121,04€
Inscritas en el Registro de devolución mensual (REDEME).
Plazo:
- Del 1 al 20 del mes siguiente al que se liquida.
- Hasta el 20 de septiembre la del mes de julio.
- Del 1 al 30 de enero del ejercicio siguiente (diciembre y resumen anual).
Libros de Registro del IVA
- Libro registro de facturas expedidas.
- Libro registro de facturas recibidas.
- Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.