Conceptos Clave de Sociedades, Cooperativas y Derecho Laboral en México

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Sociedades

  • Parte social: Aportación que hace un socio en la sociedad; se le llama cuota en las sociedades de personas y acción en las sociedades de capitales.
  • Asamblea de socios: Órgano supremo y la mayor autoridad de una sociedad. Tiene la facultad de designar a los administradores y reformar el pacto social.
  • Sociedad anónima: Requiere de un capital mínimo de 50,000 pesos representados por acciones. Los socios son responsables por el monto de su aportación.
  • Denominación social: Nombre elegido por los organizadores de la empresa para designar a las sociedades de capitales.
  • Valor nominal de las acciones: Se asigna a las acciones en el pacto social, el cual representa la aportación inicial del socio.
  • Fundadores: Quienes organizan y hacen posible la constitución de una sociedad, bajo el concepto de que al formarse quedan como socios.
  • Bonos o parte del fundador: Títulos de crédito a favor de sus tenedores, que implican un derecho a gozar de las utilidades de la sociedad.
  • Acciones: Documentos que representan un valor y presumen la existencia de derechos literales, patrimoniales y autónomos, que en ellos se consignan.

Cooperativas

  • Sociedades cooperativas: Se integran por personas físicas con intereses comunes con base en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades colectivas e individuales.
  • Actos cooperativos: Son los relativos a la función y organización interna de las sociedades cooperativas.
  • Cooperativas de consumidores: Los miembros se asocian con el objeto de obtener en común artículos, bienes o servicios para ellos, sus hogares o actividades productivas.
  • Cooperativa de productores: Los miembros se asocian para trabajar en común en la producción de bienes o servicios, aportando su trabajo físico o intelectual.

Derecho Laboral

  • Trabajo: Es toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerida por cada profesión u oficio.
  • Derecho del trabajo: Es un conjunto de normas jurídicas aplicadas a regular la actividad humana, física o mental, realizada en el desempeño de una profesión u oficio.
  • Relación de trabajo: Es la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona mediante el pago de un salario.

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