Constitucion d 1845

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Es un texto jurídico realizado en Madrid en 1845 realizado x la reina Isabel y cortes españ olas y su finalidad es pú blica y universal.
La constitució n d 1845 en teoría fue una reforma d la d 1837 como lo dice la reina Isabel II en el preámbulo "modificando al afecto la constitución promulgada el 18 d Junio d 1837" En realidad fue un txt nuevo q estuvo en vigor hasta 1869,sus conteni2 básicos son los siguientes:
a) El principio d soberanía compartida.El poder reside en las cortes con el rey.Art 12.
b) Una declaración d derexos muy teorica y posterga su concreción a las leyes,unas leyes q tenderán a limitarlos durante el periodo moderado.
c) La exclusividad d la religión católica con el compromiso dl Estado d mantener el culto y el clero,concretaba el tema dl catolicismo español más q la constitución d 1837 ya q ésta decía "la religión católica es la predominante entre los españoles,en cambio la constitución d 1845 es contundente.Art 11.
d)La eliminación d los límites respecto d los poderes dl rey q la constitución d 1837 había establecido en esta no qudan claros y el rey gana poder "La potestad...cortes en el rey" Art.12.
e) Un senado d miembros vitalicios nombra2 x la corona entre las altas categorías d la nobleza,la iglesia,el ejército, la administración y quienes posean grandes fortunas,ade+ d servir d freno a posibles refor+ radicales dl congreso,el senado asume las funciones judiciales actuando en única instancia xa juzgar a los ministros y a los propios senadores." El nº d senadores...al rey... es vitalicio" Art 13,14,17.
f)Aytos y diputaciones someti2 a la administración central con alcaldes y presidentes elegi2 x el rey, este tema había sido debatido x los progresistas d 1836 q recoge la Constitución d 1837 y q defendió Espartero en 1841, haciendo caer a la regente Mª Cristina, decía q los alcaldes los tenían q elegir dentro d los municipios, x el contrario la Constitución d 1845 controla el tema político y decide elegir a los alcaldes,elgobernador civíl y en última instancia el rey.
g)El poder d la corona xa disolver el congreso con la obligación d volver a convocarlo en el plazo d 3 meses. En las Cortes d Cádiz se recoge q la corona pueda disolver el congreso, x lo tanto esto no es nuevo. Art 12.
h)La supresión d la Milícia Nacional, se había creado en las Cortes d Cádiz xa q los representantes defendieran con armas la Constitución.En 1837 se mantuvo la Milícia Nacional, la d 1845 elimina esta defensa milítar para dar más poder a la corona al hacer cambios constitucionales.Ade+ d todo lo comentado se intenta centralizar al país suprimiendo fueros d algunas regiones Vascongadas,Navarra ya q en 1841 se había firmado con Navarra la ley paccionada d 1841 q la convertía d peke reino en una provincia foral.La Constitución d 1845 promueve unos códigos o leyes similares xa todo el reino este centralismo creó problemas sobre todo con el Nacionalismo posterior.La Constitución d 1845 tiene una parte d declaración d intenciones.Como se ve la Constitución d 1845 era claramente conservadora, prácticamente excluía alternativas en el poder y beneficiaba al Partido moderado y a la Oligarquía.
La ley electoral d 1846 concretó esa realidad al establecer unas rentas mín xa poder votar e ilimitaron el voto o sufragio a solo 90000 electores en un país d 12millones d habitantes.La Constitución d 1845 permitió durante la década moderada continuar el desarrollo conservador.En 1844 se suspendieron las ventas d B desamortiza2 y se devolvieron a la Iglesia los no vendi2, se fijaron fuertes fianzas xa poder publicar periódicos en un intento d controlar la libertad d prensa, la ley d imprenta posteriormente estableció la censura, igualmente se fundó la Guardía Civíl con el obj d garantizar el buen nombre y la seguridad d las propiedades.
Igualmente se intentó unificar el código penal y el código civíl, se reforzó el poder d gobernadores civíles y militares y tmb fue positivo el sist d la reforma d hacienda q se resumió en en 4 impuestos,to2 los artículos aunq fue muy popular el d los consumos.Finalmente los modera2 consiguieron restablecer las relaciones con la Sta Sede, entre los problemas citar el Matrimonio d la guerra y la 2º Guerra Carlista.


Es un texto jurídico realizado en Madrid en 1845 realizado x la reina Isabel y cortes españ olas y su finalidad es pú blica y universal.
La constitució n d 1845 en teoría fue una reforma d la d 1837 como lo dice la reina Isabel II en el preámbulo "modificando al afecto la constitución promulgada el 18 d Junio d 1837" En realidad fue un txt nuevo q estuvo en vigor hasta 1869,sus conteni2 básicos son los siguientes:
a) El principio d soberanía compartida.El poder reside en las cortes con el rey.Art 12.
b) Una declaración d derexos muy teorica y posterga su concreción a las leyes,unas leyes q tenderán a limitarlos durante el periodo moderado.
c) La exclusividad d la religión católica con el compromiso dl Estado d mantener el culto y el clero,concretaba el tema dl catolicismo español más q la constitución d 1837 ya q ésta decía "la religión católica es la predominante entre los españoles,en cambio la constitución d 1845 es contundente.Art 11.
d)La eliminación d los límites respecto d los poderes dl rey q la constitución d 1837 había establecido en esta no qudan claros y el rey gana poder "La potestad...cortes en el rey" Art.12.
e) Un senado d miembros vitalicios nombra2 x la corona entre las altas categorías d la nobleza,la iglesia,el ejército, la administración y quienes posean grandes fortunas,ade+ d servir d freno a posibles refor+ radicales dl congreso,el senado asume las funciones judiciales actuando en única instancia xa juzgar a los ministros y a los propios senadores." El nº d senadores...al rey... es vitalicio" Art 13,14,17.
f)Aytos y diputaciones someti2 a la administración central con alcaldes y presidentes elegi2 x el rey, este tema había sido debatido x los progresistas d 1836 q recoge la Constitución d 1837 y q defendió Espartero en 1841, haciendo caer a la regente Mª Cristina, decía q los alcaldes los tenían q elegir dentro d los municipios, x el contrario la Constitución d 1845 controla el tema político y decide elegir a los alcaldes,elgobernador civíl y en última instancia el rey.
g)El poder d la corona xa disolver el congreso con la obligación d volver a convocarlo en el plazo d 3 meses. En las Cortes d Cádiz se recoge q la corona pueda disolver el congreso, x lo tanto esto no es nuevo. Art 12.
h)La supresión d la Milícia Nacional, se había creado en las Cortes d Cádiz xa q los representantes defendieran con armas la Constitución.En 1837 se mantuvo la Milícia Nacional, la d 1845 elimina esta defensa milítar para dar más poder a la corona al hacer cambios constitucionales.Ade+ d todo lo comentado se intenta centralizar al país suprimiendo fueros d algunas regiones Vascongadas,Navarra ya q en 1841 se había firmado con Navarra la ley paccionada d 1841 q la convertía d peke reino en una provincia foral.La Constitución d 1845 promueve unos códigos o leyes similares xa todo el reino este centralismo creó problemas sobre todo con el Nacionalismo posterior.La Constitución d 1845 tiene una parte d declaración d intenciones.Como se ve la Constitución d 1845 era claramente conservadora, prácticamente excluía alternativas en el poder y beneficiaba al Partido moderado y a la Oligarquía.
La ley electoral d 1846 concretó esa realidad al establecer unas rentas mín xa poder votar e ilimitaron el voto o sufragio a solo 90000 electores en un país d 12millones d habitantes.La Constitución d 1845 permitió durante la década moderada continuar el desarrollo conservador.En 1844 se suspendieron las ventas d B desamortiza2 y se devolvieron a la Iglesia los no vendi2, se fijaron fuertes fianzas xa poder publicar periódicos en un intento d controlar la libertad d prensa, la ley d imprenta posteriormente estableció la censura, igualmente se fundó la Guardía Civíl con el obj d garantizar el buen nombre y la seguridad d las propiedades.
Igualmente se intentó unificar el código penal y el código civíl, se reforzó el poder d gobernadores civíles y militares y tmb fue positivo el sist d la reforma d hacienda q se resumió en en 4 impuestos,to2 los artículos aunq fue muy popular el d los consumos.Finalmente los modera2 consiguieron restablecer las relaciones con la Sta Sede, entre los problemas citar el Matrimonio d la guerra y la 2º Guerra Carlista.

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