Constitución Española: Claves y Principios Fundamentales

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Principios de Legalidad

Artículo 25.1: Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito.

Artículo 9.3: La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Principios de la Administración Pública

Artículo 103.1: La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

Mecanismos de Control al Gobierno

Cuestión de Confianza

Artículo 112: El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración.

Moción de Censura

Artículo 113.1: El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.

Elección del Presidente del Gobierno

  1. Tras la renovación del Congreso, el Rey propone un candidato a la Presidencia tras consultar con los grupos políticos.

  2. El candidato presenta su programa ante el Congreso y solicita su confianza.

  3. Si obtiene mayoría absoluta, el Rey lo nombra Presidente; si no, se repite la votación en 48 horas y basta la mayoría simple.

  4. Si no se logra la investidura, se presentan nuevas propuestas siguiendo el mismo procedimiento.

  5. Si en dos meses ningún candidato es investido, el Rey disuelve las Cortes y convoca elecciones.

Fondos de Compensación Interterritorial

En la Constitución española se recoge que se constituirá un Fondo de Compensación para tratar de corregir los desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad.

Competencias Exclusivas del Estado

Defensa y Fuerzas Armadas, Administración de Justicia, Relaciones internacionales.

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