Contrato de puesta a disposición y subcontratación
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LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL.
Una empresa de trabajo temporal, es aquella cuya actividad fundamental consiste en Contratar a trabajadores, para posteriormente, cederlos a otras empresas (empresa usuaria)Deben Obtener una autorización administrativa para realizar su actividad. Pueden Actuar además como agencias de colocación si obtienen la autorización Correspondiente para ello.Relaciones Contractuales: El trabajador firma un contrato laboral con la ETT, y esta, a su Vez firmará un contrato (no laboral) con la empresa usuaria, que se denomina Contrato de puesta o disposición.Modalidades contractuales entre la ETT y el Trabajador.-Contrato indefinido (no mucho pero los hay)-Contratos Temporales, cuya duración coincidirá con el periodo para el cual el trabajador Prestará servicios a la empresa usuaria.Exclusiones; -Para ceder a trabajadores a otras empresas De trabajo temporal.-Para La realización de trabajos u ocupaciones especialmente peligrosos para la Seguridad y la salud en el trabajo, salvo en los casos previstos por la ley.Forma; El contrato debe celebrarse por escrito.Convenio aplicable; El de la empresa usuaria.Extinción; Cuando la duración del contrato sea temporal, El trabajador tendrá derecho a una indemnización de doce días de salario por Año de servicio.Derechos del trabajador contratado por una ETT; Ser Representantes de los trabajadores de la empresa usuaria.Responsabilidades y potestades de la ETT; Cumplir con las obligaciones Salariales y de seguridad social, - Sancionar al trabajador (poder Disciplinario)Responsabilidades y potestades de la empresa Usuaria; La Empresa usuaria responderá subsidiariamente de las obligaciones salariales y de Seguridad social contraídas con el trabajador, así como la indemnización Económica que correspondan a la extinción del contrato.