Todo sobre el Contrato de Trabajo: Tipos, Requisitos y Formalidades

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El Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, por el cual el trabajador se compromete voluntariamente a prestar unos servicios al empresario, a cambio de una remuneración.

Requisitos para ser Trabajador

  • Ser persona física.
  • Ser mayor de edad.
  • Tener 16 o 17 años y contar con la autorización de los padres.
  • Estar emancipado.

Se permite trabajar a menores de 16 años si tienen un permiso de la Autoridad Laboral y no supone un peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana.

Requisitos para ser Empresario

  • Una persona jurídica.
  • Una persona física, mayor de edad o emancipada.
  • Una comunidad de bienes.

Aspectos Básicos del Contrato

Forma

Puede ser escrita o verbal. Aunque se exige que todos los contratos laborales se celebren por escrito. El empresario debe informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato:

  • Las partes: identificación del trabajador y del empresario.
  • Elementos temporales: fecha de comienzo de la relación laboral; duración del contrato; duración y distribución de la jornada ordinaria de trabajo.
  • El lugar de trabajo: domicilio social de la empresa; centro donde el trabajador prestará sus servicios.
  • La categoría o grupo profesional: identificación de la categoría o grupo profesional del puesto de trabajo o descripción del trabajo a realizar.
  • El salario: salario base inicial; complementos salariales; periodicidad de su pago.
  • Las vacaciones: duración, atribución y distribución entre los trabajadores.
  • Los plazos de preaviso: se debe respetar unos plazos para poner fin al contrato.
  • El convenio colectivo: identificación del convenio aplicable a la relación laboral.

Validez

El trabajador debe firmar el contrato de trabajo para indicar que está conforme con la relación acordada, y el empresario deberá:

  • Entregar una copia del contrato al trabajador.
  • Entregar una copia a los representantes de los trabajadores para que la firmen.
  • Entregar en la oficina de empleo una copia del contrato y otra copia firmada por los representantes de los trabajadores, en un plazo de 10 días.

Contratos Temporales

Contrato para la Formación y el Aprendizaje

  • Finalidad: conseguir que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para desempeñar un oficio o puesto de trabajo retribuido.
  • Duración: la duración mínima será de un año, y la máxima de tres.
  • Requisitos de los trabajadores: tener entre 16 y 25 años, y no habrá límite de edad con personas discapacitadas y en situación de exclusión social; carecer de una cualificación profesional reconocida; y no haber desempeñado antes ese puesto de trabajo.
  • Formación: la actividad laboral del trabajador en la empresa deberá estar relacionada con la formación.
  • Jornada: los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, trabajos nocturnos, ni a turno.
  • Retribución: se fijará en proporción a tiempo de trabajo efectivo, y no podrá ser inferior al salario mínimo.
  • Acción protectora: comprende las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones, incluido el desempleo.

Contrato en Prácticas

  • Finalidad: proporcionar al trabajador práctica profesional.
  • Requisitos de los trabajadores: tener un título universitario o de FP; que no hayan pasado más de cinco años desde la terminación de los estudios.
  • Forma: por escrito, y debe constar con la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo.
  • Duración: mínimo seis meses, y máximo dos años.
  • Jornada: a tiempo completo o parcial.
  • Retribución: será la fijada en el convenio colectivo.

Contrato de Obra o Servicio Determinado

  • Finalidad: debe tener autonomía y sustantividad dentro de la actividad de la empresa; y la ejecución será de duración incierta.
  • Forma: por escrito, y con la identificación de la obra o servicio.
  • Duración: el contrato finaliza cuando termine la obra o servicio, y no podrá superar los tres años de duración.
  • Jornada: a tiempo completo o parcial.

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