Todo sobre el Contrato de Trabajo: Tipos, Requisitos y Formalidades
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El Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, por el cual el trabajador se compromete voluntariamente a prestar unos servicios al empresario, a cambio de una remuneración.
Requisitos para ser Trabajador
- Ser persona física.
- Ser mayor de edad.
- Tener 16 o 17 años y contar con la autorización de los padres.
- Estar emancipado.
Se permite trabajar a menores de 16 años si tienen un permiso de la Autoridad Laboral y no supone un peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana.
Requisitos para ser Empresario
- Una persona jurídica.
- Una persona física, mayor de edad o emancipada.
- Una comunidad de bienes.
Aspectos Básicos del Contrato
Forma
Puede ser escrita o verbal. Aunque se exige que todos los contratos laborales se celebren por escrito. El empresario debe informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato:
- Las partes: identificación del trabajador y del empresario.
- Elementos temporales: fecha de comienzo de la relación laboral; duración del contrato; duración y distribución de la jornada ordinaria de trabajo.
- El lugar de trabajo: domicilio social de la empresa; centro donde el trabajador prestará sus servicios.
- La categoría o grupo profesional: identificación de la categoría o grupo profesional del puesto de trabajo o descripción del trabajo a realizar.
- El salario: salario base inicial; complementos salariales; periodicidad de su pago.
- Las vacaciones: duración, atribución y distribución entre los trabajadores.
- Los plazos de preaviso: se debe respetar unos plazos para poner fin al contrato.
- El convenio colectivo: identificación del convenio aplicable a la relación laboral.
Validez
El trabajador debe firmar el contrato de trabajo para indicar que está conforme con la relación acordada, y el empresario deberá:
- Entregar una copia del contrato al trabajador.
- Entregar una copia a los representantes de los trabajadores para que la firmen.
- Entregar en la oficina de empleo una copia del contrato y otra copia firmada por los representantes de los trabajadores, en un plazo de 10 días.
Contratos Temporales
Contrato para la Formación y el Aprendizaje
- Finalidad: conseguir que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para desempeñar un oficio o puesto de trabajo retribuido.
- Duración: la duración mínima será de un año, y la máxima de tres.
- Requisitos de los trabajadores: tener entre 16 y 25 años, y no habrá límite de edad con personas discapacitadas y en situación de exclusión social; carecer de una cualificación profesional reconocida; y no haber desempeñado antes ese puesto de trabajo.
- Formación: la actividad laboral del trabajador en la empresa deberá estar relacionada con la formación.
- Jornada: los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, trabajos nocturnos, ni a turno.
- Retribución: se fijará en proporción a tiempo de trabajo efectivo, y no podrá ser inferior al salario mínimo.
- Acción protectora: comprende las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones, incluido el desempleo.
Contrato en Prácticas
- Finalidad: proporcionar al trabajador práctica profesional.
- Requisitos de los trabajadores: tener un título universitario o de FP; que no hayan pasado más de cinco años desde la terminación de los estudios.
- Forma: por escrito, y debe constar con la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo.
- Duración: mínimo seis meses, y máximo dos años.
- Jornada: a tiempo completo o parcial.
- Retribución: será la fijada en el convenio colectivo.
Contrato de Obra o Servicio Determinado
- Finalidad: debe tener autonomía y sustantividad dentro de la actividad de la empresa; y la ejecución será de duración incierta.
- Forma: por escrito, y con la identificación de la obra o servicio.
- Duración: el contrato finaliza cuando termine la obra o servicio, y no podrá superar los tres años de duración.
- Jornada: a tiempo completo o parcial.