Contratos de Prácticas, Formación y Apoyo a Emprendedores: Características y Requisitos

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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El Contrato en Prácticas

Se celebra con trabajadores con titulación (universitaria, grado medio, superior, certificado de profesionalidad) dentro de los 5 años siguientes a la terminación de los estudios.

Características del contrato en prácticas:

  • Duración: No inferior a 6 meses ni superior a 2 años. Ningún trabajador podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por un tiempo superior a 2 años por la misma titulación, ni para el mismo empresario y puesto de trabajo.
  • Jornada: A tiempo parcial o completo.
  • Periodo de prueba: Puede acordarse por una duración máxima de 2 meses para los titulados de grado superior o certificados de profesionalidad de nivel 3, y de 1 mes para los de grado medio.
  • Salario: Se percibirá como mínimo el 60% el primer año y el 75% el segundo del salario fijado en convenio para el puesto desempeñado. En el caso de los trabajadores contratados a tiempo parcial, el salario se calculará conforme al tiempo trabajado.

SMI: (Salario Mínimo Interprofesional: sueldo mínimo legal que un trabajador debe cobrar en un trabajo a jornada completa, con independencia de su dedicación profesional).

El Contrato para la Formación y el Aprendizaje

Solo puede realizarse con personas de 16 a 25 años que carezcan de la titulación o el certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas.

Características:

  • Duración: Mínimo de 1 año y máximo 3. Dependiendo de las necesidades y características de la empresa, se podrá fijar una duración mínima de 6 meses, pero nunca superior a 3 años.
  • Jornada: Una parte de la jornada está dedicada al trabajo efectivo y otra a formación teórica. La teórica no podrá ser inferior al 25% de la jornada el primer año y el 15% el segundo.
  • Periodo de prueba: Debe ajustarse a lo que establece el convenio. No puede exceder de 2 meses, o 3 en empresas de menos de 25 trabajadores.
  • Salario: La retribución será fijada en el convenio, sin que en su defecto pueda ser inferior al SMI del tiempo de trabajo efectivo.
  • Forma: También debe redactarse por escrito obligatoriamente.
  • Certificación: Cuando termine el contrato, el empresario debe entregar al trabajador un certificado de asistencia a la formación teórica y un diploma acreditativo si obtuvo evaluación positiva.

El Contrato Indefinido de Apoyo a Emprendedores

Está pensado para uso en empresas pequeñas, de hasta 50 trabajadores. Estas empresas constituyen, según el Instituto Nacional de Estadística, el 99,23% del total de España.

Datos:

  • La empresa deberá tener, en el momento de firmar el contrato, menos de 50 trabajadores.
  • Para beneficiarse de los incentivos fiscales, el empresario deberá comprometerse a mantener al trabajador contratado al menos 3 años.
  • La jornada de trabajo será a tiempo completo y el periodo de prueba de 1 año en todos los casos.

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