La Cuestión de Confianza en España: Mecanismo de Responsabilidad Política
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Cuestión de Confianza
(Artículo 112 de la Constitución Española y Artículos 173 y 174 del Reglamento del Congreso de los Diputados)
La cuestión de confianza es un mecanismo inspirado en la Ley Fundamental de Bonn y en el artículo 49 de la Constitución francesa de 1958. Permite exigir responsabilidad política al Gobierno y, por lo tanto, provocar su cese. Sin embargo, a diferencia de la moción de censura, es de iniciativa gubernamental. Además, permite fortalecer la posición política del Gobierno, especialmente si está debilitado. Ha perdido sentido como consecuencia del parlamentarismo grupalista y disciplinado que no permite cambios de opinión.
Legitimación
Solo se reconoce al Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, la capacidad de presentar una cuestión de confianza. Es decir, la deliberación previa, si bien constitucionalmente es obligatoria, no es vinculante para la decisión final que toma el Presidente.
Objeto
El objeto de la cuestión de confianza queda fijado en el artículo 112 de la Constitución Española, según el cual solo puede plantearse sobre el programa del Presidente del Gobierno o sobre una declaración de política general.
Trámite de la Cuestión de Confianza
Presentación
El Presidente del Gobierno, previa deliberación en el Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza. Puede ser sobre el programa de Gobierno o sobre una cuestión en particular. Se excluye la vinculación a un proyecto de ley.
Tramitación (Artículo 174 del Reglamento del Congreso de los Diputados)
- Se presenta ante la Mesa del Congreso de los Diputados para que la califique y la admita a trámite.
- Admitida a trámite, el Presidente se lo comunicará a la Junta de Portavoces y convocará al Pleno.
Debate
- Interviene el Presidente del Gobierno sin límite de tiempo y solicita la confianza respecto al asunto presentado.
- A continuación, intervienen los Grupos Parlamentarios por 30 minutos, con turnos de réplica de 10 minutos.
- Existe un periodo de enfriamiento de 24 horas que debe transcurrir desde su presentación hasta que se pueda votar.
Votación
- La votación será pública por llamamiento, en la hora fijada de antemano.
- Se aprueba por mayoría simple, otro aspecto del parlamentarismo racionalizado, que pretende la estabilidad del Gobierno.
Efectos
Si se rechaza, el Gobierno debe dimitir y comenzaría nuevamente el proceso para la elección del Presidente. Si se aprueba, el Gobierno se mantiene en su puesto y está autorizado para llevar a cabo las políticas incluidas en la cuestión de confianza.