Derecho al Trabajo: Marco Legal y Sujetos en Argentina
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 3,52 KB
Derecho al Trabajo: Un Derecho Fundamental
El derecho al trabajo es un derecho fundamental del ser humano y debe ser respetado por todos: hombres, mujeres, empresas, etc. Atentar contra el trabajo humano limita su ejercicio e implica una condena a la persona en lo esencial de su naturaleza. El derecho al trabajo busca regular los vínculos entre los involucrados en las relaciones laborales, ya que todo trabajo necesita el amparo de una ley que le otorgue derechos. El derecho laboral reconoce que el trabajo es una actividad humana y no una mercancía.
Marco Legal del Trabajo en Argentina
Estos convenios surgen de las paritarias o comisiones especiales integradas en igual número por representantes de trabajadores y empresarios, que tienen la facultad de analizar puntos específicos de las relaciones laborales.
Constitución Nacional Argentina
- Artículo 14: Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar. No se garantizaba que todos pudieran acceder a un trabajo.
- Artículo 14 bis: El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador condiciones dignas y equitativas de labor. Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga.
- Artículo 75 (Reforma de 1994): Conduce al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo.
Declaración Universal de Derechos Humanos
- Artículo 23:
- Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo.
- Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
- Artículo 24: Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo.
- Artículo 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Artículo 7: Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren en especial...
Sujetos del Derecho al Trabajo
- El trabajador: Siempre es una persona física cuyo principal capital reside en la fuerza de trabajo, ya sea física, intelectual o artística, en sus múltiples manifestaciones.
- El empleador: Puede ser una persona física, varias personas físicas o una persona jurídica organizada en alguno de los tipos sociales que la ley permite. La persona física, también llamada natural, es para el derecho un ser humano que ejerce sus derechos y cumple sus obligaciones. Una persona jurídica es una institución conformada por varias personas físicas. Los derechos y obligaciones de una persona jurídica corren por cuenta de dicha empresa y no afectan los bienes personales de sus integrantes.