Derecho romano
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2º)El derecho a la objeccion de conciencia, ha de ser regulado legalmente,a traves del instrumemto normativo de la ley ordinaria , regulacion que se ha llevado a cabo por la ley reguladora de la objeccion de conciencia y la prestación social sustitutoria, norma que se complementa por la ley orgánica en la que se regula el régimen de recursos en caso de objecion de conciencia y su regimen penal.3º)La regulacion legal de este derecho se ha de hacer con las debidas garantias, con muy buen criterio el juez de la constitucion interpreta que debe entenderse referidas no solo para las garantias para el objetor sino tb a la objetivacion de la a legada causa de exencion y asi mismo a las necesidades y buen funcionamiento de las fuerzas armadas cuyas relevancia constitucional esta reconocida.4º)Tratamiento constitucional que al aobjecion de conciencia se complementa con la inclusion de este derecho entre ellos subcestibles de proteccion en vias de amparo constitucional.*A la vista de la ordenacion constitucional del derecho, se impone a analizar su naturaleza y ocntenido.Varios elementos contribuyen a perfilar esa naturaleza y contenido de derecho a la objetivacion de conciencia.EN primer termino, es opinion de conciencia y la libertad de esta.En cuanto a libertad de conciencia es una concrecion de libertad ideologica constitucionalmente reconocida, puede afirmarse que la objeccion de conciencia es un derecho reconocio plicita e implicitamente.En definitiva,es un autentico derecho constitucional.Sin embargo no se puede califica de fundamental, y por ello la constitucion, lo incluye entre los derechos susceptibles de proteccion en vias de amparo.Un tercer elemento,entra en juego en el diseño de la naturaleza de este derecho,se trata de su propio contenido,del haz de posibilidades de acciono inaccion que permite al sustitular.la objeccion de derecho consiste tb en el derecho a ser declarado exento de un deber q d no mediar tal declaracion seria exigible bajo coaccion.Es su naturaleza escepcional lo que le carazteriza como derecho constitucional autónomo, pero no fundamental.Y es precisamente esa naturaleza lo que legitima al legislador para regular el derecho a la objeccion de conciencia por ley ordinaria.*la ley contempla una notable amplitud, enuncia los motivos de la objeccion al disponer que los españoles está sujetos a las obligaciones militares que por motivos de consciencia en razon de una conviccion de orden religioso,etico,moral,entre otros de la misma naturaleza,,,*El organo competente para declarar la objeccion es el consejo nacional de objeccion de conciencia organo de nueva creacion en el que se tratad de salvaguardar la imparcialidad y objetividad del procedimiento de resolucion de las solicitudes de declaracion de objeccion de conciencia procedimiento muy sensible en cuanto las formas y plazos.*La prestacion social sustitutoria debe consistir en una actividad de utilidad pública que no requiera el empleo de armas ni suponga dependencia organica de las instituciones militares.La duracion de la actividad prestacional es objeto de una remision a una norma reglamentaria, por lo que habría de comprender un periodo de tiempo no inferior a 18 meses ni superior a 24.*La objeccion sobrevenida es aquella que se manifiesta una vez producida la incorporacion a filas.
27-LOS DERECHOS DE LA PERSONA COMO SER ESPIRITUAL:A)la libertad ideológica y religiosa:1º)se garantiza la libertad ideologica, reliosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.2º)nadie puede ser obligado a declarar sobre su ideologia, religion o creencias.3º)Ninguna confesión tendrá caracter estatal.los poderes públicos tendran encuenta las creencias religiosas de las sociedad religiosa y mantendran las relaciones de cooperacion con laiglesia catolica y las de+ confesiones.A la vista del art 16 se acogen un conjunto de principios de indudable relevancia constitucional, de esta forma el contenido de preceptos queda sistematizado por lo menos a efectos didácticos de este modo:1º)la libertad ideologica,2º)libertad de culto y religiosa 3º)principio de constitucionalidad del estado,4º)el principio de cooperacion con la iglesi catolica y de+ confesiones.-a)la libertad ideologica:presenta una doble dimension, por un lado una interna la cual se refleja en la doccion de una determinada posicion intelectual ante la vida y cuanto le concierne y a representar o enjuiciar la realidad según personales convicciones.Esta dimension dela libertad ideologica,nos situa ante una de las vertientes + intimas de toda persona nadie puede ser obligado a declarar sobre su ideologia si bien esto no pude entenderse en terminos absolutos por cuanto los poderes públicos.El ejemplo al respecto lo encontramos en la ensección del servicio militar obligatorio que se reconoce a los objetoes de consciencia.Esta libertad ideologica comprende una dimension Externa<ajer licere> con arreglo a las propias ideas sin sufrir por ello sancion o de merito ni padecer la compulsion de los poderes públicos,dimension comprensible por cuanto la garantia constitucional de esta libertad debe permitir q los comportamientos personales se ajusten en cuanto no lesione algun biem social a las propias combicciones.b)libertad religiosa y de culto:La libertad religiosa se concreta en el reconocimiento de un ámbito de libertad y de una esfera de <agere licere>en una dimension interna la cual este derecho implica la libertad de tener o adoptar la religion o las creencias de su eleccion, en cuanto su libertad de conciencia se concreta en la posibilidad garantizada de acomodar el sujeto,la conducta religiosa y su forma de vida a sus propias conbicciones con exclusion dse cualquier informacion por parte del estado.y otra extrerna la libertad religiosa entraña la libertad de manifestar la propia religion o creencias mediente el culto, la celebracion de ritos,practicasy enseñanaza.La libertad de culto comprende no solo el derecho de practicar el culto que se procese, si no tb el de mantener los lugares de culto.La actitid del estado hacia el fenomeno religioso viene marcado por:el 1º es el principio de libertad religiosa que reconoce el derecho de los ciudadanos actual en este campo con plena inmunidad de coaccion del Estado y de cualquier grupo social.el 2º principio es de igualdad que significa que las actitudes religiosas de los sujetos de derecho no puede justificar diferencias de trato juridico.La ley organica, enumera los derechos de las personas que la libertad religiosa y de culto comprente con la inmunidad de coaccion mientras que por otra trata de salvaguardar la vigencia de principio de igualdad.B)El derecho a la objeccion de consciencia:B)El derecho a la objeccion de consciencia:*Contempla el derecho de los españoles que tienen para defender españa:1ª)El derecho a la objecion de conciencia,aparece como la exención de un deber:El deber de cumplir el servicio militar obligatorio que recáe sobre la totalidad de los españoles.