Derechos Humanos y Corrientes Jurídicas: Iusnaturalismo, Positivismo y Realismo

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Iusnaturalismo Jurídico

El iusnaturalismo jurídico defiende la existencia de unos derechos naturales del individuo que son universales e inalienables, reconocidos en la Carta de Naciones Unidas de 1948. Son derechos naturalmente. Por tanto, para los iusnaturalistas, los Derechos Humanos existen y los poseen los individuos independientemente de que estén reconocidos o no por el Derecho positivo, esto es, por las leyes escritas que tienen validez en un determinado Estado.

Positivismo Jurídico

El positivismo jurídico defiende una postura radicalmente opuesta al iusnaturalismo. En definitiva, para el positivismo, la promulgación o reconocimiento positivo de los derechos humanos no tiene carácter declarativo, pues no existen previamente, sino constitutivo. No se trata, pues, de ratificar el contenido del Derecho natural, sino de “darle vida” en el marco de un ordenamiento jurídico concreto.

Realismo Jurídico

El realismo jurídico se opone a los partidarios del iusnaturalismo y del positivismo jurídico, a los que acusan de abstracción. El problema de la justicia y legitimidad de un determinado ordenamiento jurídico hay que buscarlo en el contexto de las condiciones económicas y sociales que permiten el disfrute real de los derechos fundamentales por parte de los ciudadanos. Esta actitud realista está estrechamente vinculada al movimiento socialista. Marx y el socialismo en general manifiestan una preocupación constante por afrontar el problema de los derechos fundamentales desde la perspectiva que ofrecen las condiciones sociales y económicas existentes. Mientras el iusnaturalismo sitúa el problema de las relaciones entre el Derecho y la justicia en el plano filosófico y el positivismo lo sitúa en el plano jurídico, para el realismo jurídico la clave está en el plano político.

Estructura Económica según Marx

Marx entiende que la infraestructura económica es el fundamento y lo que da forma a toda una sociedad. La infraestructura económica determina las maneras de pensar. Por tanto, todo el orden social depende de cómo se organice la producción e intercambio de bienes producidos. En toda producción es preciso distinguir dos elementos: fuerzas productivas y relaciones de producción.

Derecho Subjetivo

El derecho subjetivo hace referencia a todas las facultades o capacidades que posee cualquier ser humano para hacer aquello que le está permitido o para exigir aquello que le corresponde, ya sea en el ámbito de un Estado concreto (Derecho positivo) o por el mero hecho de ser persona (Derecho natural).

Fuerzas Productivas y Relaciones de Producción

Las fuerzas productivas engloban los medios de producción y la fuerza de trabajo. Estas evolucionan con el paso del tiempo, aumentando con el progreso científico y tecnológico. Las relaciones de producción son el conjunto de relaciones que se establecen entre los seres humanos como consecuencia de la producción o del trabajo y, en último término, dan como resultado una determinada distribución de la riqueza y la división de la sociedad en clases sociales. Los dueños de los medios de producción pertenecerán a la clase dominante o explotadora, mientras que aquellos que se ven obligados a vender su fuerza de trabajo como mercancía pertenecerán a la clase dominada o explotada.

Conflicto entre Fuerzas Productivas y Relaciones de Producción

El problema radica en que las fuerzas productivas y las relaciones de producción se desarrollan a un ritmo desigual. Frente a un desarrollo constante de las fuerzas productivas, las relaciones de producción se resisten a cambiar tan rápidamente, principalmente porque aquellos que se encuentran en una situación de poder al tener el control sobre los medios de producción se niegan a renunciar. Esto crea una tensión en la estructura económica que la conducirá a otro modelo de sociedad.

Características de la Acción Moral

Libertad y responsabilidad: los actos conscientes, libres y voluntarios que lleva a cabo el ser humano hacen que seamos responsables de nuestros actos. Los seres humanos orientamos nuestra conducta en función de una serie de factores entre los que podemos destacar:

  • El placer y los instintos, que nos llevan a buscar lo que nos agrada y evitar lo que no.
  • La presión social, que nos lleva a imitar modelos de comportamiento que vemos en otras personas de nuestra sociedad.
  • Las normas jurídicas y leyes establecidas para organizar la convivencia.
  • Los valores y normas morales.

Los Valores Morales

Los valores morales son aquellas cualidades o ideales humanos que apreciamos especialmente por sí mismos y que aspiran a ser universales. A todo valor se le opone un contravalor o valor negativo. Apreciamos los valores morales positivos y rechazamos los negativos. Se caracterizan por:

  • Ser cualidades especiales en objetos, en personas o acciones.
  • Solo los seres humanos somos capaces de apreciar o valorar esas cualidades.

Consideramos los valores específicamente morales cuando:

  • Pensamos que deberían ser apreciados y respetados necesariamente por todos.
  • Creemos que son universales.
  • Los apreciamos por sí mismos, por lo que son o por lo que implican, y no porque nos reporten algún beneficio personal o colectivo.

Por ejemplo, la justicia, la generosidad, la honradez, la sinceridad, la dignidad, la igualdad, etc. son valores que podemos considerar universales, en el sentido de deseables y respetables por todos.

Normas Morales

Las normas morales se obtienen a partir de valores morales, ya que estas encuentran su fundamento en aquellos. Estas no están escritas en ningún libro, ni hay necesariamente autoridades específicas que nos obliguen a cumplirlas. Hay dos posibles respuestas:

  • Heteronomía moral: Consiste en guiar nuestras acciones por un mandato que es externo a nuestra conciencia y que ha sido impuesto por alguna autoridad reconocida por nosotros como tal o simplemente por el miedo al castigo si no cumplimos esa norma.
  • Autonomía moral: Consiste en actuar guiados por un convencimiento propio de que lo que hacemos es lo que se debe hacer. En este caso no nos guiamos por meras opiniones personales, sino que racionalmente y por propia voluntad asumimos como propios los valores y normas de la sociedad en la que vivimos.

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