Derechos Laborales Esenciales: Descanso, Horario, Horas Extra, Permisos y Salario
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Descanso Semanal
El descanso semanal es un derecho fundamental. Para menores de 18 años, corresponde a 2 días, y para mayores de 18 años, a 1.5 días. Estos días pueden acumularse en periodos de 14 días.
Fiestas Laborales
Se tienen derecho a 14 días festivos al año, distribuidos en 4 nacionales, 8 autonómicos (CCAA) y 2 locales.
Vacaciones Anuales
El periodo de vacaciones debe conocerse con 2 meses de antelación. Corresponden 30 o 22 días naturales.
Horario Laboral
El horario puede ser:
- Rígido: Horario fijo y preestablecido.
- Flexible: Puede ser completo o partido (mañana y tarde).
- A turnos: Mañana, tarde y noche.
- Nocturno: Desde las 22:00 hasta las 06:00, o 1/3 de la jornada laboral.
Horas Extraordinarias (Horas Extra)
Las horas extra son horas de trabajo efectivo que sobrepasan la duración máxima de la jornada ordinaria. Se pueden realizar hasta 80 horas al año y son, en principio, voluntarias. Las horas extra por fuerza mayor son obligatorias.
Están prohibidas para menores de 18 años, durante la jornada nocturna y en actividades peligrosas, excepto en casos de fuerza mayor. Se pueden pagar o compensar con tiempo de descanso, con un máximo de 4 meses para la compensación.
Las horas extra voluntarias se pagan igual que las demás. Las de fuerza mayor no computan para el límite de 80 horas, pero se deben cobrar. El empresario tiene la obligación de registrarlas día a día.
Permisos Retribuidos
Algunos permisos retribuidos comunes son:
- Matrimonio: 15 días.
- Nacimiento de hijo: 2 días.
- Traslado de domicilio: 1 día.
- Lactancia de hijo: 1 hora diaria.
Vacaciones Retribuidas
Los trabajadores tienen derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones retribuidas al año. El periodo de disfrute es dentro del año natural y no son acumulables. Se fijarán de común acuerdo entre empresario y trabajador, y no pueden sustituirse por compensación económica.
Calendario Laboral y Fiestas
Toda empresa debe confeccionar un calendario laboral con las fiestas laborales, que son retribuidas y no recuperables.
El Salario
El salario son las percepciones económicas de los trabajadores en dinero o en especie. En ningún caso el salario en especie podrá superar el 30% de las percepciones salariales del trabajador.
Salario según el Medio de Pago
- Retribución dineraria: Pago en metálico.
- Retribución en especie: Entrega de determinados bienes o servicios (casa, seguro, coche, etc.).
Salario según el Método de Pago
- Salario por tiempo: Se retribuye solo el tiempo trabajado.
- Salario por obra: Se retribuye el trabajo efectivamente realizado (por pieza, m2, etc.).
- Salario mixto: Salario base + comisiones.
Existe una demora del 10% al año si no se paga puntualmente.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
El SMI es el salario mínimo que puede cobrar un trabajador por una jornada de 40 horas semanales. Lo establece el gobierno consultando a la patronal y sindicatos.
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
El IPREM es el indicador de nivel de rentas utilizado para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos.