Derechos Laborales: Finiquito, Movilidad y Modificaciones del Contrato

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Derechos de los Trabajadores al Finalizar el Contrato: Finiquito

Los trabajadores tienen derecho a cobrar un finiquito cuando finaliza el contrato.

Cantidades a Recibir en un Finiquito

  • A) Los salarios por los días trabajados en el último mes y pendientes de cobrar.
  • B) La parte proporcional de pagas extras pendientes de cobrar.
  • C) Los salarios por vacaciones no disfrutadas.
  • D) Indemnización por despido, si procede, será:
  • Por motivos disciplinarios → ninguna.
  • Por causas objetivas, despido colectivo y fuerza mayor → 20 días/año, máximo 360 días.
  • Por sentencia que declare improcedente un despido → 33 días/año, máximo 720 días (salvo antigüedad anterior a febrero de 2012, que será de 45 días, máximo 1260 días).
  • Por finalización de contrato temporal por circunstancias de la producción → 12 días/año.

Recordatorio: la indemnización por despido no tributa, salvo fin de contrato temporal o cantidades entregadas voluntariamente por la empresa por encima de la legal.

Movilidad Geográfica

Se refiere al cambio de centro de trabajo que conlleva:

  • Un cambio de residencia.
  • Y además existan causas objetivas (económicas, organizativas, de producción, técnicas).

Si no conlleva cambio de residencia, la empresa puede trasladar al trabajador.

TrasladoDesplazamiento
  • Supone cambio definitivo de centro: si es mayor a 1 año en 3 años.
  • Traslado individual:
  • Notificación al trabajador con 30 días de antelación.
  • Opciones:

✓ Aceptar: derecho a cubrir gastos de traslado, incluidos los de su familia, según convenio.

✓ Recurrir el traslado al Juzgado de lo Social en los 20 días hábiles siguientes.

✓ Extinguir el contrato con derecho a 20 días por año de indemnización.

  • Traslado colectivo:
  • Muchos trabajadores (ver tabla lateral).
  • Periodo de consulta con los representantes; si no hay acuerdo, se procederá al traslado y los representantes reclamarán.
  • Supone cambio de centro de trabajo temporal (no mayor a 1 año en 3 años).
  • Preaviso con antelación (si es mayor a 3 meses, no será inferior a 5 días hábiles).
  • Opciones:

✓ Aceptar.

✓ Recurrirlo en 20 días hábiles.

  • Derecho a 4 días extra de permiso cada 3 meses de desplazamiento, así como al abono de los gastos de viaje y de dietas según convenio.

Modificación del Contrato

El empresario tiene la posibilidad de modificar las condiciones del contrato respecto a cambios de puesto de trabajo, traslado a otro centro y otros cambios, pero dentro de unos límites.

Movilidad Funcional

Cambiar de puesto de trabajo. Tipos:

  • Movilidad Funcional dentro del grupo profesional o categorías equivalentes.
  • Movilidad Funcional temporal fuera del grupo profesional.
  • Movilidad Funcional Extraordinaria o definitiva fuera del grupo profesional.

Definiciones

  • Grupo profesional: Agrupa aptitudes profesionales y titulaciones. Por ejemplo: operarios.
  • Categorías profesionales: Distintas especialidades o funciones dentro de un grupo profesional. Por ejemplo: oficial de 1ª, oficial de 2ª, administrativos, etc.
Movilidad dentro del grupoMovilidad fuera del grupoMovilidad extraordinaria
  • Puestos semejantes o categorías equivalentes.
  • Indefinida o temporal.
  • Retribución del puesto de destino.
  • Causa organizativa o técnica.
  • Descendente: conserva salario.
  • Ascendente: aumenta salario; pide ascenso tras 6 meses en 1 año.
  • Tiempo imprescindible.
  • Cambio definitivo fuera del grupo profesional.
  • Se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo

La empresa puede modificar otras condiciones del contrato de trabajo o bien reconocidas de forma colectiva para todos los trabajadores de la empresa, siempre que pueda justificar causas objetivas.

Modificación Individual

Notificar con 15 días de antelación.

  • Aceptar.
  • Recurrir en 20 días hábiles.
  • Extinguir con 20 días/año.
  • En caso de menoscabo en su dignidad, puede solicitar extinción con indemnización de 33 días por año.

Modificación Colectiva

  • Requiere periodo de consulta de máximo 15 días.
  • Si no hay acuerdo, en 7 días se ejecuta y los representantes reclamarán.

6 Condiciones Susceptibles de Modificación Sustancial

La jornada, el horario y distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos, el sistema de retribución y cuantía salarial, el sistema de trabajo y rendimiento, y la movilidad extraordinaria.

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