Derechos Laborales: Sindicatos, Representación, Negociación Colectiva, Huelga y Cierre Patronal

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Definición de Sindicato

Un sindicato es una asociación permanente y autónoma sin ánimo de lucro, compuesta por trabajadores por cuenta ajena. Su objetivo principal es el progreso económico y social de sus miembros, especialmente a través del mantenimiento y la mejora de las condiciones de trabajo mediante la negociación colectiva.

Tipos de Sindicatos según su Representatividad

Sindicato más representativo a nivel estatal

Se considera sindicato más representativo a nivel estatal aquel que ha obtenido al menos el 10% de los representantes de los trabajadores en las empresas, en todos los niveles territoriales y funcionales.

Sindicato más representativo a nivel de Comunidad Autónoma

A nivel de Comunidad Autónoma, un sindicato es considerado más representativo si ha obtenido al menos el 15% de los representantes en su ámbito territorial, siempre que cuente con un mínimo de 1500 representantes.

Sindicato suficientemente representativo

Un sindicato es suficientemente representativo si ha obtenido, en su ámbito territorial y funcional, un 10% de los representantes. Estos sindicatos tienen todas las facultades, excepto la representación administrativa.

Representación Unitaria de los Trabajadores

Delegados de Personal

Los delegados de personal son los representantes de los trabajadores en empresas o centros de trabajo con menos de 50 y más de 10 trabajadores. Hasta 30 trabajadores, les corresponderá un delegado, y entre 31 y 49, tres delegados. En empresas con entre 6 y 10 trabajadores, se podrá tener un delegado si así lo deciden por mayoría.

Comité de Empresa

El comité de empresa es el órgano colegiado y de representación (que adopta las decisiones por mayoría) del conjunto de los trabajadores en empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores.

Competencias de los Órganos de Representación Unitaria

Las competencias de los órganos de representación unitaria de los trabajadores incluyen:

  • Recibir información sobre la evolución del sector económico.
  • Emitir informes.
  • Ejercer una labor de vigilancia.
  • Participar en la negociación colectiva.
  • Informar a sus representados.
  • Colaborar con la dirección de la empresa.
  • Participar en la gestión de las obras sociales.
  • Otras competencias.

Garantías de los Representantes de los Trabajadores

Los representantes de los trabajadores cuentan con las siguientes garantías:

  • Apertura de expediente contradictorio.
  • Estabilidad en el empleo.
  • Prioridad de permanencia.
  • Derecho a no ser discriminados por su condición de representantes.
  • Libertad de expresión.
  • Disponer de un crédito de horas retribuidas.
  • En caso de despido declarado improcedente, se les debe garantizar la readmisión.

Convenio Colectivo

El convenio colectivo es un acuerdo formal, resultado de la negociación desarrollada por los representantes de los trabajadores y de los empresarios, para regular las condiciones derivadas de las relaciones conexas con los contratos de trabajo.

La Huelga

La huelga es un derecho fundamental de los trabajadores, reconocido en la Constitución Española, que goza de la máxima protección y privilegios. Consiste en la suspensión de la prestación de trabajo, llevada a cabo de forma colectiva y de común acuerdo por los trabajadores, como medio de presión para defender sus intereses.

Cierre Patronal

El cierre patronal se puede dar en situaciones de:

  • Peligro claro de violencia para las personas o daños para las cosas.
  • Ocupación ilegal del centro de trabajo o posibilidad de que se produzca.
  • Alteración del proceso de producción debido a la inasistencia o irregularidad en el trabajo.

Ámbito de Aplicación del Convenio Colectivo

El ámbito de aplicación de un convenio colectivo puede ser:

  • Geográfico o territorial.
  • Funcional.
  • Personal.
  • Temporal.

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