Derechos y Obligaciones Laborales en España: Contrato, Jornada y Condiciones
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Derechos Fundamentales y Laborales según la Constitución y el Estatuto de los Trabajadores (ET)
- Derecho al trabajo.
- Derecho fundamental a la libre sindicación.
- Derecho a huelga.
- Derecho a la negociación colectiva.
- Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo.
- Derecho fundamental de reunión.
- Derecho a la participación en la empresa.
Derechos Derivados de la Relación Laboral
- Ocupación efectiva.
- Promoción y formación profesional.
- Integridad física y una adecuada política de seguridad e higiene.
- Intimidad y respeto a la dignidad.
- Percepción puntual del salario.
- Ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo.
Obligaciones de los Trabajadores
- Cumplir con sus obligaciones contractuales.
- Observar las medidas de seguridad e higiene.
- Cumplir con las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
- No competir con la actividad de la empresa en los términos fijados legalmente.
- Contribuir a la mejora de la productividad.
Potestades del Empresario
- Poder de dirección: para organizar la empresa.
- Poder reglamentario: para dictar órdenes e instrucciones generales y particulares.
- Poder de vigilancia y control: para controlar que se están cumpliendo sus órdenes e instrucciones.
- Poder disciplinario: para sancionar incumplimientos laborales.
Aspectos Básicos del Contrato de Trabajo
Forma del Contrato
Puede ser escrita o verbal, aunque ciertos tipos de contrato exigen forma escrita.
Elementos Esenciales
- Partes que celebran el contrato (trabajador y empresario).
- Tiempos de trabajo (jornada, horario).
- Lugar de trabajo.
- Categoría o grupo profesional.
- Salario (cuantía y estructura).
- Duración de las vacaciones.
- Plazos de preaviso en caso de extinción.
- Convenio colectivo aplicable.
Validez y Comunicación
Es obligatorio entregar una copia básica del contrato al trabajador y comunicar su celebración a los representantes legales de los trabajadores.
Duración del Contrato
Puede ser indefinido o por duración determinada (temporal), bajo las causas y condiciones legalmente establecidas.
Encadenamiento de Contratos Temporales
Existen límites legales para evitar el uso abusivo de la contratación temporal sucesiva.
El Periodo de Prueba
Es un tiempo inicial pactado durante el cual cualquiera de las partes puede resolver el contrato sin necesidad de preaviso ni indemnización. Su duración máxima está limitada por ley o convenio.
La Jornada de Trabajo
Se define como el número de horas que el trabajador presta los servicios para los que ha sido contratado. Si existen interrupciones significativas durante la misma, la jornada se considera partida; en caso contrario, es continua.
El horario es la forma específica de distribuir el tiempo de trabajo a lo largo del día, semana o mes, pudiendo ser rígido o flexible.
Límites de la Jornada
- La jornada diaria ordinaria no excederá, por norma general, las 9 horas.
- La duración máxima de la jornada semanal es de 40 horas de promedio en cómputo anual.
- Limitación para menores de edad: No podrán realizar más de 8 horas diarias de trabajo efectivo.
- Existen jornadas especiales (ampliadas o reducidas) para determinados sectores o actividades.
Causas que Limitan o Reducen la Jornada
- Tiempo dedicado a formación teórica o práctica en prevención de riesgos laborales.
- Reducciones de jornada en contratos a tiempo parcial, de relevo y jubilación parcial.
- Permiso retribuido (licencia) de 6 horas semanales para la búsqueda de nuevo empleo durante el preaviso en extinciones por causas objetivas.
- Reducciones de jornada por motivos familiares (cuidado de hijos, familiares dependientes, etc.), según la regulación aplicable.