Derechos y Obligaciones Laborales en España: Normativa y Contratos

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Normativa Laboral

El Derecho del Trabajo regula las relaciones laborales entre trabajadores y empresarios, protegiendo al trabajador como la parte más débil. La jerarquía de las normas laborales es la siguiente:

  • Constitución Española
  • Normativa Comunitaria
  • Normas Internacionales
  • Normativa Estatal
  • Normas Profesionales (Convenios Colectivos)
  • Contrato de Trabajo
  • Usos y Costumbres Locales y Profesionales
  • Principios Generales del Derecho y Jurisprudencia

Constitución Española de 1978

La Constitución Española de 1978 establece los siguientes derechos laborales:

  • Derechos laborales fundamentales:
    • Derecho a sindicarse libremente.
    • Derecho de huelga.
  • Derechos no fundamentales:
    • Derecho al trabajo.
    • Libre elección de profesión u oficio.
    • Promoción a través del trabajo.
    • Remuneración suficiente.
    • Negociación colectiva.
    • Adopción de medidas de conflicto colectivo.

Normas Comunitarias e Internacionales

La normativa comunitaria (de la Unión Europea) prevalece sobre las normas estatales. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo internacional que protege y mejora las condiciones laborales a nivel mundial.

Normativa Estatal

Las principales leyes laborales en España son:

  • Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS).
  • Ley de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
  • Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral.
  • Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
  • Estatuto de los Trabajadores (ET).
  • Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

Convenios Colectivos

Son acuerdos entre los representantes de los trabajadores y los empresarios para regular las condiciones de trabajo y las relaciones laborales en un ámbito determinado. Pueden ser de empresa o sector, y tener un ámbito local, provincial, autonómico, estatal, europeo o internacional.

El Contrato de Trabajo

Es el acuerdo entre el empresario y el trabajador por el que este se compromete a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.

Características:

  • Voluntariedad
  • Ajeneidad
  • Dependencia
  • Remuneración

Sujetos del Contrato

  • Empresario: Persona física o jurídica que recibe los servicios del trabajador.
  • Trabajador: Persona física que presta sus servicios voluntariamente a cambio de una retribución.

Forma del Contrato

Puede ser escrito o de palabra (aunque existen excepciones que obligan a la forma escrita).

Período de Prueba

Es un tiempo inicial de duración variable (según convenio colectivo o Estatuto de los Trabajadores) durante el cual cualquiera de las partes puede dar por finalizada la relación laboral sin necesidad de preaviso ni indemnización.

Duración del Contrato

Puede ser indefinido (fijo) o de duración determinada (temporal).

Derechos y Deberes de los Trabajadores y Empresarios

Derechos de los Trabajadores

  • Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  • Libre sindicación.
  • Negociación colectiva.
  • Huelga.
  • Reunión.
  • Participación en la empresa.
  • Ocupación efectiva.
  • Promoción y formación profesional en el trabajo.
  • No ser discriminados directa o indirectamente para el empleo.
  • Integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales.
  • Respeto a su intimidad y a la consideración debida a su dignidad.
  • Percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.

Deberes de los Trabajadores

  • Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
  • No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en la ley.
  • Contribuir a la mejora de la productividad.

Derechos de los Empresarios

  • Poder de dirección: organizar y controlar la actividad laboral.
  • Poder disciplinario: sancionar los incumplimientos del trabajador.
  • Exigir el cumplimiento de las obligaciones y la normativa de seguridad y salud laboral.

Deberes de los Empresarios

  • Garantizar la ocupación efectiva del trabajador.
  • Proteger a los trabajadores en materia de seguridad y salud laboral.
  • Proporcionar información y formación a los trabajadores.

Competencias de la Administración en Materia Laboral

  • Administración Central: Competencia legislativa y desarrollo de políticas de empleo.
  • Comunidades Autónomas: Promoción, tutela, control, arbitraje e inspección de la actividad laboral en su territorio.
  • Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Vigila el cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social, y sanciona los incumplimientos. Tiene facultades de investigación, inspección y sanción.

Servicios Públicos de Empleo (SEPE)

Los Servicios Públicos de Empleo tienen como funciones principales:

  • Intermediación laboral: Poner en contacto a empresas que buscan trabajadores y a personas que buscan empleo.
  • Orientación laboral: Ofrecer atención individualizada, ayudar en la actualización del currículum vitae y optimizar la búsqueda de empleo y la oferta formativa.

Principios de aplicación e interpretación de las normas laborales

  • Principio de irrenunciabilidad de derechos.
  • Principio de norma más favorable.
  • Principio de condición más beneficiosa (conditio mais vantaxosa).
  • Principio pro operario.

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