Derechos Subjetivos, Capacidad Jurídica y de Obrar, Tipos de Contratos y Retroactividad
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Derecho Subjetivo, Capacidad y Contratos: Conceptos Clave
El Derecho Subjetivo (D.S.)
El Derecho Subjetivo (D.S.) es la situación de poder concreto que el ordenamiento jurídico concede a una persona, física o jurídica. Este poder le permite comportarse de una determinada forma (como propietario o arrendatario, por ejemplo) frente al resto de los ciudadanos. Existen dos clases principales:
- Derechos Patrimoniales: De naturaleza económica.
- Derechos No Patrimoniales: Relacionados con la personalidad.
Capacidad Jurídica (C.J.) y Capacidad de Obrar (C.O.)
La Capacidad Jurídica (C.J.) es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. La Capacidad de Obrar (C.O.), en cambio, es la aptitud para ejercitar personalmente esos derechos y obligaciones. No todas las personas tienen C.O., o la tienen en el mismo grado. Existen diferentes niveles:
- C.O. Plena: La tiene el mayor de edad no incapacitado judicialmente. Puede realizar válidamente todos los actos de la vida civil.
- C.O. Limitada: La tiene el menor emancipado o el mayor de edad incapacitado. Pueden realizar ciertos actos jurídicos, pero para otros necesitan la asistencia de sus padres o de un curador.
- Inexistencia de C.O.: La tiene el menor no emancipado sin entendimiento, o algunos incapacitados, según lo determine la sentencia. Necesitan actuar a través de un representante legal.
Tipos de Contratos y Jurisprudencia
Clasificación de los Contratos (CC, CR, CF)
Los contratos se clasifican según su forma de perfeccionamiento:
- Contratos Consensuales (CC): Se perfeccionan por el mero consentimiento, independientemente de la forma (ejemplo: compraventa).
- Contratos Reales (CR): Además del consentimiento, exigen la entrega de la cosa objeto del contrato (ejemplo: préstamo).
- Contratos Formales (CF): Requieren que el consentimiento se manifieste de una forma especial establecida por la ley o por acuerdo entre las partes (ejemplo: hipoteca, que requiere escritura pública).
La Jurisprudencia
La jurisprudencia es el conjunto de sentencias que emiten los jueces y tribunales al resolver casos similares. Cumple dos funciones principales:
- Interpretación de las normas: Clarifica expresiones ambiguas de las leyes.
- Consagración de los Principios Generales del Derecho (PGD).
Retroactividad de la Ley
Una ley es retroactiva cuando se aplica a actos cometidos antes de su entrada en vigor. Es decir, si se comete un acto y posteriormente se promulga una ley que lo regula, se aplicará esta última.