Desarrollo Sostenible y Derecho Ambiental: Evolución Normativa y Características

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Desarrollo Sostenible: Definición y Alcance

El desarrollo sostenible se define como aquel que conduce al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de vida y al bienestar social, sin agotar la base de los recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades.

Hitos de la Normativa Ambiental

  • 1972 - Estocolmo, ONU: Se celebra una reunión en pro del ambiente y el papel de la mujer.
  • 1973 - Creación de la Ley 23: Faculta al presidente para crear el Código de los Recursos Naturales.
  • Artículo 16: Establece la responsabilidad civil del Estado y de los particulares por daños al ambiente.
  • 1974 - Decreto 2811: Se crea el Código de los Recursos Naturales.
  • 1980 - Decreto 100: Código Penal que da origen a los delitos ambientales o ecocidios.
  • 1991 - Constitución Política: Se crea con un enfoque ambiental (Artículo 79).
  • 1992 - Cumbre de la ONU en Brasil: Se perfecciona el concepto de Desarrollo Sostenible.
  • 1993 - Ley 99: Crea el Ministerio de Ambiente y el SINA (Sistema Nacional Ambiental, Artículo 4).
  • 1999 - Ley 491: Actualiza los delitos ambientales del código penal de 1980, incrementa penas y crea la póliza o seguro ecológico.
  • 2000 - Ley 594: Código Penal vigente, ajusta los delitos ambientales y crea nuevos tipos.

Relación del Derecho Ambiental con Otras Ramas

El Derecho Ambiental se relaciona con diversas ramas del derecho, incluyendo:

  • Derecho Penal
  • Derecho Laboral
  • Derecho Internacional
  • Derecho Comercial
  • Derecho Civil
  • Derecho Administrativo

El Derecho Ambiental es general, mientras que el derecho ecológico es particular.

Características del Derecho Ambiental

  1. Carácter Público: Sus normas, al afectar la estructura vital de la tierra y la sociedad, no pueden alterarse por intereses privados.
  2. Institucional: Las normas locales deben ajustarse a las nacionales, y estas a las continentales.
  3. De naturaleza Penal: Contempla sanciones y penas para los delitos ambientales.
  4. Derecho Comunitario: El bien jurídico protegido es la humanidad.

Definiciones Clave

  • Acuífero: Capa o vena subterránea que contiene agua.
  • Reserva: Guarda o custodia que se hace de algo, o prevención de algo para que sirva a su tiempo.
  • Embalse: Gran depósito formado artificialmente, cerrando la boca de un valle mediante un dique o una presa, donde se almacena agua para riego, suministro y producción de energía.

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