Descubre los Niveles y Regímenes de la Seguridad Social en España

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Principios de la Seguridad Social

  • Universalidad: Extensión máxima de la acción protectora.
  • Solidaridad intergeneracional: Mientras trabajamos contribuimos a financiar las pensiones actuales.
  • Equidad e igualdad de derechos: Con independencia del momento y lugar de residencia del asegurado.
  • Unidad de Caja: El Estado es el único titular de los recursos, obligaciones y prestaciones de la Seguridad Social.

Niveles de Protección de la Seguridad Social

Nivel Básico. Modalidad No Contributiva

No exige un período previo de cotización ni la realización de una actividad productiva, siendo suficiente la residencia en territorio español, la existencia de una necesidad y carecer de rentas.

Prestaciones

  • Prestaciones sanitarias.
  • Pensiones no contributivas de jubilación e invalidez.
  • Subsidio especial de maternidad.
  • Protección familiar.
  • Nivel asistencial de desempleo: El nivel asistencial está destinado a desempleados que por diferentes motivos no han podido volver a trabajar o acceder a la prestación contributiva de desempleo.
  • Servicios sociales: Los pensionistas de la Seguridad Social, aparte de una renta económica y asistencia médico-farmacéutica, tienen una serie de servicios sociales como orientación familiar, atención domiciliaria, residencias y hogares comunitarios, ocupación del tiempo libre y ocio.

Modalidad Contributiva

La inclusión en la modalidad contributiva requiere la realización de una actividad productiva y la cotización a la Seguridad Social.

Incluye a

  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Autónomos.
  • Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
  • Estudiantes.
  • Funcionarios públicos, civiles y militares.

Prestaciones

Pensiones de jubilación e incapacidad, subsidios como IT, maternidad.

Nivel Complementario

Carácter libre, constituido por Entidades de Previsión Social y los Fondos de Pensiones.

Prestaciones

Seguros médicos privados, fondos de pensiones, etc.

Regímenes de la Seguridad Social

Régimen General

Trabajadores por cuenta ajena. Están excluidos los trabajos mediante:

  • Salvo prueba de su condición de asalariado, parientes del empresario por consanguinidad o afinidad y, en su caso, por adopción, hasta el segundo grado inclusive.
  • Los que den lugar a la inclusión en alguno de los regímenes especiales de la Seguridad Social.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

  • Cónyuge y familiares del empresario hasta el 2º grado, ocupados en su centro de trabajo y que no tengan la condición de asalariados, cuando convivan y dependan económicamente del empresario.
  • Profesionales colegiados que ejerzan una actividad por cuenta propia, salvo cuando puedan optar a un régimen de mutualidad alternativo.
  • Socios de Cooperativas de Trabajo asociado, cuando estas opten por el RETA.
  • Socios y Administradores de sociedades mercantiles capitalistas con control efectivo de la sociedad.
  • Como sistema especial integrado en el RETA, los trabajadores por cuenta propia agrarios, en los términos legalmente establecidos.

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