Despido Colectivo en España: Causas, Procedimiento e Indemnización
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¿Qué es un Despido Colectivo?
Se entiende por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que, en un período de 90 días, afecte al menos a:
- 10 trabajadores en empresas que ocupen menos de 100.
- El 10% del número de trabajadores de la empresa en aquellas que tengan entre 100 y 300 trabajadores.
- 30 trabajadores en empresas que ocupen más de 300.
Causas Económicas del Despido Colectivo
Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa. Esto incluye casos como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas durante al menos tres trimestres consecutivos. También se considera causa económica cuando el nivel de ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior (Ley 3/2012, de 6 de julio).
Despido Colectivo que Afecta a Toda la Plantilla
También se considera despido colectivo cuando la extinción afecte a la totalidad de la plantilla, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a 5.
Procedimiento Legal para el Despido Colectivo
En caso de despido colectivo, deberá seguirse el procedimiento legalmente establecido:
- Apertura del Período de Consultas: El empresario deberá abrir simultáneamente un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores. Tras la reforma laboral de febrero de 2012, se ha suprimido el requisito de solicitar permiso previo a la autoridad laboral.
- Documentación: El empresario deberá aportar la documentación que acredite las causas que justifican el despido.
- Intervención de la Autoridad Laboral: La autoridad laboral, recibida la solicitud, comprobará que la misma reúne los requisitos exigidos y pedirá un informe a la Inspección de Trabajo sobre las causas que motivan el expediente.
- Negociación: Durante el período de consultas, las partes deberán negociar de buena fe con vistas a la consecución de un acuerdo, que requerirá la conformidad de la mayoría de los representantes de los trabajadores.
- Comunicación del Resultado: Una vez finalizado el período de consultas, el empresario comunicará a la autoridad laboral el resultado del acuerdo.
- Resolución: Si hay acuerdo, la autoridad laboral procederá a autorizar el despido colectivo. En caso de desacuerdo, dictará una resolución autorizando o denegando la solicitud empresarial para proceder al despido colectivo.
Indemnización por Despido Colectivo
Los trabajadores que pierdan su empleo tendrán derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades.
Preferencia de Permanencia
En el caso de que el despido no afecte a la totalidad de la plantilla, los representantes legales de los trabajadores tendrán preferencia para permanecer en la empresa.