Determinación Tributaria
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La determinación tributaria es el acto o conjunto de actos que le permite al organismo recaudador determinar si un contribuyente debe tributos y, en caso positivo, cuál es el monto del mismo. La determinación establece cuánto es lo que efectivamente un contribuyente debe al Estado, ya sea al fisco nacional, provincial o a los municipios. La finalidad entonces es crear un estado de certeza sobre la existencia y el alcance de la obligación tributaria preexistente. Es una condición para que el fisco pueda reclamar eficazmente su crédito tributario.
Formas de Determinación Tributaria
Hay 3 formas de determinación tributaria:
1) Autodeterminación
Es el modo general que establece la ley para pagar los tributos. Consiste en una declaración jurada del sujeto pasivo tributario, por la cual declara lo que gana o lo que vende o compra, en montos, y establece la magnitud del pago del tributo. Es el propio contribuyente quien va a determinar, de acuerdo a su capacidad contributiva, lo que debe pagar. La declaración jurada está sujeta a verificación administrativa y hace responsable al declarante por el gravamen que en ella se base.
2) Determinación Mixta
Es aquella donde intervienen el contribuyente y el fisco. El contribuyente proporciona los datos y el fisco es quien, con esos datos, determina el monto a pagar. Donde interviene el Estado y también interviene el contribuyente, la determinación mixta se produce con la determinación de ambos. Esto suele suceder en forma normal en las aduanas cuando los contribuyentes ingresan un artículo del exterior y es donde presentan las facturas y el organismo público hace una revisión del mismo y una interpretación de la realidad económica y determinan si tienen o no que pagar el impuesto. Entonces están participando los dos: el contribuyente con el organismo.
3) Determinación de Oficio
Se produce por dos circunstancias: primero, porque el contribuyente, teniendo la obligación de presentar declaración jurada, no la hiciese, entonces es el organismo recaudador quien le realiza la declaración jurada; y el otro supuesto, que habiendo presentado declaración jurada, esta es errónea, ya sea falsa o porque tiene algún error de cálculo, entonces es el organismo quien se lleva a realizar la declaración jurada.