Edicto de Vespasiano y la Romanización de la Península Ibérica

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Edicto de Vespasiano

Ley dictada por el emperador Vespasiano para la península ibérica. Su contenido es que otorga o concede la latinidad menos a todos sus habitantes de la península ibérica (España). Sus consecuencias fueron que la población libre de España debía regirse por una parte del derecho romano “ius comercii”, con esta ley todas sus ciudades indígenas pasaban a ser romanas, por lo que cambian su estructura y pasan a ser municipios latinos (senados, etc.) ley que excluye a los esclavos. Con esta ley se facilita el camino para que los españoles puedan ser ciudadanos romanos y tener los 4 ius. Establecía que en la península ibérica aquellas personas que se incorporaban a una magistratura automáticamente eran ciudadanos romanos, beneficio compartido con su familia; cónyuge, hijos, padres. Era una magistratura temporal, se renovaba cada año.

  • Cuestores: Encargados de la administración y cuidado de erario (fondo municipales).

Gradualidad

Al igual que en roma la magistratura representa una carrera jerárquica y ascendente, donde los magistrados se ubican en distintos grados según sus facultades. (cursos honorum).

Temporalidad

Todas las magistraturas al igual que en Roma no son vitalicias, se renuevan permanentemente (anualmente). Este es un factor importante en la romanización de las provincias, por que aquella persona que ingresa a las magistraturas de las provincias, por el hecho alcanza la ciudadanía romana plena es decir no solo el sino además su mujer sus ascendentes y descendentes.

Senado o curia municipal

Órgano análogo al senado de la republica en roma. Este senado estaba integrado por 100 miembros vitalicios, era mas si la ciudad tenia mas población. Este legisla fiscaliza los actos de administración y tiene la representación exterior de la ciudad.

Comicios

Órgano de participación mucho mas amplio donde se integra mucho mas personas. Pertenecen al comicios todos los nacidos en el municipio o que residen en el, tiene facultades legislativas y fiscalizadoras. Al igual que el senado se reúne cuando es convocado por el duunviro, quien preside sus reuniones.

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