Estructura del Poder y Ciudadanía en la Francia Revolucionaria
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Estructura del Poder en la Francia Revolucionaria
El poder ejecutivo correspondía al Rey, el cual tenía la capacidad de elegir libremente a los ministros, en número de seis, quienes debían responder ante la Asamblea de su gestión. Dichos ministros no podían ser designados de entre los miembros de la Asamblea. Jefe del Ejército y de la Marina, director de la política internacional francesa, con poder para designar a los altos funcionarios administrativos, el Rey se convertía desde este momento en un funcionario más, aunque fuera el de mayor categoría de la Nación. Su poder respecto a la redacción de las leyes se limitaba al veto suspensivo, ejercible por dos legislaturas. Pero carecía de poder para disolver la Asamblea.
El poder legislativo y la verdadera dirección del Estado recaía en un Cuerpo Legislativo, la Asamblea, renovable por elección cada dos años. Recogía las atribuciones de los antiguos Consejos Reales, disueltos todos ellos, la responsabilidad del impuesto público y la promulgación de toda clase de leyes. Era indisoluble e inviolable.
El poder judicial, finalmente, recaía sobre un Tribunal de Casación y una Alta Corte de Justicia, cuyos miembros eran designados por sorteo.
La Asamblea Legislativa y la Ciudadanía
La Asamblea legislativa, formada por 745 miembros, se constituirá a partir de una clasificación previa de los ciudadanos en activos y pasivos, siguiendo el criterio censitario establecido en la ley de 22 de diciembre de 1789. Puede decirse que el ciudadano activo es la célula sobre la que se construye todo el nuevo sistema. Se trata del francés varón, mayor de edad, no doméstico, que paga al Estado una contribución directa equivalente al valor local de tres días de trabajo (de libra y media a tres libras según el lugar).
Por el contrario, los ciudadanos pasivos, los componentes del ahora llamado cuarto estado, quedan relegados a una posición secundaria, gozando de los mismos derechos civiles, pero privados del derecho al voto. El principio censitario reserva al ciudadano activo el derecho a la designación de los electores, sobre la base de un elector por cada cien ciudadanos activos. Dichos electores tenían que pagar una mayor contribución directa, equivalente al valor local de diez días de trabajo (entre 5 y 10 libras). Reunidos en la capital de su nuevo departamento, los electores procedían a la elección de los diputados para la legislatura nacional. Estos tenían que poseer una propiedad territorial cualquiera y pagar una contribución de un marco de plata, aproximadamente 52 libras.
Recordemos que el principio electoral se aplicaba también a la designación de los cargos municipales y departamentales, así como al nombramiento de casi todos los cargos judiciales.
Organización Territorial y Administrativa
Recordemos que el territorio francés fue dividido en 83 departamentos delimitados racionalmente, de extensión similar todos ellos, con objeto de facilitar el control administrativo. En cada uno de estos departamentos, un directorio, con el poder ejecutivo, y un consejo general, con el legislativo, se constituyen en órganos rectores. Esta reforma, que supuso la crisis del centralismo, puede considerarse como una victoria de las tesis federalistas de los girondinos, defensores del papel de las provincias frente al centralismo parisino de los jacobinos.
La Nueva Asamblea Legislativa
Por acuerdo adoptado en la Asamblea Constituyente, ninguno de sus miembros podía estar presente en la Asamblea Legislativa. Esta es la razón por la que destacados revolucionarios quedan fuera de la nueva Cámara, la práctica totalidad de cuyos diputados son jóvenes desconocidos.