Familias Disfuncionales: Tipos, Características y Riesgos en Menores
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Familias Disfuncionales
Algunos ejemplos de situaciones de riesgo en menores que pueden indicar una familia disfuncional son:
- Niños no atendidos por sus padres ni material ni emocionalmente.
- Niños abandonados y que no encuentran un entorno estable de afecto.
- Niños explotados laboralmente.
- Niños maltratados física o emocionalmente e incluso abusados sexualmente.
- Niños con problemas de discapacidad.
- Niños con problemas de absentismo y fracaso escolar.
- Niños con conductas de abuso de drogas y alcohol.
- Niños que viven en situación de pobreza.
- Niños que hacen uso inadecuado del ocio y pasan demasiadas horas delante del televisor.
Rasgos que identifican a una familia disfuncional
Organización:
- Ausencia de roles definidos
- Desorganización
- Ausencia de normas y valores
- Rigidez o dejadez
- Individualismo
- Dependencia de familia extensa
Comunicación:
- Escasez de lenguaje oral, más gestual
- Comunicación objetiva
- Lenguaje autoritario, tiempo imperativo
- Jerga, lenguaje verbal o mensajes con doble sentido – vocabulario reducido
Estructura de poder:
- Jerarquía rígida. Ausencia.
- Machismo
- Uso de la fuerza
- Poder vertical
- Coaliciones
- Competencia
Afectividad:
- Sobreprotección vs. Abandono
- Desconfianza
- Matrimonio precoz
- Malos tratos
- Afecto desproporcionado a los mayores.
- Ambivalencia de sentimientos
- No expresión de sentimientos
- Inmadurez emocional
Funciones parentales:
- Rigidez vs. Dejadez
- Ausencia de pautas educativas
- Asunción de roles de adultos
- Indiferencia ante conductas desviadas
- No cumplen funciones afectivas y socializadoras
- Relaciones sexuales indiscriminadas
Sucesos traumáticos:
- Enfermedad
- Suicidios, muertes violentas
- Abandono paterno
- Promiscuidad y abusos sexuales
- Desempleo
- Matrimonios precoces
- Cárcel
- Embarazos no deseados
- Drogodependencias y alcoholismo
- Malos tratos
- Fugas de casa
- Intervención policial
- Intervención TrS
Tipos de situación de riesgo/niveles:
1. Riesgo leve o dificultad social:
Son aquellos casos donde la familia sufre factores externos que la sitúan en una circunstancia de vulnerabilidad y precariedad, donde tanto víctimas son los adultos como los menores a su cargo. Pueden darse situaciones como la pobreza económica, vivir en condiciones de hacinamiento, infravivienda, en zonas marginales, en grupos o comunidades en exclusión social...
2. Riesgo moderado:
Se da cuando existen necesidades o derechos básicos del menor que no están siendo adecuadamente satisfechas por un periodo de tiempo suficiente como para provocar un daño significativo en su salud y/o desarrollo integral. Es decir, los progenitores/cuidadores no cumplen temporalmente de una forma satisfactoria sus responsabilidades porque no pueden, no saben, no quieren... Existe un cuestionamiento en el ejercicio de la parentalidad o de la patria potestad.
No hay agentes externos que contrarresten esa situación y la estabilicen, o si los hay y sustituyen a los padres en sus funciones, el menor presenta alguna secuela o sufre alguna consecuencia negativa de esa situación.
La nueva reforma legal recoge algunas tipologías: el riesgo prenatal, los hijos inmersos en situaciones de violencia de género, los hermanos de niños ya declarados en situación de riesgo o desamparo, los padres que no permiten que el hijo reciba el tratamiento médico necesario...
3. Riesgo grave/desamparo:
Existe un riesgo grave y posible desamparo cuando se dan actos graves de maltrato, abuso o negligencia, y abandono hacia el menor; existen indicadores de desprotección que han provocado/pueden provocar a corto plazo, o poner en riesgo de padecerlo, un daño grave en la situación física, psicológica, cognitiva y/o social del menor; no se prevé una mejora significativa en el trato o cuidados recibidos a corto/medio plazo; los progenitores no manifiestan tener conciencia del problema y no se muestran dispuestos a colaborar para evitar una separación del menor; cuando las intervenciones de preservación han fracasado o no garantizan unos cuidados mínimos que modifiquen la desprotección; y cuando los padres lo solicitan y delegan el cuidado en terceros.