Fenómenos

Clasificado en Derecho

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TEMA N° 3.- (LOS GRADOS DEL CONOCIMIENTO).

CONOCIMIENTO: Acción del sujeto en base a las experiencias vividas.

GRADOS DEL CONOCIMIENTO EN GENERAL: Son los niveles de razón y lógica que el ser humano alcanza en un tema determinado a un momento y lugar dado. Dentro del conocimiento general se puede distinguir la siguiente clasificación:

a.-) Conocimiento Vulgar

b.-) Conocimiento Científico

c.-) Conocimiento Filosófico

CONOCIMIENTO VULGAR: Es aquel que no explica las causas de los fenómenos, sino que se funda principalmente en las apariencias sensibles de las cosas a través de la experiencia.

CARACTERÍSTICAS:

a.-) Tiene su origen en los sentidos.

b.-) Esta fundamentado en la experiencia.

c.-) Carece de métodos lógicos.

d.-) Es ingenuo, empírico, variable y particular.

CONOCIMIENTO CIENTÍFICO: Es aquel conocimiento de los fenómenos por sus causas inmediatas y las leyes que expresan la regularidad con que tales fenómenos se producen

CARACTERISTICAS:

a.-) Es seguro, comprobable con la experiencia

b.-) Es limitado, referido a una determinada ciencia; y, cada ciencia posee su propio objeto.

CONOCIMIENTO FILOSÓFICO: Es el conocimiento fundado en las causas ultimas de las cosas, buscando siempre la esencia de los mismos.

CARACTERISTICAS:

a.-) Es autónomo, no se apoya en otros conocimientos.

b.-) Es universal, estudia el universo en su totalidad y sirve de apoyo a los conocimientos científicos.

GRADOS DEL CONOCIMIENTO JURÍDICO: Al igual que en el conocimiento general, se distingue la siguiente clasificación:

a.-) Conocimiento Jurídico Vulgar

b.-) Conocimiento Jurídico Científico

c.-) Conocimiento Jurídico Filosófico.

CONOCIMIENTO JURÍDICO VULGAR: Es el que poseen sobre el Derecho, los no abogados. Conocimiento simple que se tiene del mundo jurídico.

CARACTERISTICAS:

a.-) Es voluntario, natural y generalizado.

b.-) Carece de base de sustanciación.

c.-) No es comprobable en la práctica.

d.-) Es el Derecho Objetivo, propiamente dicho. 

CONOCIMIENTO JURÍDICO CIENTÍFICO: Es el conocimiento sistemático del Derecho. Conocimiento exacto que se tiene del mundo jurídico.

CARACTERISTICAS:

a.-) Su base principal es el método científico.

b.-) Es parcialmente unificado.

c.-) Es seguro y limitado.

d.-) Es el Derecho Subjetivo, propiamente dicho.

CONOCIMIENTO JURÍDICO FILOSÓFICO: Es aquel conocimiento mas profundo en el Derecho, ya que comprende los conceptos fundamentales de los valores jurídicos.

CARACTERISTICAS:

a.-) Va mas allá de la norma.

b.-) Es totalmente unificado.

c.-) Es autónomo, porque no se apoya en otro conocimiento.

LA CIENCIA DEL DERECHO: Es aquella que se ocupa del estudio del Derecho Positivo, es decir, de las normas jurídicas que han estado o están en vigencia, para extraer de este estudio nociones generales que permiten elaborar teorías, conceptos y construcciones jurídicas.

CARACTERES.

a.-) PRÁCTICA: Porque los científicos del Derecho aportan los resultados de sus investigaciones a los legisladores, para que se aproximen a los fines fundamentales del Derecho.

b.-) INDIVIDUALIZADORA: Porque particulariza e individualiza su objeto de estudio, que es el Derecho.

c.-) SISTEMATICA: Porque los resultados de las investigaciones no quedan dispersos sino que se reúnen y organizan para formar un ordenamiento jurídico.

d.-) DOGMATICA: Porque se obtienen principios jurídicos caracterizados por la firmeza.

e.-) CULTURAL: Su objeto de estudio pertenece al mundo de la cultura.

f.-) VALORATIVA: Debe el Jurista tener una escala de valores para obtener el sentido objetivo del ordenamiento jurídico.

g.-) COMPRENSIVA: Debe ser de fácil entendimiento par poder aplicarla.

LA FILOSOFÍA DEL DERECHO: Es aquella rama de la filosofía que estudia los primeros principios y las ultimas causas del orden jurídico, a través de la razón, con el propósito de establecer las disposiciones imprescindibles para una convivencia estable.

LOS TEMAS DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO.

1°.-) TEMA LOGICO: Estudia e investiga el Derecho para tratar de definirlo en su integridad lógica; relaciona la moral con el derecho, su estudio abarca también el derecho en sentido objetivo y subjetivo, la relación jurídica, los sujetos del derecho, la coercibilidad, sanción, coacción, amen de explicar y disipar dudas sobre conceptos conexos.

2°.-) TEMA FENOMENOLOGICO: Examina el derecho como fenómeno socio-histórico, en ese sentido parte de su génesis para observar sus caracteres generales y observar su evolución.

3°.-) TEMA DEONTOLOGICO: Determina los valores que el derecho debe contener, en atención a los principios éticos, morales, justicieros, etc., para contraponerlos a lo que realmente acontece en la realidad empírica, vale decir, enfrenta lo que el derecho debe ser, frente a lo que practicante es. Se opone una verdad ideal a un acontecer factico.  

DIFERENCIA ENTRE LA FILOSOFÍA JURÍDICA Y LA CIENCIA DEL DERECHO.

1°.-) La filosofía del derecho se ocupa del derecho en su integridad, tanto positivo como natural, valorando y determinando sus principios, fines y obligatoriedades, mientras la ciencia del derecho estudia el orden jurídico positivo histórico o vigente.

2°.-) A la filosofía del derecho corresponden los valores puros, mientras que a la ciencia del derecho le corresponden los valores positivos.

Ambas pueden, deben y tienen que coexistir pues se complementan.

LA INTRODUCCIÓN AL DERECHO: Es aquella disciplina que con fines didácticos trata las nociones generales del derecho.

ELEMENTOS QUE LA INTEGRAN:

a.-) SOCIOLOGICOS: Porque el Derecho rige la sociedad.

b.-) DOGMATICOS: Estudia sus instituciones de manera sistemática.

c.-) FILOSOFICOS: Estudia e investiga el Derecho en forma general.

FINALIDAD:

a.-) Es de carácter pedagógico.

b.-) No posee objeto propio ni exclusivo

c.-) Aspira el entendimiento del Derecho de una manera lógica y didáctica a fin de descubrirlo en su totalidad. 

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