Funcionamiento y Organización de las Cámaras Legislativas en España

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Las Comisiones

Se prefiere el término "comisiones" a "comis". Cuando hay pleno, las comisiones no pueden reunirse. El tiempo de pleno se utiliza para el control del gobierno. El pleno convoca al presidente, pero también a petición de los grupos o de una quinta parte de la cámara. Las sesiones son públicas, y el acuerdo debe estar recogido en el orden del día, siendo necesaria la asistencia de la mayoría de los miembros.

Tipos de Comisiones

Las comisiones son órganos de funcionamiento tipo, colegiados y de tamaño reducido. Intentan reproducir la composición política del pleno. Existen varios tipos:

  • Comisiones permanentes legislativas: Replican la estructura de los departamentos ministeriales y soportan el trabajo legislativo. Cabe la posibilidad de avocación.
  • Comisiones permanentes no legislativas.
  • Comisiones mixtas: Compuestas por diputados y senadores, se encargan de tratados internacionales.
  • Comisiones no permanentes: Se crean comisiones de estudio y de investigación. Estas nacen cuando la cámara acuerda crearlas y desaparecen de la misma forma. Otras se crean al principio de la legislatura.

Diputaciones Permanentes

Continuidad del Parlamento

Reguladas en el artículo 78 de la Constitución Española, garantizan la continuidad del parlamento cuando las cámaras no están reunidas. Su estructura es similar a la de una comisión. Velan por los poderes de las cámaras y acuerdan la convocatoria de sesiones extraordinarias. Convalidan los decretos y tienen competencias en algún estado de excepción.

Reglas de Funcionamiento, Sesiones y Votaciones

Estas reglas son útiles porque se aplican supletoriamente en caso de ausencia de norma. Un órgano parlamentario no puede reunirse si no ha sido convocado. La convocatoria la realiza el presidente de la cámara y debe incluir el orden del día. Las cámaras se reúnen por separado, aunque existen excepciones. No tenemos reglamento de las Cortes Generales. El orden del día es importante; tienen un calendario de trabajo y orden del día fijado por el presidente. El de las cámaras resulta de un equilibrio entre gobierno y minorías. La legislatura dura 4 años, al igual que los miembros de las cámaras. La legislatura se divide en periodos de sesión cada año: dos, desde septiembre a diciembre y de febrero a junio. Pueden reunirse de forma extraordinaria. Las sesiones son públicas, excepto las de la comisión de suplicatorios. Las votaciones resultan del debate; cuando no hay acuerdo, se cierra el debate y se vota. La forma más común es la mayoría simple; las abstenciones no cuentan y el voto es indelegable.

Estatuto Jurídico del Parlamentario

La Constitución Española establece las condiciones de elegibilidad y las causas de inelegibilidad.

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