Fundamentos del Derecho: Poder Legislativo, Códigos y Atributos de la Personalidad

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3_El Poder Legislativo. Los códigos de fondo son la Ley, las normas que nos reglamentan y están agrupados en los códigos Civil y Comercial, Penal, Aeronáutico, etc.

Códigos de Fondo

4_Códigos de fondo: Los dicta el “Congreso Nacional”: Civil, Comercial, Trabajo y “Seguridad Social”, Penal, Minería.

Personas Físicas y Jurídicas

5_-Físicas (humanas o visibles) - Jurídicas (de existencia ideal). Física: todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.

Comienzo de la Existencia de una Persona

6_El comienzo de la existencia de una persona comienza cuando es concebida en el seno materno. Estas son personas por nacer.

a_Nació con vida: tiene derecho a la herencia.

b_Nació sin vida: se considera como si nunca hubiese existido (no hereda).

c_En caso de dudas se considera que nació “con vida”.

d_Se considera el acto de nacer cuando se corta el cordón umbilical.

Atributos de la Personalidad en Personas Naturales

7_Nombre: En las personas naturales corresponde al conjunto de letras o palabras que sirven para identificar e individualizar a una persona. En las personas morales normalmente corresponde a la Razón Social.

Capacidad: Entendiéndose esta en las personas naturales como la aptitud legal para adquirir derechos. En las personas jurídicas se refiere a la posibilidad de ser representada judicial y extrajudicialmente.

Domicilio: En las personas naturales hace referencia al lugar de permanencia del individuo. En las personas jurídicas al lugar físico donde tiene su administración.

Nacionalidad: Es el vínculo jurídico que tiene una persona con un Estado determinado.

Patrimonio: En las personas naturales son el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles de valorarse económicamente. En las jurídicas son los medios que les permiten realizar sus fines.

Estado civil: Único atributo exclusivo de las personas naturales, consiste en la situación particular de las personas respecto de su familia y respecto de la sociedad.

Atributos de Personalidad de las Personas Jurídicas

Atributos de personalidad son aquellas propiedades o características propias a la persona y que son únicas a cada una de ellas. Estos atributos son:

  1. Nombre: Denominación con la cual se distinguen las personas morales. Normalmente corresponde a la razón social.
  2. Domicilio: Corresponde al lugar donde la persona jurídica tiene la administración de su sociedad.
  3. Nacionalidad: Se encuentra regulada por el ordenamiento jurídico.
  4. Patrimonio: Son los recursos o medios que les permite a las sociedades realizar sus fines, sin los cuales no podrían desarrollar sus funciones, pues quebrarían.

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