Glosario Aduanero: Conceptos Clave del Comercio Internacional
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Certificado de Origen: El certificado de origen es un documento formal y legal que acredita que un producto de exportación es originario de un territorio y, por ende, puede ser objeto de preferencias arancelarias, adjudicación de cupos, u obtención de estadísticas comerciales.
Nomenclatura Arancelaria: Es la estructura ordenada y consensuada en capítulos, partidas y subpartidas asociadas a un código numérico que permite nombrar y agrupar aquellas mercancías objeto de comercio exterior. Es un lenguaje económico universal, un código para las mercancías.
¿Qué es Mercancía? Desde el punto de vista del Comercio Internacional y para efectos arancelarios, la mercancía es el bien o producto que satisface las siguientes condiciones: debe responder a una realidad corpórea, debe dar la posibilidad de ser transportada, y debe ser medible o cuantificable.
¿Qué es el Sistema Armonizado? Es una nomenclatura internacional de productos multipropósito desarrollada por la Organización Mundial de Aduanas (OMA).
Valoración Aduanera: La valoración en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para determinar el valor en aduana de las mercancías importadas.
6 Métodos para la Valoración de Mercancías Importadas
Método 1: Valor de transacción.
Método 2: Valor de transacción de mercancías idénticas.
Método 3: Valor de transacción de mercaderías similares.
Método 4: Valor deductivo.
Método 5: Valor reconstruido.
Método 6: Valor de último recurso.
VT = VNETO + Costos Incrementables
Despacho: Es el procedimiento administrativo al cual deben someterse las mercancías que ingresan o salen del país. Dicho proceso inicia con la presentación de la DAU (Declaración Aduanera Única) y culmina con el levante.
Modalidades de Despacho
- Despacho Anticipado
- Despacho Urgente
- Despacho Excepcional
Despacho Anticipado: Es una modalidad de importación la cual permite que las mercancías puedan ser declaradas antes de que el medio de transporte (marítimo, aéreo, terrestre) llegue al territorio Aduanero Comunitario. Se requiere: Factura, Documentos del transporte, Póliza de seguro.
Despacho Urgente: Es una modalidad que requiere un trato especial debido a las características de las mercancías que se transporten. Este tipo de despacho mayormente es aplicado en casos como: traslado de medicinas especiales, órganos humanos, envíos de socorro en general, entre otros.
Despacho Excepcional: Este tipo de despacho se realiza teniendo como fecha de inicio del proceso el día de la llegada de la mercancía al puerto de destino en el territorio aduanero especificado por el Agente de Aduana, teniendo un plazo máximo de 30 días calendario para poder ser liberada tal mercancía.
Circuitos o Canales Aduaneros:
- Circuito Verde: Significa que la documentación está presentada correctamente y que puede ser transportada para entrar o salir del país.
- Circuito Amarillo: Indica que falta alguna documentación (algún certificado aduanero) que se debe presentar.
- Circuito Naranja: La autoridad aduanera necesita comprobar si son correctos los datos que se han declarado en el despacho.
- Circuito Rojo: Los riesgos de que haya retrasos y sobrecostos se incrementan exponencialmente. En este caso, la Autoridad Aduanera ha decidido revisar físicamente tu mercancía.
Aforo: Es el acto de determinación tributaria a cargo de la Administración Aduanera y se realiza mediante la verificación electrónica, física o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria de la mercancía.
Canal de Aforo Automático: Es la modalidad de despacho que se efectúa mediante la validación electrónica de la declaración aduanera a través del sistema informático con la aplicación de perfiles de riesgo establecidos por el servicio nacional de aduanas.
Canal de Aforo Documental: Consiste en la verificación de la declaración aduanera y de sus documentos de acompañamiento y soporte, contrastados con la información que conste en el RNA, con el objetivo de determinar la correcta liquidación de tributos al comercio exterior.
Canal de Aforo Físico: Es el reconocimiento físico de las mercancías para comprobar: Naturaleza, Origen, Condición, Cantidad, Peso, Medida, Valor en aduana, Clasificación arancelaria.
Canal de Aforo Físico Intrusivo: Se realizará en acto público, en la fecha fijada por la autoridad aduanera y en presencia del declarante, su delegado, o su agente de aduana debidamente autorizados.
Canal de Aforo Físico No Intrusivo: Es el reconocimiento físico de las mercancías para comprobar su naturaleza, condición, cantidad, peso, valor en aduana y Clasificación arancelaria en relación con los datos obtenidos de la declaración aduanera y sus documentos de acompañamiento y soporte.
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI): La OMPI es un organismo especializado del Sistema de las Naciones Unidas. Su objetivo es desarrollar un sistema de propiedad intelectual (P.I.) de alcance mundial, equilibrado y eficaz, que fomente la creatividad y la innovación. Proporciona servicios, políticas, cooperación para el desarrollo y asistencia técnica a los Estados miembros.
Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI): Brinda servicios de adquisición y ejercicio de derechos de propiedad intelectual, así como protección de conocimientos tradicionales.
De la Obligación Tributaria Aduanera (Art. 107): La obligación tributaria aduanera es el vínculo jurídico personal entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías.
Art. 111.- Sujetos de la Obligación Tributaria
Sujeto Activo: Estado - SENAE
Sujeto Pasivo: Contribuyente o Responsable
Art. 110.- Base Imponible: Costo de Transporte, Valor de Transacción, Seguro. Base Imponible – Valor en Aduana de las Mercancías.
Art. 115 Medios de pago: Los medios de pago de las obligaciones tributarias aduaneras serán establecidos en el Reglamento del Código.
Art. 117 Recaudación: La recaudación de valores, que por cualquier concepto, corresponda al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se realizará a través de las instituciones del Sistema Financiero Nacional.
Art. 118.- Acción Coactiva: El Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador ejercerá la acción coactiva para recaudar los valores que se le adeuden por cualquier concepto.
Art. 122 Pérdida o Destrucción Total de las Mercancías: La obligación tributaria aduanera se extingue por pérdida o destrucción total de las mercancías, ocurrida antes de su arribo, durante su depósito temporal o en instalaciones industriales autorizadas para operar habitualmente bajo el régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo, siempre y cuando se produzca por caso fortuito o fuerza mayor, aceptado por la Administración Aduanera.
Art. 123 Decomiso Administrativo: El decomiso administrativo es la pérdida de la propiedad de las mercancías por declaratoria de la servidora o el servidor a cargo de la dirección distrital correspondiente, en resolución firme o ejecutoriada.
1- Los dos primeros dígitos de un código arancelario corresponden a CAPÍTULO.
2- Lo de la fórmula: usted considera que la fórmula podría darse con el cálculo para tener el valor de transacción = 0+500 valor de transacción es igual a 500. FALSO, no se puede tener incrementables si no tenemos el valor de la factura.
3- Los últimos 4 dígitos corresponden a las nomenclaturas arancelarias, pueden variar dependiendo del país. *VERDADERO*
4- ¿Los dígitos obligatorios para una nomenclatura arancelaria corresponden a 7? FALSO, son 6.
5- ¿Para poder determinar el valor de transacción solamente se considera las restricciones correspondientes a la factura? FALSO, porque debemos de considerar los costos incrementables.
Capítulo: Código de 2 dígitos de uso universal para los países miembros de la OMA que agrupa a un conjunto de mercancías metodológicamente establecido.
Partida arancelaria: Código de 4 dígitos de uso universal para los países miembros de la OMA que se designa a una o varias mercancías.
Subpartida arancelaria: Código de 6 dígitos de uso universal para los países miembros de OMA que se designa a una o varias mercancías.
Subpartida arancelaria regional: Código de 8 dígitos de uso regional para los países miembros de la región latinoamericana que se asigna a una o varias mercancías, también se la conoce como subpartida arancelaria NANDINA.
Subpartida arancelaria nacional: Código de 10 dígitos de uso nacional que se designa a una o varias mercancías. El arancel nacional cuenta con: 5387 subpartidas arancelarias nacionales.