Instalaciones de Alumbrado de Emergencia en Locales de Pública Concurrencia: ITC-BT-28
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ITC-BT-28: Instalaciones de Alumbrado de Emergencia en Locales de Pública Concurrencia
1. Campo de Aplicación
La ITC-BT-28 se aplica, entre otros, a locales de reunión, trabajo y usos sanitarios con una ocupación prevista de más de 50 personas. Esto incluye:
- Bibliotecas
- Centros de enseñanza
- Consultorios médicos
- Establecimientos comerciales
- Oficinas con presencia de público
- Residencias de estudiantes
- Gimnasios
- Salas de exposiciones
- Centros culturales
- Clubes sociales y deportivos
El objetivo principal de esta instrucción es asegurar la correcta instalación y el funcionamiento de los servicios de seguridad, especialmente los sistemas de alumbrado de emergencia. Estos sistemas son cruciales para facilitar la evacuación segura de las personas y la iluminación de puntos vitales en caso de fallo del suministro eléctrico normal.
2. Alimentación de los Servicios de Seguridad
La alimentación de los servicios de seguridad puede ser:
- Automática: La puesta en servicio de la alimentación no depende de la intervención de un operador.
- No automática.
Una alimentación automática se clasifica según la duración de la conmutación:
- Sin corte: Alimentación continua durante la transición, manteniendo las condiciones de tensión y frecuencia.
- Con corte muy breve: Alimentación disponible en 0,15 segundos como máximo.
- Con corte breve: Alimentación disponible en 0,5 segundos como máximo.
- Con corte mediano: Alimentación disponible en 15 segundos como máximo.
- Con corte largo: Alimentación disponible en más de 15 segundos.
3. Generalidades y Fuentes de Alimentación
Se pueden utilizar las siguientes fuentes de alimentación para el alumbrado de emergencia:
- Baterías de acumuladores: Es importante tener en cuenta que las baterías de arranque de vehículos generalmente no cumplen con los requisitos para servicios de seguridad.
- Generadores independientes.
- Derivaciones separadas de la red de distribución: Deben ser independientes de la alimentación normal.
4. Ubicación del Alumbrado de Emergencia
Es obligatorio instalar alumbrado de seguridad en las siguientes zonas de los locales de pública concurrencia:
- a) Recintos con ocupación mayor a 100 personas.
- b) Recorridos generales de evacuación previstos para más de 100 personas.
- c) Aseos generales de planta en edificios de acceso público.
- f) Salidas de emergencia y señales de seguridad reglamentarias.
- h) Intersecciones de pasillos con rutas de evacuación.
- i) Exterior del edificio, cerca de la salida.
- j) Cerca de las escaleras, iluminando directamente cada tramo.
- m) Cerca de equipos manuales de prevención y extinción de incendios.
- n) Cuadros de distribución de la instalación de alumbrado de las zonas mencionadas.
5. Prescripciones de Carácter General
- Los conductores deben ser aislados, con tensión asignada no inferior a 450/750 V.
- Deben colocarse bajo tubos o canales protectores, preferentemente empotrados, especialmente en zonas accesibles al público.
- Los materiales deben ser incombustibles, con resistencia al fuego RF-120 como mínimo.
- Los cables eléctricos, tanto en instalaciones generales como en el conexionado interior de cuadros eléctricos, deben ser no propagadores del incendio, con emisión de humos y opacidad reducida.