Introducción al Derecho Laboral en España
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Derecho
Derecho: Conjunto de normas y principios que regula de forma imperativa la convivencia en sociedad con la idea de hacer justicia.
Derecho Público
Regula la organización del Estado y demás Administraciones Públicas, y sus relaciones con los particulares. Administrativo, Fiscal, Penal y Procesal.
Derecho Privado
Regula las relaciones entre particulares. Civil y Mercantil.
Surgimiento del Derecho Laboral
El Derecho laboral surge para compensar las desigualdades existentes en la relación laboral, limitando los poderes del empresario. Su finalidad es la tutela del trabajador como parte más débil en la relación contractual.
El mandato constitucional en materia laboral se desarrolla en la Ley del Estatuto de los Trabajadores de 10 de marzo de 1980, que incluye la regulación básica de las relaciones laborales en España.
La Relación Laboral
Para que una relación de trabajo sea laboral, es decir, esté sujeta al Derecho Laboral, el trabajo que se realiza debe cumplir una serie de requisitos:
- Personal: El trabajo debe realizarse personalmente por el trabajador. No puede ser realizado por otra persona en su nombre.
- Voluntario: El trabajo debe realizarse de forma voluntaria por el trabajador, sin coacción.
- Por cuenta ajena: Los resultados del trabajo pertenecen al empresario, quien también asume totalmente el coste del trabajo.
- Retribuido: El trabajador recibe una compensación económica a cambio de su trabajo.
- Dependiente: El trabajador está sometido al poder de organización y dirección del empresario.
Trabajos Excluidos del Derecho Laboral
El Estatuto de los Trabajadores enumera una serie de actividades que quedan excluidas del Derecho laboral, bien porque les falta alguna de las características anteriores o porque tienen sus propias normas reguladoras, como por ejemplo:
- Ser profesor de FOL.
- Ayudar en el negocio familiar los fines de semana.
- Formar parte de un jurado popular.
Carácter Especial
Existen circunstancias en las que se da una relación de trabajo por cuenta ajena, pero por las características de la prestación se excluyen de los contratos de trabajo y se regulan por sus propias normas, como por ejemplo:
- Personal de alta dirección de empresa.
- Ama de casa.
- Deportista profesional.
Poderes del Estado
- Legislativa: Corresponde al Parlamento, que es el órgano encargado de aprobar las leyes.
- Ejecutiva: Recae sobre el Gobierno y para ello realiza tareas administrativas y tareas de gobierno.
- Judicial: Es competencia de Jueces y Tribunales, encargados de resolver los conflictos de los ciudadanos entre sí y de estos con la Administración.
Convenio Colectivo
Es una norma creada por los propios interesados: un acuerdo negociado y celebrado por los representantes de los trabajadores y de los empresarios para regular sus condiciones de trabajo. Los convenios colectivos pueden aplicarse fundamentalmente a una empresa (por ejemplo, TITSA).