Legislación Mercantil y Fiscal: Marco Legal para Empresas

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Legislación Mercantil y Fiscal

1. Derecho Mercantil

El derecho mercantil es el conjunto de normas que regulan la actividad económica de las empresas. Abarca temas como la empresa, el empresario, la publicidad y las formas jurídicas.

  • El principal marco legislativo es el Código de Comercio (1989), complementado por leyes que se adaptan a los cambios empresariales, como la Ley de Publicidad, la Ley de Competencia Desleal y la Ley de Patentes y Marcas.

Obligaciones y Derechos de la Empresa

  • El Sector Público establece normas para proteger a las empresas y a los creadores de inventos o marcas. Existen dos tipos de propiedad industrial:
    • Inventos: con una duración de 20 años, excepto música y libros que duran 50 años.
    • Marcas: el nombre comercial es exclusivo del propietario de la patente, renovable anualmente y sin caducidad.
  • La patente otorga el derecho a vender, donar o legar el invento.
  • Las patentes se registran en el Registro de la Propiedad Industrial (RPI). La Ley de Defensa al Consumidor protege a los consumidores, garantizando indemnización por daños o perjuicios causados por productos.
  • El Registro Mercantil, organismo estatal, tiene tres objetivos principales:
    • Inscribir a las empresas constituidas.
    • Legalizar los libros de contabilidad de las empresas.
    • Inscribir a los apoderados de las empresas.
  • Existe un Registro Mercantil por provincia, en la capital de ésta y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

2. Legislación Fiscal

El derecho fiscal se encarga de obtener los ingresos necesarios para cubrir los gastos públicos, recogidos en el PGE (Presupuesto General del Estado).

  • El principal marco jurídico es la Ley General Tributaria.

A. Los Tributos y sus Clases

  • Tasas: importe pagado a una autoridad pública a cambio de un bien o servicio directo. Ejemplos: autobús, aeropuerto, tasa de tráfico, derechos de selectividad.
  • Contribuciones (especiales): dinero pagado a una entidad pública por un motivo específico, cuyo beneficio es para la colectividad. Ejemplos: alumbrado público, recogida de basuras, aceras.
  • Impuestos: dinero pagado a la administración pública sin una contrapartida directa al contribuyente.

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