Libertad Sindical: Concepto y Contenido
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SINDICATO
Organización asociativa de carácter laboral constituida para la defensa de los intereses de sus asociados y para la regulación de las condiciones de trabajo. La tarea primordial y el aspecto jurídico más importante del sindicalismo será la negociación colectiva.
ASOCIACIÓN EMPRESARIAL
Organizaciones de empresarios creadas para la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios.
DERECHO DE LIBERTAD SINDICAL: CONCEPTO
Tiene una doble vertiente:
- Colectiva: implica la libertad de constitución o creación de sindicatos, federaciones y confederaciones, así como el derecho a estas a afiliarse a organizaciones internacionales.
- Individual: en su aspecto positivo, el derecho individual a afiliarse a las organizaciones de trabajadores o de empleadores existentes. En su aspecto negativo, derecho a no afiliarse a las mismas.
El derecho a la libertad sindical aparece recogido en el art. 28 CE, dentro del apartado de los “Derechos fundamentales y libertades públicas”. Por tanto, esta norma es de directa aplicación.
“Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La Ley… La libertad sindical comprende el derecho a fundar un sindicato y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.”
LA LIBERTAD SINDICAL INDIVIDUAL
A) Titularidad
El desarrollo del art. 28 de la CE se lleva a cabo por la Ley Orgánica de Libertad Sindical de 1985. Esta señala que “Todos los trabajadores tienen derecho de sindicarse libremente para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales” e incluye como titulares tanto a trabajadores, como funcionarios y contratados que estén excluidos del ámbito del ET.
Limitaciones: funcionarios públicos y personal al servicio de las adm públicas, fuerzas armadas e institutos armados de carácter militar, fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, jueces, magistrados y fiscales, trabajadores por cuenta propia sin empleados, jubilados, incapacitados y parados, trabajadores extranjeros.
B) Contenido de la libertad sindical individual
- Libertad de constituir sindicatos.
Derecho a fundar sindicatos sin autorización previa así como a suspenderlos o extinguirlos por procedimientos democráticos
Libertad de afiliación.Derecho del trabajador a afiliarse al sindicato de su elección, no pudiendo ser obligado a afiliarse a un sindicato.
Libertad de elección de los cargos del sindicato.Elegir libremente a sus representantes dentro de cada sindicato. Deberá seguir un procedimiento democrático.
Derecho a la actividad sindical.