Licencias, Normas y Perspectiva de Género en la Fuerza

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Licencia por Maternidad y Lactancia (Res. 469/11)

Lactancia y Guardias

Normas para mujeres embarazadas y en período de lactancia en relación con guardias, actividades de tiro, ejercicios de combate, de instrucción y otras.

Licencia por Maternidad (DDNG 566/07)

Comprende 45 días antes y 45 días después del parto. La interesada puede optar por reducir la licencia pre-parto a un mínimo de 30 días; el resto se acumula al período posparto. En caso de nacimiento prematuro, se acumula al descanso posterior el tiempo no gozado antes del parto, completando 90 días.

Licencia por Casamiento

Se otorgan hasta 15 días corridos al contraer matrimonio. Este beneficio, otorgado por la autoridad de la Fuerza, puede acumularse con la LAO o la LAECO (Ficha de Instrucción N° 01 – DDNG 566/07).

La Resolución Ministerial 548/11 eliminó la necesidad de autorización previa para contraer matrimonio. El personal solo debe informar con antelación su intención y solicitar la licencia.

Normas para Ausentarse Fuera del País

Países Limítrofes

  • Autorización: Jefe de Región, Jefe de Agrupación, Jefe de Destacamento Móvil, Director de Instituto o Jefe de Escuadrón. Para personal de la Dirección Nacional de Gendarmería, la autorización la otorga el Director de Campo.
  • Archivado: Solicitud y autorización se archivan en el legajo personal original (segunda parte documental) y legajo duplicado.

Países No Limítrofes

  • Autorización: Director General de Personal y Bienestar (personal superior y subalterno).
  • Solicitud: Presentarla en la Unidad de origen al menos 15 días antes de la partida, especificando lugar y tiempo de permanencia. Se eleva por MTO a la Subdirección Nacional (Dirección de Recursos Humanos).
  • Archivado: Solicitud aprobada se archiva en el legajo personal y segunda parte documental.

Ficha 8: Definiciones

  1. Nombramiento: Nominación directa de un efectivo, realizada por la Dirección de Recursos Humanos, para un cargo específico por tiempo determinado.
  2. Nombramiento Interino: Cargo transitorio, designado por la Superioridad Institucional, hasta la formalización del ascenso al grado inmediato superior.
  3. Cargo: Responsabilidad sobre un efectivo, en función del gobierno y administración de una estructura orgánica.
  4. Designación: Potestad de la Superioridad Institucional o Titular de un Elemento Orgánico para designar personal a su cargo para un rol o actividad específica.
  5. Pase: Orden de la Conducción Superior para asignar una nueva Unidad de revista al personal en actividad, de forma permanente.
  6. Pase Interno: Orden del Titular del Elemento para asignar personal a diferentes puestos o fracciones orgánicas dentro de la Unidad.
  7. Destino: Elemento Orgánico donde un integrante revistará permanentemente y cumplirá sus obligaciones.
  8. Asignación: Relación transitoria de un integrante con una estructura orgánica, generalmente por períodos determinados.

Ficha 10: Ley 26485 - Perspectiva de Género y Violencia de Género

Perspectiva de Género: Categoría de análisis que estudia las relaciones de poder asimétricas entre hombres y mujeres, buscando la equidad.

Violencia de Género

  • Física: Contra el cuerpo de la mujer, produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo.
  • Económica y Patrimonial: Menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer.

Disposición Reglamentaria Ley 26394 de Justicia Militar

Clasificación de Faltas (Anexo IX, Título II, Artículo 9)

Faltas disciplinarias: leve, grave y gravísima.

Clasificación de Sanciones (Anexo IX, Título II, Artículo 4)

Sanciones disciplinarias: apercibimiento, arresto simple, arresto riguroso y destitución.

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