Marco Constitucional del Derecho Económico en México

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Marco Constitucional del Derecho Económico

Derechos Económicos

  • 25.- Derechos Económicos
  • 26.- Planeación Democrática
  • 27.- Territorio y Recursos
  • 28.- Banca de Crédito

Derechos Fundamentales Económicos

Artículo 25 CPEUM

2011-Reforma Constitucional: Abre gama de derechos humanos en todos los aspectos; en el artículo 25 CPEUM vienen la mayoría de los económicos.

Estos derechos garantizan acceso a necesidades básicas como educación, alimentación, vivienda, trabajo y salud. Los derechos económicos fundamentales son aquellos derechos que garantizan a las personas el acceso a recursos y condiciones que les permitan llevar una vida digna y participar en la economía de manera equitativa. Aquí tienes un resumen de los principales derechos económicos:

Derecho al trabajo: Garantiza la posibilidad de acceder a un empleo libremente elegido o aceptado, en condiciones equitativas y satisfactorias.

Derecho a condiciones justas y favorables de trabajo: Incluye una remuneración equitativa, condiciones laborales seguras y saludables, igualdad de oportunidades y trato, así como tiempo de descanso y ocio.

Derecho a la seguridad social: Asegura que todas las personas tengan acceso a protección en casos de desempleo, enfermedad, invalidez, vejez u otras circunstancias que les impidan ganarse la vida.

Derecho a un nivel de vida adecuado: Incluye el acceso a alimentos, ropa, vivienda, atención médica y servicios sociales necesarios para una vida digna.

Derecho a la propiedad: Protege el derecho a poseer bienes individualmente o en asociación con otros, y a no ser privado arbitrariamente de ellos.

Derecho a la protección de los intereses económicos y sociales: Defiende los intereses de las personas en su trabajo y bienes, protegiéndolos de explotación y abusos.

Agentes Económicos

Son aquellos entes que intervienen directamente en el mercado. Así como lo es el Estado, que a la vez funge un papel como órgano regulador por el sistema neoliberal, es decir, darles la libertad económica a los particulares, pero el Estado es el encargado de regular el orden y la competencia en el mercado.

Tratados Internacionales Económicos:

  • Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales.
  • Convención Americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales.
  • Protocolo de San Salvador.
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos

Se enfatiza la necesidad de reafirmar, desarrollar y proteger los derechos económicos, sociales y culturales en función del desarrollo y el respeto integral a la persona. Se concluye reiterando la importancia de preservar los derechos humanos independientemente de los cambios económicos globales.

Planeación Democrática

Artículo 26 CPEUM

El Estado debe planear el desarrollo del país de forma organizada, participativa y coordinada, asegurando la participación de la sociedad y los distintos niveles de gobierno. También se encarga de planear el desarrollo del país de manera integral y sostenible. Se debe asegurar la participación de todos los sectores de la sociedad en esta planeación.

Sistema de Planeación

La ley dirá cómo las personas pueden participar y ser consultadas en el proceso de planeación y los planes de desarrollo deben tener objetivos claros y estrategias bien definidas.

Planes y Programas

El gobierno hará un Plan Nacional de Desarrollo y otros programas específicos para diferentes áreas y regiones. Estos planes deben prever el desarrollo a largo plazo y establecer metas claras.

Coordinación

El gobierno federal trabajará con los estados y municipios para planear el desarrollo. También se promoverá la participación del sector privado y social.

Territorio

Artículo 27 CPEUM

El Estado es propietario de toda la tierra y agua del territorio nacional. El dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible.

Tipos de Propiedad

  • Privada: Particulares
  • Publica: Estado
  • Social: Ejidos

Los recursos naturales también le pertenecen al Estado como los minerales, sustancias, mantos, yacimientos de piedras, sal, petróleo, etc. Con el objetivo de hacer una distribución equitativa y establecer provisiones y usos de tierras, aguas y bosques.

  1. Instituto Federal de Comunicaciones (IFT): En materia de radiodifusión o telecomunicación el IFT será el encargado de regularlo.
  2. Comisión Federal de Electricidad (CFE): Regula la transmisión y distribución de la energía eléctrica. El problema es que al no poder almacenarse se debe tener un nivel constante de la electricidad.
  3. Petróleos Mexicanos (PEMEX): Regula el petróleo, los hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos.

El Estado otorga concesiones a empresas privadas para tener ingresos en las competencias económicas.

Zona Económica Exclusiva

La Zona Económica Exclusiva (ZEE) es un área del mar adyacente a las costas de un país, sobre la cual ese país tiene derechos especiales en cuanto a la exploración y uso de los recursos marinos, incluidos los recursos energéticos y minerales. Aquí tienes los puntos clave sobre la ZEE. La ZEE está definida y regulada por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), que establece las normas para el uso de los océanos y sus recursos

Recursos Renovables y No Renovables

Artículo 27 CPEUM

Renovables

Recursos naturales que se regeneran de manera natural a una velocidad igual o mayor a la de su consumo.

Ejemplos:

  • Energéticos:   Energía solar,    eólica, hidroeléctrica, biomasa.
  • Biológicos: Bosques, peces, agua dulce.

Su disponibilidad puede mantenerse indefinidamente si se gestionan adecuadamente.

No renovables

Recursos naturales que existen en cantidades limitadas y no se regeneran a una velocidad significativa comparada con la de su consumo.

Ejemplos:

  • Energéticos: Petróleo, gas natural, carbón.
  • Minerales: Metales como oro, plata, cobre, hierro.

Se agotan con el uso y no pueden ser repuestos en una escala de tiempo humana.

Banca de Crédito

Artículo 28 CPEUM

Ley de Instituciones de Crédito

  • Publicación: 18 de julio de 1990.
  • Propósito: Regular la intermediación financiera bancaria, organización, estructura y funcionamiento de las instituciones de crédito, sus operaciones, contabilidad y protecciones para el público.
  • Banca y Crédito: Captación de recursos del público para su colocación, obligando al intermediario a cubrir el principal y accesorios financieros.

Banca Pública

Definición: Instituciones dependientes del sector público bajo control estatal.

Objetivo: Promover el desarrollo económico, fomentar el ahorro y descentralizar el sistema bancario.

Funciones: Incentivar inversiones con fondos sociales, crear empleo y apoyar sectores menos desarrollados.

Formación: Aporte de capital público o rescate financiero en crisis.

Banca Privada

Definición: Gestión profesionalizada del patrimonio de clientes con elevado patrimonio.

Funciones: Asesoramiento financiero, planificación patrimonial, fiscal y gestión individualizada.

Relación Banco-Cliente: Servicio personalizado y de alta calidad.

Tipos:

  • Banca de Clientes: Enfocada en la rentabilidad de la relación integral con el cliente.
  • Banca de Producto: Enfocada en la colocación de productos según campañas comerciales.
  • Instituciones de Crédito
  • Banca Múltiple: Conocida como banca comercial, organizada como sociedades anónimas.
  • Banca de Desarrollo: Entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, orientadas a sectores específicos de la economía.

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