Marco Legal y Regulatorio del Sistema de Salud en Chile

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Marco Legal del Sistema de Salud en Chile

Leyes

  • Art. 19 N°9: El Estado protege el acceso libre e igualitario a la salud y le corresponde la coordinación y control de las acciones relacionadas.
  • Ley 16.744: Rige los seguros sociales de accidentes de trabajo.
  • Ley 19.381: Regula el sistema privado de salud y crea la Superintendencia de Salud.
  • Ley 19.496 y 21.398: Modificaciones a la protección de los derechos del consumidor.
  • Ley 20.850 (Ricarte Soto): Protección financiera a 27 enfermedades de alto costo sin importar el sistema de salud ni la situación económica de la persona.
  • Ley 21.375: Cuidados paliativos como derecho universal.
  • Ley de Fármacos 1 (20.724): Garantiza a la población acceso oportuno a medicamentos seguros, de calidad y a un precio justo. Legisla sobre farmacias, medicamentos, profesionales de la salud y establecimientos asistenciales de salud.
  • Ley 2.764: Reorganiza el Ministerio de Salud (MINSAL) y crea los servicios de salud, FONASA, ISP y CENABAST.
  • Ley 18.933: Crea el Sistema Isapre y dicta normas para las prestaciones de las Isapres.

Decretos

  • DS 466: Reglamento de farmacias, químicos farmacéuticos y auxiliares de farmacias.
  • DS 3: Publicidad solo permitida para medicamentos de venta libre (OTC). Medicamentos sin registro sanitario están prohibidos. Forma de presentación de medicamentos (dificultar acceso a menores, sello de seguridad y OTC con indicación terapéutica).
  • DS 594: Condiciones sanitarias básicas en el lugar de trabajo.
  • Decreto 79: Medicamentos magistrales; Decreto 239: Cosméticos

Organismos Reguladores

Ministerio de Salud (MINSAL)

Función rectora y coordinadora en la formulación de políticas de salud. Vigila y evalúa la situación de salud y el cumplimiento de las normas (fiscaliza). Evalúa el GES, crea las SEREMIS. Se rige por el Código Sanitario.

Superintendencia de Salud (SIS)

Vigila y controla las Isapres, FONASA y otros, vela por el cumplimiento del GES, control y supervisión del sistema de protección financiera. Subsecretaría de Salud Pública: Promoción de la salud, prevención de enfermedades y protección de la salud pública en general. Subsecretaría de Redes Asistenciales: Organización y gestión de los servicios de atención médica y hospitales. Planifica, coordina, distribuye y regula los recursos, la calidad y la seguridad de la atención.

Instituto de Salud Pública (ISP)

Laboratorio de referencia nacional, vela por el control de calidad, controla las condiciones de fabricación, distribución, etc. y fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad y acreditación de laboratorios.

Servicio de Salud Metropolitano (SEREMI)

Supervisa y coordina las políticas y acciones ministeriales en las regiones. Implementación de políticas, representación ministerial.

Otros Aspectos Relevantes

Expendio Electrónico

Se podrán realizar con todos los medicamentos con presentación de receta electrónica o entrega al momento del despacho, excepto medicamentos con recetas cheque.

Publicidad

Solo con previa autorización del ISP. NO donaciones ni publicidades exceptuando a centros asistenciales sin fines de lucro siempre que el medicamento donado se encuentre en el Formulario Nacional de Medicamentos (FNM).

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