Mejora de las Condiciones de Trabajo: Prevención de Riesgos Laborales
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Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL): Objeto y Principios
La LPRL tiene como objeto promover la mejora de las condiciones de trabajo mediante la aplicación de medidas preventivas. Sus principios generales son la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva.
Conceptos Clave en la Prevención de Riesgos Laborales
- Salud: Estado de completo bienestar físico, mental y social de los trabajadores, y no solamente la ausencia de enfermedad.
- Riesgo laboral: Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
- Factor de riesgo: Elemento o conjunto de variables presentes en las condiciones de trabajo que pueden originar una disminución del nivel de salud del trabajador. Incluyen condiciones de seguridad, contaminantes físicos, químicos y biológicos, y factores derivados de la organización del trabajo.
- Factores derivados de la organización del trabajo: Se expresan como carga de trabajo, que son los requerimientos psicofísicos a los que se ve sometido el trabajador.
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
- Accidente de trabajo: Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena. Se consideran accidentes de trabajo todas las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo, excepto en casos de fuerza mayor, como fenómenos de la naturaleza e insolación, siempre que no haya imprudencia por parte del trabajador.
- Accidente: Suceso que afecta la integridad física del trabajador.
- Incidente: Suceso anormal no querido ni deseado que puede afectar el proceso normal de trabajo.
- Avería: Incidente en el proceso normal que afecta a las instalaciones o equipos.
- Enfermedad derivada del trabajo: Deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, producido por una exposición crónica a factores de riesgo.
- Enfermedad profesional: Se clasifica en 6 grupos: 1) Químicos, 2) Físicos, 3) Biológicos, 4) Inhalación de sustancias, 5) Enfermedades de la piel y 6) Carcinógenos. Tiene un concepto legal. La enfermedad derivada del trabajo tiene un concepto técnico preventivo.
En el accidente de trabajo, el daño para la salud se presenta de forma brusca e inesperada. El accidente in itinere es aquel que sufre el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo. Con la protección se intenta evitar las lesiones.
Objeto y Objetivos de la LPRL
El objeto de la aprobación de la LPRL fue ordenar a los poderes públicos que velen por la seguridad e higiene en el trabajo, dar cumplimiento al compromiso europeo y unificar y actualizar la dispersa normativa española en la materia.
Los objetivos de la LPRL son tres:
- Prevención de riesgos laborales.
- Determinación de responsabilidades.
- Participación de los trabajadores.
Características Generales de la LPRL
- Es una Ley Marco.
- La regulación es competencia del Estado.
- Tiene pretensión de universalidad.
- Excluye el ámbito del hogar familiar.
Colectivos Incluidos y Excluidos
- Incluidos: Administraciones públicas, fabricantes, trabajadores autónomos.
- Con peculiaridades: Militares y personal de instituciones penitenciarias.
- Excluidos: Policía, protección civil y personal del hogar familiar.
Derechos y Obligaciones en la Prevención de Riesgos Laborales
Derechos Básicos de los Trabajadores
- Información: A través de los representantes de los trabajadores.
- Consulta: Tiene carácter enunciativo.
- Participación.
- Formación: Derecho dinámico que debe realizarse en jornada laboral y con carácter retributivo. Es gratuita para el trabajador.
- Paralización de la actividad: Es un derecho y un deber del trabajador en caso de riesgo grave e inminente.
- Vigilancia del estado de salud: Revisiones periódicas. El derecho a la salud es compatible con el derecho a la intimidad. Suele realizarse al inicio de la relación laboral.
Obligaciones del Empresario
- Consultar a los trabajadores sobre la organización y desarrollo de las medidas preventivas, la designación de trabajadores encargados de las mismas y la contratación de servicios de prevención.
Otros Aspectos Relevantes
- Lesión de trabajo: Lesión corporal en el contexto del trabajo por cuenta ajena y con un nexo causal con el mismo.
- Riesgos desde la perspectiva de la gravedad: Se evalúan en función de la probabilidad y la severidad.
- Actuación preventiva: Se puede actuar en el origen (gen), en la emisión (emi), en la transmisión (transmi), en la recepción (recep) y en las consecuencias (cons).
- AENOR: Se encarga de la normalización y certificación.
- Medio Ambiente físico: Incluye condiciones termohigrométricas, ruido, vibraciones y radiaciones.
- Comité de Seguridad y Salud: Compuesto por miembros natos y esporádicos, con derecho a reunión y facultado para conocer e informar la memoria.
- Ergonomía: Técnica que evita la fatiga en el trabajo.
- Recurso Preventivo: Se designa ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
- Responsabilidad penal y exigencia civil: Pueden derivarse del incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
- El derecho de consulta carece de valor vinculante.
- Servicios de Prevención Propios: Obligatorios en empresas con más de 500 trabajadores o entre 250 y 500 si realizan actividades peligrosas.
- Delegados de Prevención: De 50 a 100 trabajadores, 2 delegados; de 101 a 500, 3 delegados; de 501 a 1000, 4 delegados; de 1001 a 2000, 5 delegados.
- Debe constituirse un Comité de Seguridad y Salud si la empresa tiene más de 49 trabajadores.