Mejora de las Condiciones de Trabajo: Prevención de Riesgos Laborales

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Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL): Objeto y Principios

La LPRL tiene como objeto promover la mejora de las condiciones de trabajo mediante la aplicación de medidas preventivas. Sus principios generales son la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva.

Conceptos Clave en la Prevención de Riesgos Laborales

  • Salud: Estado de completo bienestar físico, mental y social de los trabajadores, y no solamente la ausencia de enfermedad.
  • Riesgo laboral: Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
  • Factor de riesgo: Elemento o conjunto de variables presentes en las condiciones de trabajo que pueden originar una disminución del nivel de salud del trabajador. Incluyen condiciones de seguridad, contaminantes físicos, químicos y biológicos, y factores derivados de la organización del trabajo.
  • Factores derivados de la organización del trabajo: Se expresan como carga de trabajo, que son los requerimientos psicofísicos a los que se ve sometido el trabajador.

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

  • Accidente de trabajo: Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena. Se consideran accidentes de trabajo todas las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo, excepto en casos de fuerza mayor, como fenómenos de la naturaleza e insolación, siempre que no haya imprudencia por parte del trabajador.
  • Accidente: Suceso que afecta la integridad física del trabajador.
  • Incidente: Suceso anormal no querido ni deseado que puede afectar el proceso normal de trabajo.
  • Avería: Incidente en el proceso normal que afecta a las instalaciones o equipos.
  • Enfermedad derivada del trabajo: Deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, producido por una exposición crónica a factores de riesgo.
  • Enfermedad profesional: Se clasifica en 6 grupos: 1) Químicos, 2) Físicos, 3) Biológicos, 4) Inhalación de sustancias, 5) Enfermedades de la piel y 6) Carcinógenos. Tiene un concepto legal. La enfermedad derivada del trabajo tiene un concepto técnico preventivo.

En el accidente de trabajo, el daño para la salud se presenta de forma brusca e inesperada. El accidente in itinere es aquel que sufre el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo. Con la protección se intenta evitar las lesiones.

Objeto y Objetivos de la LPRL

El objeto de la aprobación de la LPRL fue ordenar a los poderes públicos que velen por la seguridad e higiene en el trabajo, dar cumplimiento al compromiso europeo y unificar y actualizar la dispersa normativa española en la materia.

Los objetivos de la LPRL son tres:

  1. Prevención de riesgos laborales.
  2. Determinación de responsabilidades.
  3. Participación de los trabajadores.

Características Generales de la LPRL

  • Es una Ley Marco.
  • La regulación es competencia del Estado.
  • Tiene pretensión de universalidad.
  • Excluye el ámbito del hogar familiar.

Colectivos Incluidos y Excluidos

  • Incluidos: Administraciones públicas, fabricantes, trabajadores autónomos.
  • Con peculiaridades: Militares y personal de instituciones penitenciarias.
  • Excluidos: Policía, protección civil y personal del hogar familiar.

Derechos y Obligaciones en la Prevención de Riesgos Laborales

Derechos Básicos de los Trabajadores

  • Información: A través de los representantes de los trabajadores.
  • Consulta: Tiene carácter enunciativo.
  • Participación.
  • Formación: Derecho dinámico que debe realizarse en jornada laboral y con carácter retributivo. Es gratuita para el trabajador.
  • Paralización de la actividad: Es un derecho y un deber del trabajador en caso de riesgo grave e inminente.
  • Vigilancia del estado de salud: Revisiones periódicas. El derecho a la salud es compatible con el derecho a la intimidad. Suele realizarse al inicio de la relación laboral.

Obligaciones del Empresario

  • Consultar a los trabajadores sobre la organización y desarrollo de las medidas preventivas, la designación de trabajadores encargados de las mismas y la contratación de servicios de prevención.

Otros Aspectos Relevantes

  • Lesión de trabajo: Lesión corporal en el contexto del trabajo por cuenta ajena y con un nexo causal con el mismo.
  • Riesgos desde la perspectiva de la gravedad: Se evalúan en función de la probabilidad y la severidad.
  • Actuación preventiva: Se puede actuar en el origen (gen), en la emisión (emi), en la transmisión (transmi), en la recepción (recep) y en las consecuencias (cons).
  • AENOR: Se encarga de la normalización y certificación.
  • Medio Ambiente físico: Incluye condiciones termohigrométricas, ruido, vibraciones y radiaciones.
  • Comité de Seguridad y Salud: Compuesto por miembros natos y esporádicos, con derecho a reunión y facultado para conocer e informar la memoria.
  • Ergonomía: Técnica que evita la fatiga en el trabajo.
  • Recurso Preventivo: Se designa ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
  • Responsabilidad penal y exigencia civil: Pueden derivarse del incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
  • El derecho de consulta carece de valor vinculante.
  • Servicios de Prevención Propios: Obligatorios en empresas con más de 500 trabajadores o entre 250 y 500 si realizan actividades peligrosas.
  • Delegados de Prevención: De 50 a 100 trabajadores, 2 delegados; de 101 a 500, 3 delegados; de 501 a 1000, 4 delegados; de 1001 a 2000, 5 delegados.
  • Debe constituirse un Comité de Seguridad y Salud si la empresa tiene más de 49 trabajadores.

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