Modificaciones y Extinción del Contrato de Trabajo: Aspectos Clave
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Movilidad Funcional y Geográfica
Movilidad Funcional
El empresario puede modificar de manera unilateral las funciones que venía desempeñando el trabajador de forma habitual.
Movilidad Geográfica
Se refiere al traslado del trabajador de forma definitiva, o bien al desplazamiento temporal del mismo a otro centro de trabajo en otra localidad, de forma que este desplazamiento implique un cambio en el lugar de residencia habitual del trabajador.
Desplazamiento Temporal
Consiste en el cambio temporal del centro de trabajo a una población distinta a la residencia del trabajador. El límite máximo de tiempo del desplazamiento es de 12 meses en un periodo de 3 años.
Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo
Son aquellas que afectan a las siguientes materias:
- Jornada de trabajo
- Horario
- Régimen de trabajo
- Rendimiento
- Funciones, cuando el cambio exceda los límites de la movilidad funcional
Suspensión del Contrato de Trabajo
Es la interrupción temporal de la prestación laboral sin que quede extinguido el contrato entre la empresa y el trabajador.
Excedencias
- Voluntaria: Por necesidad del trabajador.
- Forzosa: Por elección para cargo público.
- Por cuidado de hijos: Por nacimiento, adopción o acogimiento.
- Por cuidado de familiar: Para atender a un familiar que no pueda valerse por sí mismo.
Extinción del Contrato de Trabajo
Es la finalización de la relación laboral entre la empresa y el trabajador, por lo que desaparecen de forma definitiva las obligaciones de ambas partes.
Extinción del Contrato por Voluntad del Empresario
Causas:
- Económicas
- Técnicas
- Organizativas
- Productivas
Extinción del Contrato por Otras Causas
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario
- Trabajador víctima de violencia de género
- Extinción de la personalidad jurídica de la empresa
Preguntas Frecuentes
1. ¿En qué consiste la movilidad funcional?
En un cambio de las funciones que desempeña el trabajador.
2. Para extinguir un contrato de trabajo por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ¿a qué debe afectar la modificación?
Al sistema retributivo, entre otras.
3. Con la extinción de su contrato de trabajo, ¿a qué tiene derecho el trabajador?
A la entrega de la liquidación, entre otros.
4. Situaciones que pueden ser causa de despido:
- Finalización del periodo contratado.
- Faltas de asistencia y retrasos voluntarios e injustificados.
- Disminución de pedidos en la empresa.
- Disputa con un compañero (dependiendo de la gravedad).
- Muerte del empresario (en ciertos casos).
5. En caso de extinción del contrato por voluntad del trabajador, por incumplimiento grave del empresario, ¿a qué indemnización tiene derecho el trabajador?
A una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades.